Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2014 (10/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano Lunes 10 de noviembre de 2014

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ITEM CODIGO DEL PREDIO 2 3 4 5 6 T4-CT-001 T4-CT-002 T4-CT-003 T4-CT-004 T4-CT-005 VALOR DE TASACION S/. 25 981,53 8 167,68 20 720,47 11 417,73 15 969,42 PORCENTAJE VALOR TOTAL DE ADICIONAL TASACION 10% - S/. S/. 2 598,15 816,77 2 072,05 1 141,77 1 596,94 28 579,68 8 984,45 22 792,52 12 559,50 17 566,36

Unidad Gerencial de Estudios de Provias Nacional se dirigio a la Direccion Nacional de Construccion, remitiendole seis (6) expedientes individuales a fin de que se efectue la valuacion comercial de los predios afectados por la ejecucion del Tramo 4: Inambari - Azangaro, ubicados en el distrito de Macusani, provincia de Carabaya, departamento de Puno; Que, posteriormente, la Direccion Nacional de Construccion a traves del Oficio Nº 1125-2014/VIVIENDAVMCS-DNC del 16 de junio de 2014, cumple con remitir a la Unidad Gerencial de Estudios los seis (6) informes tecnicos respectivos, en los cuales se advierte el valor de tasacion del terreno afectado y que tiene como propietario a la Comunidad Campesina de Catacancha; asimismo, se senala a los comuneros habiles y las valorizaciones correspondientes a edificaciones y obras complementarias, consignandose que las tasaciones se efectuaron el 10 de MORDAZA de 2014; Que, el Jefe de Proyectos PACRI - UGE de Provias Nacional mediante el Informe Nº 008-2014-MAF, precisado por el Informe Nº 017-2014-MAF y anexo adjunto, dirigidos a la Unidad Gerencial de Estudios, manifiesta que debe aprobarse las tasaciones efectuadas por la Direccion Nacional de Construccion, agregando un porcentaje adicional del 10% de valor comercial del predio, al MORDAZA de la Ley Nº 27628, modificada por la Ley Nº 30025, y en aplicacion del articulo 27º de la Ley Nº 30230, a fin de culminar con el procedimiento de adquisicion predial por trato directo; precisando que los predios afectados por la ejecucion de dicha via estan comprendidos en el numeral 5 de la lista contenida en la MORDAZA disposicion complementaria final de la Ley Nº 30025, donde figura el Tramo 4 del Corredor Vial Interoceanico Sur, Peru - Brasil (Inambari - Azangaro); Que, la Unidad Gerencial de Estudios a traves del Memorandum Nº 4815-2014-MTC/20.6 dirigido a la Unidad Gerencial de Asesoria Legal, remite los actuados a fin de que continue el tramite de aprobacion de las tasaciones efectuadas por la Direccion Nacional de Construccion; Que, la Unidad Gerencial de Asesoria Legal de Provias Nacional mediante el Informe Nº 733-2014-MTC/20.3, encuentra procedente la aprobacion de las tasaciones remitidas por la Unidad Gerencial de Estudios, teniendo en cuenta la Ley Nº 27628, modificada por la Ley Nº 30025, y el articulo 27º de la Ley Nº 30230; Que, teniendo en cuenta el MORDAZA legal senalado asi como los antecedentes que corresponden al procedimiento de adquisicion predial via trato directo al MORDAZA de la Ley Nº 27628, resulta procedente la aprobacion de las tasaciones mencionadas; De conformidad con las Leyes Nos. 29370, 27628, 30025 y 30230 y Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el valor total de las tasaciones correspondientes a un terreno, edificaciones y obras complementarias afectados por el derecho de via del Proyecto Tramo 4 del Corredor Vial Interoceanico Sur, Peru - Brasil (Inambari - Azangaro), localizados en el distrito de Macusani, provincia de Carabaya, departamento de Puno; conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO Relacion de predios afectados por el derecho de via del Proyecto Tramo 4 del Corredor Vial Interoceanico Sur, Peru - Brasil (Inambari - Azangaro) ubicados en el distrito de Macusani, provincia de Carabaya, departamento de MORDAZA
ITEM CODIGO DEL PREDIO 1 T4-CCCAT-001 VALOR DE TASACION S/. 5 187,27 PORCENTAJE VALOR TOTAL DE ADICIONAL TASACION 10% - S/. S/. 518,73 5 706,00

1161558-1

Aprueban valor total de tasacion de 2 inmuebles afectados por la ejecucion de proyecto "Tramo Nº 4 del Corredor Vial Interoceanico Sur, Peru Brasil (Inambari - Azangaro)"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 766-2014 MTC/02 MORDAZA, 6 de noviembre de 2014 VISTO: La Nota de Elevacion Nº 212-2014-MTC/20, de la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, mediante el cual solicita se apruebe el Valor Total de la Tasacion correspondiente a dos (02) inmuebles afectados por la ejecucion del proyecto "Tramo Nº 4 del Corredor Vial Interoceanico Sur, Peru Brasil (Inambari - Azangaro)"; y, CONSIDERANDO: Que, la Primera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30025 - Ley que facilita la adquisicion, expropiacion y posesion de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad publica la adquisicion o expropiacion de bienes inmuebles afectados para la ejecucion de diversas obras de infraestructura, modificada por el articulo 27º de la Ley Nº 30230 ­ Ley que establece medidas tributarias, simplificacion de procedimientos y permisos para la promocion y dinamizacion de la inversion en el MORDAZA, indica en su MORDAZA parrafo que "tratandose de los procedimientos de adquisicion de inmuebles por trato directo iniciados al MORDAZA de la Ley 27628, MORDAZA de la vigencia de la presente Ley y que se encuentran comprendidos en la MORDAZA disposicion complementaria final de la misma, se autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a culminar dichos procedimientos de trato directo bajo los alcances de la Ley 27628"; Que, la Ley Nº 27628, Ley que Facilita la Ejecucion de Obras Publicas Viales, modificada por la Tercera Disposicion Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 30025, establece que la adquisicion de inmuebles afectados por trazos en vias publicas se realizara por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley Nº 27117, Ley General de Expropiaciones; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 2º de la Ley Nº 27628, el valor de tasacion para la adquisicion de inmuebles por trato directo afectados por trazos en vias publicas sera fijado por la Direccion Nacional de Construccion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, sobre la base de: (i) valor comercial del predio y mejoras, de corresponder; y, (ii) una indemnizacion por el perjuicio economico causado que incluya, en caso corresponda, el dano emergente y lucro cesante. El Valor Total de la Tasacion sera aprobado por Resolucion Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el cual debera tener una antiguedad no mayor a dos anos al momento de su aprobacion; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 3º de la Ley Nº 27628, la aprobacion del Valor Total de la Tasacion se hace considerando el monto fijado por la Direccion Nacional de Construccion, agregando un porcentaje adicional del 10% del valor comercial del predio y mejoras, de corresponder. El Valor Total de la Tasacion constituye

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