Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2014 (06/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano Jueves 6 de noviembre de 2014

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consigna entre los Lineamientos de Politica del Eje 1 "Conservacion y Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales y de la Diversidad Biologica", referidos a la diversidad biologica, el de impulsar el diseno e implementacion de estrategias para la gestion sostenible de la diversidad biologica, incluyendo el desarrollo de alianzas publico-privadas, bajo criterios de conectividad y complementariedad; Que, en la Decision X/2 de la Decima Reunion de la Conferencia de las Partes del Convenio sobre la Diversidad Biologica, se adopto el Plan Estrategico para la Diversidad Biologica 2011-2020 y las Metas de Aichi para la Diversidad Biologica, asi como se insto a las partes y otros gobiernos a que revisen, actualicen y modifiquen, segun proceda, sus estrategias y planes de accion nacionales en materia de diversidad biologica, con arreglo al citado Plan Estrategico; Que, en este contexto, se ha elaborado la "Estrategia Nacional de Diversidad Biologica al 2021 y su Plan de Accion 2014 - 2018", que en el MORDAZA de lo dispuesto por el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Informacion Publica Ambiental y Participacion y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, ha sido sometida a consulta publica, en virtud de la cual se recibieron aportes y comentarios para su formulacion; Que, asimismo, mediante Acta de la MORDAZA Reunion Extraordinaria de 05 de MORDAZA de 2014, la Comision Nacional de Diversidad Biologica, constituida por Resolucion Suprema N° 227-93-RE, acordo aprobar la "Estrategia Nacional de Diversidad Biologica al 2021 y su Plan de Accion 2014-2018"; Que, en ese sentido, corresponde aprobar la "Estrategia Nacional de Diversidad Biologica al 2021 y su Plan de Accion 2014 - 2018"; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley N" 26839, Ley sobre la Conservacion y Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biologica; la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; y, el articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru. DECRETA: Articulo 1°.- Aprobacion de la Estrategia Nacional de Diversidad Biologica al 2021 y su Plan de Accion 2014-2018 Apruebese la "Estrategia Nacional de Diversidad Biologica al 2021 y su Plan de Accion 2014-2018", que como anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2°.- Derogacion Deroguese el Decreto Supremo N° 102-2001-PCM y las normas que se opongan al presente Decreto Supremo. Articulo 3°.- Publicacion Dispongase la publicacion del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, publiquese el presente Decreto Supremo y su Anexo en el MORDAZA de Transparencia Estandar del Ministerio del Ambiente. Articulo 4°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro del Ambiente. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de noviembre del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente 1160508-4

Ministerio de Agricultura y Riego, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- DESIGNAR, al Ingeniero Zootecnista MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Director Zonal MORDAZA del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego. Articulo 3º.- DISPONER la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Electronico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QUINE NAPURI Director Ejecutivo Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL 1160417-1

AMBIENTE
Aprueban la Estrategia Nacional de Diversidad Biologica al 2021 y su Plan de Accion 2014 - 2018
DECRETO SUPREMO N° 009-2014-MINAM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 68° de la Constitucion Politica del Peru establece que es obligacion del Estado promover la conservacion de la diversidad biologica y de las areas naturales protegidas; Que, mediante Resolucion Legislativa N° 26181, se aprueba el Convenio sobre la Diversidad Biologica, adoptado en Rio de Janeiro el 5 de junio de 1992 y suscrito el 12 de junio de 1992, el cual establece que cada Parte Contratante, con arreglo a sus condiciones y capacidades particulares, elaborara estrategias, planes o programas nacionales para la conservacion y utilizacion sostenible de la diversidad biologica o adaptara para ese fin las estrategias, planes o programas existentes, que habran de reflejar, entre otros aspectos, las medidas establecidas en el citado Convenio que MORDAZA pertinentes para la Parte Contratante interesada; Que, el articulo 7° de la Ley N° 26839, Ley sobre la Conservacion y Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biologica, senala que la Estrategia Nacional de la Diversidad Biologica constituye el principal instrumento de planificacion para el cumplimiento de los objetivos de la ley y el Convenio. En MORDAZA se estableceran los programas y planes de accion orientados a la conservacion de la diversidad biologica, la utilizacion sostenible de sus componentes y la participacion MORDAZA y equitativa en los beneficios derivados de su utilizacion; Que, el articulo 8° de la citada Ley establece que la estrategia, programas y planes de accion para la conservacion y utilizacion sostenible de la diversidad biologica se formularan a traves de procesos participativos y sus resultados se incorporaran en los planes y politicas nacionales, siendo de cumplimiento prioritario; Que, mediante el Decreto Supremo N° 102-2001PCM, se aprueba la Estrategia Nacional de la Diversidad Biologica del Peru, como documento formal y guia para la planificacion y gestion de la diversidad biologica del pais; Que, de acuerdo al literal m) del articulo 7° del Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, esta entidad tiene, como funcion especifica, formular y proponer la politica y las estrategias nacionales de gestion de los recursos naturales y de la diversidad biologica; Que, la Politica Nacional del Ambiente, aprobada mediante Decreto Supremo N° 012-2009-MINAM,

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