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El Peruano Sábado 31 de mayo de 2014 524264 Autorizan ingreso de personal militar de Chile al territorio nacional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 408-2014-DE/SG Lima, 30 de mayo de 2014 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 399 del 20 de mayo de 2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Chile, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio G. 500- 2076 del 27 de mayo de 2014, el Secretario del Comandante General de la Marina por encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de la República de Chile; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 1 al 7 de junio de 2014, a fi n de participar en la Reunión Bilateral de Autoridades Marítimas de Chile y Perú; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar de la República de Chile detallado a continuación, del 2 al 6 de junio de 2014 a fi n de que participen en la Reunión Bilateral de Autoridades Marítimas de Chile y Perú. 1. Vicealmirante Humberto RAMÍREZ Navarro 2. Capitán de Navío LT. Luis GARCÍA Tapia 3. Capitán de Corbeta LT. Sebastián SEPÚLVEDA Zúñiga Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1090647-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 409-2014-DE/SG Lima, 30 de mayo de 2014 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 374 del 12 de mayo de 2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Chile, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio G. 500- 2045 del 26 de mayo de 2014, el Secretario del Comandante General de la Marina por encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de la República de Chile; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 2 al 6 de junio de 2014, a fi n de participar en el Octavo Juego Bilateral de Crisis en el Ámbito Académico entre la Armada de Chile y la Marina de Guerra del Perú; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar de la República de Chile detallado a continuación, del 2 al 6 de junio de 2014 a fi n de que participen en el Octavo Juego Bilateral de Crisis en el Ámbito Académico entre la Armada de Chile y la Marina de Guerra del Perú. 1. Capitán de Navío Marcelo GOMEZ García 2. Capitán de Fragata Roberto ZEGERS Leighton 3. Capitán de Corberta JT Marcela VERGARA Iturriaga Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1090647-2 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Aprueban Directiva N° 002-2014-MIDIS “Procedimiento para la selección de candidatos a ser contratados bajo la modalidad de contratación de personal altamente calificado en el Sector de Desarrollo e Inclusión Social” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 124-2014-MIDIS Lima, 29 de mayo de 2014