Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2014 (10/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano Lunes 10 de noviembre de 2014

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Nº 358-2003-MTC/03 y modificatorias, la citada estacion se clasifica como una estacion de Clase D, que se encuentra en el rango mayor que 100 W hasta 1 KW; Que, mediante Informes Nº 1743-2014-MTC/28 y Nº 1804-2014-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones considera que la empresa MORDAZA VISION S.R.L. ha cumplido con las obligaciones previstas en el numeral 21 y demas disposiciones contenidas en las Bases del Concurso Publico Nº 02-2012-MTC/28, asi como con la MORDAZA de la documentacion tecnica y legal requerida, por lo que resulta procedente otorgar a la referida empresa, la autorizacion y permiso solicitados; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, las Bases del Concurso Publico N° 01-2012-MTC/28, el Decreto Supremo N° 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias para el Servicio de Radiodifusion Sonora en Onda Media (OM) para la localidad de Cusco-AntaCalca-Paruro-Urubamba-Pisac, departamento de MORDAZA, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 233-2005MTC/03 y sus modificatorias, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion a la empresa MORDAZA VISION S.R.L., por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora educativa en Onda Media (OM) en la localidad de Cusco-Anta-Calca-ParuroUrubamba-Pisac, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion: Condiciones Esenciales: Modalidad Frecuencia Finalidad Caracteristicas Tecnicas: Indicativo Emision Potencia Nominal del Transmisor Clasificacion de Estacion Ubicacion de la Estacion: Estudios : Av. Del Ejercito N° 849, distrito, provincia y departamento de Cusco. : OAM-7Z : 10K0A3EGN : 1 KW : D : RADIODIFUSION SONORA EN OM : 1580 KHz : EDUCATIVA

autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y canon anual. En caso de incumplimiento, se procedera de acuerdo a lo establecido en el articulo 38º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 10º.- La titular de la autorizacion debera cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del articulo 38º del MORDAZA Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo Nº 051-2010-MTC. Articulo 11º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Articulo 12º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 1161704-1

Otorgan autorizacion a MORDAZA Vision S.R.L. para prestar servicio de radiodifusion sonora en localidades del departamento de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 665-2014-MTC/03 MORDAZA, 28 de octubre del 2014 VISTO, el Expediente Nº 2013-035478, presentado por la empresa MORDAZA VISION S.R.L. sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora educativa en Onda Media (OM), en la localidad de Cusco-Anta-Calca-Paruro-UrubambaPisac, departamento de Cusco; CONSIDERANDO: Que, el articulo 16° de la Ley de Radio y Television, establece que las autorizaciones del servicio de radiodifusion se otorgan a solicitud de parte o por concurso publico. El concurso publico es obligatorio cuando la cantidad de frecuencias o MORDAZA disponibles en una banda es menor al numero de solicitudes presentadas; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 1555-2012MTC/28, se aprobo las Bases del Concurso Publico Nº 02-2012-MTC/28, para el otorgamiento de autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion sonora, en las modalidades educativa y comercial, en diversas localidades y bandas de frecuencias, entre las cuales se encuentra el servicio de radiodifusion sonora en Onda Media (OM) en la localidad de Cusco-Anta-Calca-ParuroUrubamba-Pisac, departamento de Cusco; Que, con fecha 25 de enero del 2013, se llevo a cabo el Acto Publico Unico: Recepcion y Apertura de Sobres Nºs. 3 y 4 y Otorgamiento de la Buena Pro del Concurso Publico Nº 02-2012-MTC/28, adjudicandose la Buena Pro a la empresa MORDAZA VISION S.R.L. para la autorizacion del servicio de radiodifusion sonora educativa en Onda Media (OM), en la localidad de Cusco-Anta-Calca-ParuroUrubamba-Pisac, departamento de Cusco; Que, el articulo 19° del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establece que la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion es concedida mediante Resolucion del Viceministro de Comunicaciones; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 233-2005MTC/03, se aprobo el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion Sonora en Onda Media (OM) para la localidad de Cusco-Anta-CalcaParuro-Urubamba-Pisac, departamento de Cusco; Que, segun las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas mediante Resolucion Ministerial

Coordenadas Geograficas : Longitud Oeste : 71º 58' 50.72'' Latitud Sur : 13º 31' 25.52'' Planta Transmisora : Cerro Picchu, distrito, provincia y departamento de Cusco.

Coordenadas Geograficas : Longitud Oeste : 71º 59' 44.39'' Latitud Sur : 13º 30' 43.40'' MORDAZA de Servicio : El area comprendida dentro del contorno de 62 dB V/m

La autorizacion otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusion correspondientes. De acuerdo con lo establecido en el articulo 52º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, para el caso de los enlaces auxiliares se requiere de autorizacion previa otorgada por la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones.

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