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El Peruano Viernes 7 de noviembre de 2014 537041 CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 28740, Ley del SINEACE establece como fi nalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de califi cación profesional y desarrollo laboral; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº30220, Ley Universitaria del 09 de julio del 2014 se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa – SINEACE y deroga el Capítulo II del Título I, a excepción del numeral 8.3 del artículo 8, y los Títulos II, III, IV y V de la Ley Nº 28740; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la norma invocada precedentemente, el Ministerio de Educación mediante Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014 constituyó el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidencia del COSUSINEACE, un representante del Ministerio de Educación y la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, cuyo objetivo es ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de la reorganización del SINEACE; Que, de acuerdo al literal e) del artículo 7º de la resolución antes mencionada, el Consejo Directivo Ad Hoc, tiene como función, aprobar normas y procedimientos para la evaluación y certifi cación de competencias; Que, mediante el documento de visto, la Dirección de Evaluación y Certifi cación de Educación Básica y Técnico Productiva, propone la aprobación del documento denominado “Normas de Competencia del Productor de Plantones de Cacao”, el mismo que cumple con la validación de expertos en el tema; Que, en ejercicio de las facultades otorgadas al Consejo Directivo Ad Hoc, en sesión del 22 de octubre 2014, mediante Acuerdo Nº 037-2014-CDAH, se aprobó el documento técnico indicado precedentemente; De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa – SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, la Ley Nº 30220 Ley Universitaria y la Resolución Ministerial Nº 396-2014- MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ofi cializar el Acuerdo Nº 037-2014- CDAH de sesión del 22 de octubre 2014, mediante el cual el Consejo Directivo Ad Hoc aprobó el documento denominado “Normas de Competencia del Productor de Plantones de Cacao”, que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal Web del SINEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEREGRINA MORGAN LORA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc COSUSINEACE 1159994-2 Oficializan Acuerdo del Directorio del IPEBA mediante el cual se aprobaron diversas Normas de Competencia RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 019-2014-COSUSINEACE/CDAH-P Lima, 5 de noviembre de 2014 VISTO: El Ofi cio Nº 001-2014/SINEACE/ST-DEC-EBTP, emitido por la Dirección de Evaluación y Certifi cación de Educación Básica y Técnico Productiva del SINEACE; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 28740, Ley del SINEACE establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desarrollo laboral; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº30220, Ley Universitaria del 09 de julio del 2014 se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa – SINEACE y deroga el Capítulo II del Título I, a excepción del numeral 8.3 del artículo 8, y los Títulos II, III, IV y V de la Ley Nº 28740; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la norma invocada precedentemente, el Ministerio de Educación mediante Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014 constituyó el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidencia del COSUSINEACE, un representante del Ministerio de Educación y la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, cuyo objetivo es ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de la reorganización del SINEACE; Que, de acuerdo al literal e) del artículo 7º de la resolución antes mencionada, el Consejo Directivo Ad Hoc, tiene como función, aprobar normas y procedimientos para la evaluación y certifi cación de competencias; Que, mediante el documento de visto, la Dirección de Evaluación y Certifi cación de Educación Básica y Técnico Productiva, hace de conocimiento el Acuerdo Nº525-2014 de sesión Nº164, del 03 de julio 2014 del Directorio del IPEBA, mediante el cual se aprobaron los siguientes documentos: • Normas de Competencia del Operario de Confecciones con Máquinas de Tejido Plano • Normas de Competencia del Operario de Confecciones con Máquinas de Tejido de Punto. • Normas de Competencia del Electricista Instalador de Interiores • Normas de Competencia del Montajista de Estructuras de Líneas de Transmisión Eléctrica. • Normas de Competencia del Lubricador Automotriz • Normas de Competencia del Carpintero Metálico en Acero Que, en ejercicio de las facultades otorgadas al Consejo Directivo Ad Hoc del SINEACE, en sesión de fecha 22 de octubre 2014, mediante Acuerdo Nº 038-2014-CDAH, se aprobó ofi cializar el Acuerdo Nº525-2014 del Directorio del IPEBA, mediante el cual se aprobaron las normas antes mencionadas; De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa – SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, la Ley Nº 30220 Ley Universitaria y la Resolución Ministerial Nº 396-2014- MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ofi cializar el Acuerdo Nº525-2014 de sesión Nº164, del 03 de julio 2014 del Directorio del IPEBA, mediante el cual se aprobaron las siguientes normas que en anexo forman parte integrante de la presente resolución: • Normas de Competencia del Operario de Confecciones con Máquinas de Tejido Plano • Normas de Competencia del Operario de Confecciones con Máquinas de Tejido de Punto. • Normas de Competencia del Electricista Instalador de Interiores • Normas de Competencia del Montajista de Estructuras de Líneas de Transmisión Eléctrica. • Normas de Competencia del Lubricador Automotriz • Normas de Competencia del Carpintero Metálico en Acero