Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (10/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 9

El Peruano Lunes 10 de noviembre de 2014 537291 Unidad Gerencial de Estudios de Provías Nacional se dirigió a la Dirección Nacional de Construcción, remitiéndole seis (6) expedientes individuales a fi n de que se efectúe la valuación comercial de los predios afectados por la ejecución del Tramo 4: Inambari - Azángaro, ubicados en el distrito de Macusani, provincia de Carabaya, departamento de Puno; Que, posteriormente, la Dirección Nacional de Construcción a través del Ofi cio Nº 1125-2014/VIVIENDA- VMCS-DNC del 16 de junio de 2014, cumple con remitir a la Unidad Gerencial de Estudios los seis (6) informes técnicos respectivos, en los cuales se advierte el valor de tasación del terreno afectado y que tiene como propietario a la Comunidad Campesina de Catacancha; asimismo, se señala a los comuneros hábiles y las valorizaciones correspondientes a edifi caciones y obras complementarias, consignándose que las tasaciones se efectuaron el 10 de abril de 2014; Que, el Jefe de Proyectos PACRI - UGE de Provías Nacional mediante el Informe Nº 008-2014-MAF, precisado por el Informe Nº 017-2014-MAF y anexo adjunto, dirigidos a la Unidad Gerencial de Estudios, manifi esta que debe aprobarse las tasaciones efectuadas por la Dirección Nacional de Construcción, agregando un porcentaje adicional del 10% de valor comercial del predio, al amparo de la Ley Nº 27628, modifi cada por la Ley Nº 30025, y en aplicación del artículo 27º de la Ley Nº 30230, a fi n de culminar con el procedimiento de adquisición predial por trato directo; precisando que los predios afectados por la ejecución de dicha vía están comprendidos en el numeral 5 de la lista contenida en la quinta disposición complementaria fi nal de la Ley Nº 30025, donde fi gura el Tramo 4 del Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú - Brasil (Inambari - Azángaro); Que, la Unidad Gerencial de Estudios a través del Memorándum Nº 4815-2014-MTC/20.6 dirigido a la Unidad Gerencial de Asesoría Legal, remite los actuados a fi n de que continúe el trámite de aprobación de las tasaciones efectuadas por la Dirección Nacional de Construcción; Que, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal de Provías Nacional mediante el Informe Nº 733-2014-MTC/20.3, encuentra procedente la aprobación de las tasaciones remitidas por la Unidad Gerencial de Estudios, teniendo en cuenta la Ley Nº 27628, modifi cada por la Ley Nº 30025, y el artículo 27º de la Ley Nº 30230; Que, teniendo en cuenta el marco legal señalado así como los antecedentes que corresponden al procedimiento de adquisición predial vía trato directo al amparo de la Ley Nº 27628, resulta procedente la aprobación de las tasaciones mencionadas; De conformidad con las Leyes Nos. 29370, 27628, 30025 y 30230 y Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar el valor total de las tasaciones correspondientes a un terreno, edifi caciones y obras complementarias afectados por el derecho de vía del Proyecto Tramo 4 del Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú - Brasil (Inambari - Azángaro), localizados en el distrito de Macusani, provincia de Carabaya, departamento de Puno; conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO Relación de predios afectados por el derecho de vía del Proyecto Tramo 4 del Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú - Brasil (Inambari - Azángaro) ubicados en el distrito de Macusani, provincia de Carabaya, departamento de Puno ÍTEM CÓDIGO DEL PREDIO VALOR DE TASACIÓN S/. PORCENTAJE ADICIONAL 10% - S/. VALOR TOTAL DE TASACIÓN S/. 1 T4-CCCAT-001 5 187,27 518,73 5 706,00 ÍTEM CÓDIGO DEL PREDIO VALOR DE TASACIÓN S/. PORCENTAJE ADICIONAL 10% - S/. VALOR TOTAL DE TASACIÓN S/. 2 T4-CT-001 25 981,53 2 598,15 28 579,68 3 T4-CT-002 8 167,68 816,77 8 984,45 4 T4-CT-003 20 720,47 2 072,05 22 792,52 5 T4-CT-004 11 417,73 1 141,77 12 559,50 6 T4-CT-005 15 969,42 1 596,94 17 566,36 1161558-1 Aprueban valor total de tasación de 2 inmuebles afectados por la ejecución de proyecto “Tramo Nº 4 del Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú Brasil (Inambari - Azángaro)” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 766-2014 MTC/02 Lima, 6 de noviembre de 2014 VISTO: La Nota de Elevación Nº 212-2014-MTC/20, de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, mediante el cual solicita se apruebe el Valor Total de la Tasación correspondiente a dos (02) inmuebles afectados por la ejecución del proyecto “Tramo Nº 4 del Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú Brasil (Inambari - Azángaro)”; y, CONSIDERANDO: Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30025 - Ley que facilita la adquisición, expropiación y posesión de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad pública la adquisición o expropiación de bienes inmuebles afectados para la ejecución de diversas obras de infraestructura, modifi cada por el artículo 27º de la Ley Nº 30230 – Ley que establece medidas tributarias, simplifi cación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país, indica en su segundo párrafo que “tratándose de los procedimientos de adquisición de inmuebles por trato directo iniciados al amparo de la Ley 27628, antes de la vigencia de la presente Ley y que se encuentran comprendidos en la quinta disposición complementaria fi nal de la misma, se autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a culminar dichos procedimientos de trato directo bajo los alcances de la Ley 27628”; Que, la Ley Nº 27628, Ley que Facilita la Ejecución de Obras Públicas Viales, modifi cada por la Tercera Disposición Complementaria Modifi catoria de la Ley Nº 30025, establece que la adquisición de inmuebles afectados por trazos en vías públicas se realizará por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley Nº 27117, Ley General de Expropiaciones; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2º de la Ley Nº 27628, el valor de tasación para la adquisición de inmuebles por trato directo afectados por trazos en vías públicas será fi jado por la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, sobre la base de: (i) valor comercial del predio y mejoras, de corresponder; y, (ii) una indemnización por el perjuicio económico causado que incluya, en caso corresponda, el daño emergente y lucro cesante. El Valor Total de la Tasación será aprobado por Resolución Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el cual deberá tener una antigüedad no mayor a dos años al momento de su aprobación; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3º de la Ley Nº 27628, la aprobación del Valor Total de la Tasación se hace considerando el monto fi jado por la Dirección Nacional de Construcción, agregando un porcentaje adicional del 10% del valor comercial del predio y mejoras, de corresponder. El Valor Total de la Tasación constituye