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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (07/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 57

El Peruano Viernes 7 de noviembre de 2014 537047 Plantones de Café y Especies Asociadas, con una vigencia de cinco (05) años. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal Web del SINEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEREGRINA MORGAN LORA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc COSUSINEACE 1159994-11 Oficializan Acuerdo del Consejo Directivo Ad Hoc que aprobó la autorización a la Central de Organizaciones Productoras de Café y Cacao del Perú - Café Perú como Entidad Certificadora de Competencias en la Ocupación de Productores de Plantones de Café y especies asociadas RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 029-2014-COSUSINEACE/CDAH-P Lima, 5 de noviembre de 2014 VISTOS: El Ofi cio N° 021-2014/SINEACE/ST-DEC-EBTP e Informe N° 025-2014-SINEACE/ST-DEC-EBTP, emitidos por la Dirección de Evaluación y Certifi cación de Educación Básica y Técnico Productiva del SINEACE; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5° de la Ley N° 28740, Ley del SINEACE establece como fi nalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de califi cación profesional y desarrollo laboral; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N°30220, Ley Universitaria del 09 de julio del 2014 se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa – SINEACE y deroga el Capítulo II del Título I, a excepción del numeral 8.3 del artículo 8, y los Títulos II, III, IV y V de la Ley N° 28740; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la norma invocada precedentemente, el Ministerio de Educación mediante Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014 constituyó el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidencia del COSUSINEACE, un representante del Ministerio de Educación y la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, cuyo objetivo es ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de la reorganización del SINEACE; Que, de acuerdo al literal g) del artículo 7° de la resolución antes mencionada, el Consejo Directivo Ad Hoc, tiene como función, autorizar y registrar a las entidades especializadas para ejercer las funciones de evaluación externa con fi nes de acreditación y certifi cación de competencias; Que, mediante los documentos de vistos, la Dirección de Evaluación y Certifi cación de Educación Básica y Técnico Productiva, solicita se autorice a la Central de Organizaciones Productoras de Café y Cacao del Perú – Café Perú, como Entidad Certifi cadora de Competencias en la Ocupación de Productores de Plantones de Café y especies asociadas, al haber cumplido los requisitos establecidos; Que, en ejercicio de las facultades otorgadas al Consejo Directivo Ad Hoc del SINEACE, mediante Acuerdo N° 046- 2014-CDAH de sesión del 22 de octubre 2014, se aprobó otorgar la autorización a la Central de Organizaciones Productoras de Café y Cacao del Perú – Café Perú, como Entidad Certifi cadora de Competencias en la Ocupación de Productores de Plantones de Café y especies asociadas; De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa – SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, la Ley N° 30220 Ley Universitaria y la Resolución Ministerial N° 396-2014- MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Ofi cializar el Acuerdo N° 046-2014-CDAH de sesión del 22 de octubre 2014, del Consejo Directivo Ad Hoc mediante el cual se aprobó otorgar la autorización a la Central de Organizaciones Productoras de Café y Cacao del Perú – Café Perú como Entidad Certifi cadora de Competencias en la Ocupación de Productores de Plantones de Café y especies asociadas. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal Web del SINEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEREGRINA MORGAN LORA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc COSUSINEACE 1159994-12 Oficializan el Acuerdo del Directorio del IPEBA que aprobó la autorización a la Asociación Peruana de Productores de Cacao - APPCACAO, como Entidad Certificadora de Competencias en la ocupación de Productores de Plantones de Cacao RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 030-2014-COSUSINEACE/CDAH-P Lima, 5 de noviembre de 2014 VISTO: El Ofi cio N° 005-2014/SINEACE/ST-DEC-EBTP, emitido por la Dirección de Evaluación y Certifi cación de Educación Básica y Técnico Productiva del SINEACE; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5° de la Ley N° 28740, Ley del SINEACE establece como fi nalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de califi cación profesional y desarrollo laboral; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N°30220, Ley Universitaria del 09 de julio del 2014 se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa – SINEACE y deroga el Capítulo II del Título I, a excepción del numeral 8.3 del artículo 8, y los Títulos II, III, IV y V de la Ley N° 28740; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la norma invocada precedentemente, el Ministerio de Educación mediante Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014 constituyó el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidencia del COSUSINEACE, un representante del Ministerio de Educación y la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, cuyo objetivo es ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de la reorganización del SINEACE;