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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (01/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 5

El Peruano Sábado 1 de noviembre de 2014 536519 administrados por el Estado en el ámbito nacional, el día 18 de mayo de cada año, con motivo de celebrarse el Día Internacional de los Museos. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS Y FINALES PRIMERA. En tanto se emitan las disposiciones de acreditación señaladas en los párrafos 2.1 y 2.2 del artículo 2 de la presente Ley, los docentes y profesores de educación básica regular acreditan su condición mediante copia fedateada por funcionario del sector de su última boleta de pago, resolución de nombramiento, contrato bajo cualquier modalidad u otro documento expedido por el sector Educación. Los docentes y profesores de educación superior universitaria acreditan su condición mediante copia fedateada por funcionario de la universidad donde laboran de su última boleta de pago, resolución o contrato cualquiera sea su modalidad. SEGUNDA. Se aplica a los benefi ciarios señalados en la presente Ley las mismas disposiciones contenidas en el Decreto Supremo 007-2010-ED, Reglamento de la Ley 29366. TERCERA. La presente Ley entra en vigencia el día siguiente de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación. En Lima, a los catorce días del mes de octubre de dos mil catorce. ANA MARÍA SOLÓRZANO FLORES Presidenta del Congreso de la República MODESTO JULCA JARA Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta y un días del mes de octubre del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros 1158554-1 PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Y RIEGO Designan Director de la Dirección de Estudios Económicos e Información Agraria de la Dirección General de Políticas Agrarias del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0605-2014-MINAGRI Lima, 30 de octubre de 2014 VISTO: El Ofi cio Nº 085-2014-MINAGRI-DVPA-DGPA/DIPNA, de fecha 23 de octubre de 2014, de la Directora General de la Dirección General de Políticas Agrarias del Ministerio de Agricultura y Riego; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, el numeral 62.3 del artículo 62 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que cada entidad es competente para realizar tareas materiales internas necesarias para el efi ciente cumplimiento de su misión y objetivos; Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 997 se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley Nº 30048, entre otros, con relación a su denominación, estructura y funciones; y, mediante la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la última citada norma se dispuso que el Ministerio de Agricultura y Riego presente su proyecto de Reglamento de Organización y Funciones a la Presidencia del Consejo de Ministros, para su aprobación mediante Decreto Supremo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2014- MINAGRI, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 24 de julio de 2014, se ha aprobado el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, estableciéndose en la Primera Disposición Complementaria Final del citado dispositivo que el Ministerio de Agricultura y Riego expedirá las normas complementarias necesarias para la adecuada aplicación del referido Reglamento de Organización y Funciones, que complemente lo dispuesto mediante la Resolución Ministerial Nº 0423-2014-MINAGRI; Que, en el marco de lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 0434-2014-MINAGRI, se declaró el inicio del proceso de implementación de la aplicación del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego; Que, asimismo, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 0515-2014-MINAGRI, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 11 de setiembre de 2014, se encargó las funciones de Director de la Dirección de Estudios Económicos e Información Agraria de la Dirección General de Políticas Agrarias del Ministerio de Agricultura y Riego, al Director General de esta última Dirección General, o a quien haga sus veces, el mismo que viene siendo ejercido por la señora María Elena Rojas Junes; Que, mediante el documento del Visto, la Directora General de la Dirección General de Políticas Agrarias del Ministerio de Agricultura y Riego, propone se designe al señor Mario Luis Felipe Galantini Andrade, en el cargo de Director de la Dirección de Estudios Económicos e Información Agraria de la Dirección General de Políticas Agrarias del Ministerio de Agricultura y Riego; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley Nº 30048, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la encargatura de las funciones de Director de la Dirección de Estudios Económicos e Información Agraria de la Dirección General de Políticas Agrarias, conferida al Director General de esta última Dirección General, o a quien haga sus veces, el mismo que viene siendo ejercido por la señora María Elena Rojas Junes, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, a partir de la fecha, al señor Mario Luis Felipe Galantini Andrade, en el cargo de Director de la Dirección de Estudios Económicos e Información Agraria de la Dirección General de Políticas Agrarias del Ministerio de Agricultura y Riego. Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución a la Dirección General de Políticas Agrarias, al funcionario designado y al ex encargado mencionado, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1157550-1