Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2014 (31/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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Verdes de los MORDAZA Horccopata, Tahuaray, Huallpacancha y Pampacalle de la MORDAZA de Chuquibambilla, Provincia de Grau - Apurimac", "Mejoramiento de la Transitabilidad Vehicular y Peatonal en las principales calles de la localidad de Palpacachi, Distrito de MORDAZA - Grau - Apurimac", "Mejoramiento de los Servicios de Educacion Inicial, Primaria y Secundaria en la Institucion Educativa Integrada San MORDAZA de Curpahuasi, en el Distrito Curpahuasi, Provincia de Grau Apurimac", sera la Municipalidad Provincial de Grau. 4.2 Los proyectos "Mejoramiento del Servicio Educativo en 7 Instituciones Educativas del Nivel Inicial de EBR en las comunidades de Ccarayhuacho, Ccahuanhuire, Escohorno, Paccayura, San MORDAZA, Huanacopampa y Cconchaccota, Distrito de Progreso - Grau - Apurimac", "Mejoramiento, Ampliacion del Sistema de Agua Potable e Instalacion del Sistema de Alcantarillado y Tratamiento de Aguas Residuales en la localidad de Record Cconccacca, Distrito de Progreso, Provincia de Grau - Apurimac", "Mejoramiento, Ampliacion del Sistema de Agua Potable e Instalacion del Sistema de Alcantarillado y Tratamiento de Aguas Residuales en la localidad de Huanacopampa, Distrito de Progreso, Provincia de Grau - Apurimac", y "Construccion, Mejoramiento de la trocha carrozable vecinal para el acceso al MORDAZA de los Centros Poblados de Reccor Conccacca, Ccahuahuire, Mayurina, Chumille y Conchaccota Distrito de Progreso, Provincia de Grau - Apurimac", seran desarrollados por la Municipalidad Distrital de Progreso de la Provincia de Grau en calidad de Unidad Implementadora. Articulo 5º.- Convenio de Traspaso de Recursos 5.1 El Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico, traspasara a la Municipalidad Provincial de Grau, los recursos de la operacion de endeudamiento interno que se aprueba en el Articulo 1 del presente Decreto Supremo, mediante un Convenio de Traspaso de Recursos, a ser suscrito por dichas entidades, el mismo que sera aprobado mediante Resolucion Ministerial. 5.2 Dicho Convenio establecera, adicionalmente, los terminos y condiciones referidos a la atencion del servicio de la deuda. Articulo 6º.- Suscripcion de documentos Autoricese al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien el designe, a suscribir en representacion de la Republica del Peru, el contrato de la operacion de endeudamiento interno y la operacion de administracion de deuda que se aprueban en los Articulos 1 y 2 del presente Decreto Supremo; asi como al Director General de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los documentos que se requieran para implementar las citadas operaciones, y las que se requieran para implementar la emision del MORDAZA a que se refiere el Articulo 3 de este Decreto Supremo. Articulo 7º.- Servicio de la deuda El servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos que ocasionen la operacion de endeudamiento interno y la operacion de administracion de deuda que se aprueban mediante los Articulos 1 y 2 del presente Decreto Supremo, sera atendido por el Ministerio de Economia y Finanzas con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda publica. Articulo 8º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de MORDAZA del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 1090649-1

El Peruano Sabado 31 de MORDAZA de 2014

Aprueban Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1012 que aprueba la Ley MORDAZA de Asociaciones Publico Privadas para la generacion del empleo productivo y dicta normas para la agilizacion de los procesos de promocion de la inversion privada
DECRETO SUPREMO Nº 127-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1012 se aprobo la Ley MORDAZA de Asociaciones Publico Privadas para la generacion de empleo productivo y dicta normas para la agilizacion de los procesos de promocion de la inversion privada; Que, el Decreto Supremo Nº 146-2008-EF, modificado por los Decretos Supremos Nº 144-2009-EF, Nº 106-2011EF y Nº 226-2012-EF, aprobo el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1012; Que, la Ley Nº 30167, Ley que modifica el Decreto Legislativo Nº 1012 que aprueba la Ley MORDAZA de Asociaciones Publico Privadas para la generacion de empleo productivo y dicta normas para la agilizacion de los procesos de promocion de la inversion privada, modifico diversos articulos del Decreto Legislativo Nº 1012, y dispuso, en su Primera Disposicion Complementaria Final, que mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas se modificara el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1012, en un plazo no mayor de noventa (90) dias habiles contados a partir de la publicacion de la citada Ley; Que, resulta necesario aprobar un MORDAZA Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1012 que establezca las disposiciones para la aplicacion de las modificaciones incorporadas por la Ley Nº 30167 y la promocion del desarrollo de la participacion privada mediante Asociaciones Publico Privadas; De conformidad con el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y la Primera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30167; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1012 Apruebese el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1012 que aprueba la Ley MORDAZA de Asociaciones Publico Privadas para la generacion de empleo productivo y dicta normas para la agilizacion de los procesos de promocion de la inversion privada, el cual tiene seis (6) titulos, cincuenta y un (51) articulos, dos (2) Disposiciones Complementarias Finales y dos (2) Disposiciones Complementarias Transitorias. Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Unica.- Dejase sin efecto el Decreto Supremo Nº 1462008-EF, modificado por los Decretos Supremos Nos. 144-2009-EF, 106-2011-EF y 226-2012-EF, asi como el numeral 8.2, con excepcion del MORDAZA parrafo, del articulo 8º del Reglamento del MORDAZA parrafo de la Nonagesima Sexta Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013EF. Asimismo, sin perjuicio de lo establecido en el parrafo anterior, establezcase que el Decreto Supremo Nº 0052013-EF quedara sin efecto a partir del 1 de setiembre de 2014. Dispongase que lo previsto en la presente disposicion se aplicara sin perjuicio de lo senalado en la Primera y MORDAZA Disposiciones Complementarias Transitorias del Reglamento aprobado por el articulo 1º de esta norma.

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