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El Peruano Viernes 7 de noviembre de 2014 537030 Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Ancash remite información sobre la base del Informe Nº 183-2014- GRA-DRA-DTPRCCTE de fecha 30 de julio de 2014, donde señala que el predio materia de inscripción se superpone gráfi camente con la Unidad Catastral Nº 01544; Que, realizada la inspección técnica con fecha 15 de octubre de 2014 se observó, que se trata de un predio de naturaleza eriaza, de forma irregular, con una pendiente plana y moderada, conformada por zonas planas y lomas, con tipo de suelo arenoso y arcilloso; Que, tomando en consideración que dentro del ámbito del predio de mayor extensión materia de consulta, existe áreas que se superponen con la Unidad Catastral Nº 01544 se procedió a redefi nir el área materia de consulta a fi n de ser incorporado a favor del Estado, el cual se ha determinado un área de 42 941,36 m², ubicado aproximadamente a 2 Km. al Este del Km. 385 de la carretera Panamericana Norte, al Oeste del distrito de de Casma, provincia de Casma, departamento de Ancash; Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 42 941,36 m², de conformidad con el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008- VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Artículo 44º del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0808 -2014/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 27 de octubre de 2014; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 42 941,36 m², ubicado aproximadamente a 2 Km. al Este del Km. 385 de la carretera Panamericana Norte, al Oeste del distrito de Casma, provincia de Casma, departamento de Ancash; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº VII - Sede Huaraz de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Casma. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1160134-6 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 698-2014/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 30 de octubre de 2014 Visto el Expediente N° 1278-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 35 086 373,23 m², ubicado a la margen derecha de la carretera Panamericana Norte, altura del Km. 332 (Tramo Lima- Ancash), en el distrito de Culebras, provincia de Huarmey, departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno de 35 086 373,24 m², ubicado a la margen derecha de la carretera Panamericana Norte, altura del Km. 332 (Tramo Lima-Ancash), en el distrito de Culebras, provincia de Huarmey, departamento de Ancash, que se encontraría sin inscripción registral; Que, mediante Ofi cio N°739-2014-SUNARP-Z.R.VII/ ORC-MP de fecha 25 de agosto de 2014, la Zona Registral N° VII-Sede Ancash remite el Certifi cado de Búsqueda Catastral de fecha 04 de setiembre de 2014, sobre la base del Informe Técnico N°0725-2014- Z.R.N°VII/OC-HZ de fecha 29 de agosto de 2014, donde señala que respecto al área en consulta no existe superposición gráfi ca; Que, realizada la inspección técnica con fecha 15 de octubre de 2014, se observó que se trata de un terreno de forma irregular, de naturaleza eriaza, árido, con una topografía variada y una pendiente suave y moderada con presencia de lomas y cerros y tipo de suelo arcilloso, encontrándose desocupado; Que, elaborada la documentación técnica que sustenta la presente resolución se procedió a determinar el área exacta a inscribir, el cual se ha determinado un área de 35 086 373,23 m² ubicado a la margen derecha de la carretera Panamericana Norte, altura del Km. 332 (Tramo Lima- Ancash), en el distrito de Culebras, provincia de Huarmey, departamento de Ancash; Que, el Artículo 23° de la Ley N° 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 35 086 373,23 m², de conformidad con el Artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/ SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Artículo 44° del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010- VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0804 -2014/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 27 de octubre de 2014; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 35 086 373,23 m², ubicado a la margen derecha de la carretera Panamericana Norte, altura del Km. 332 (Tramo Lima-Ancash), en el distrito de Culebras, provincia de Huarmey, departamento de Ancash; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral N° VII - Sede Huaraz de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del