Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2014 (06/11/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano Jueves 6 de noviembre de 2014

536871

MORDAZA, y que resultan necesarios para la mitigacion y eliminacion de riesgos de los locales escolares de las Instituciones Educativas Publicas a nivel nacional, a fin de garantizar la seguridad e integridad de la comunidad educativa, siempre que los valores referenciales no excedan de los DOSCIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 250 000,00), para cada MORDAZA de seleccion. En las contrataciones cuyo valor referencial supere dicho monto, se utilizara el MORDAZA de seleccion que corresponda conforme a la legislacion de la materia. Articulo 15.- Coberturas del Fondo Multiple de cobertura MYPE Dispongase que con el objeto cumplir la finalidad del "Fondo Multiple de Cobertura MYPE", creado mediante Decreto de Urgencia Nº 056-96 y modificado por la Ley Nº 28368, la Corporacion Financiera de Desarrollo S.A. ­ COFIDE mantendra las coberturas otorgadas hasta el 31 de diciembre de 2015, por lo que los recursos del Fondo revertiran al Tesoro Publico al termino de dicho plazo. Articulo 16.- Plazo de vigencia El presente Decreto de Urgencia tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2014, salvo lo establecido en el articulo 15, el mismo que rige hasta el 31 de diciembre de 2015. Articulo 17.- Del control La Contraloria General de la Republica, en el MORDAZA del Sistema Nacional de Control, verifica el cumplimiento de lo establecido en el presente Decreto de Urgencia. Articulo 18.- Publicacion Los Anexos 1, 2, 3 y 4 mencionados en el presente Decreto de Urgencia, se publican en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas, en la misma fecha de publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 19.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia es refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de Economia y Finanzas, la Ministra de Salud, el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento, la Ministra de Desarrollo e Inclusion Social y el Ministro de Educacion. DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL UNICA.- Dejense en suspenso las disposiciones legales y reglamentarias que se opongan a lo establecido por el presente Decreto de Urgencia o limiten su aplicacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de noviembre del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA VASI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Desarrollo e Inclusion Social MORDAZA MORDAZA CHANDUVI Ministro de Educacion 1160510-1

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Convocan a MORDAZA Eleccion en el MORDAZA de Elecciones Regionales del ano 2014, para el dia MORDAZA 7 de diciembre de 2014
DECRETO SUPREMO Nº 066-2014-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 5) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru establece que corresponde al Presidente de la Republica convocar a elecciones para alcaldes y regidores y demas funcionarios que senala la ley; Que, el articulo 5 de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales, establece que el Presidente y el Vicepresidente del Gobierno Regional son elegidos conjuntamente por sufragio directo para un periodo de cuatro (4) anos; que para ser elegidos, se requiere que la formula respectiva obtenga no menos del treinta por ciento (30%) de los votos validos; y que, si ninguna formula supera el porcentaje MORDAZA senalado, se procede a una MORDAZA eleccion dentro de los treinta (30) dias calendario siguientes a la proclamacion de los computos oficiales, en todas las circunscripciones que asi lo requieran, en la cual participan las formulas que alcanzaron las dos mas altas votaciones y que, en esta MORDAZA eleccion, se proclama electa la formula de Presidente y Vicepresidente que obtenga la mayoria simple de votos validos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2014-PCM, se convoco a Elecciones Regionales de Presidente, Vicepresidentes y Consejeros del Consejo Regional de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la Republica y de la Provincia Constitucional del Callao, para el MORDAZA 05 de octubre del presente ano; Que, estando por concluirse los computos oficiales de las mencionadas Elecciones Regionales de Presidentes, Vicepresidentes y Consejeros del Consejo Regional de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la Republica y de la Provincia Constitucional del Callao, habrian catorce (14) circunscripciones de toda la Republica en las que ninguna formula ha alcanzado el treinta por ciento (30%) de los votos validos. Asimismo, se ha verificado la configuracion de nulidad cuantitativa de las elecciones, a que se refiere el articulo 184 de la Constitucion Politica del Peru, en dos casos de elecciones de consejeros regionales; De conformidad con los numerales 5) y 24) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru, con la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales, con la Ley Nº 29470, Ley que modifica diversos articulos de la Ley Nº 27683, con la Ley Nº 26859, Ley Organica de Elecciones y sus modificatorias y con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1.- Convocatoria a MORDAZA Eleccion de Elecciones Regionales Convoquese a la MORDAZA Eleccion en el MORDAZA de Elecciones Regionales de Presidentes y Vicepresidentes en las circunscripciones de la Republica donde ninguna formula ha alcanzado el treinta por ciento (30%) de los votos validos de acuerdo a los computos oficiales del MORDAZA de Elecciones Regionales llevado a cabo el pasado MORDAZA 5 de octubre de 2014, para el dia MORDAZA 7 de diciembre del ano 2014. Articulo 2.- Convocatoria a Eleccion de Consejeros Regionales de las provincias de Condorcanqui y Purus.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.