Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2014 (10/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 656-2014-MTC/03 MORDAZA, 28 de octubre del 2014 VISTO, el Expediente Nº 2013-035859, presentado por el senor ESTERLI QUINDE MORDAZA sobre otorgamiento de autorizacion por Concurso Publico para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de San Ignacio-San MORDAZA de MORDAZA, departamento de Cajamarca; CONSIDERANDO: Que, el articulo 16º de la Ley de Radio y Television, establece que las autorizaciones del servicio de radiodifusion se otorgan a solicitud de parte o por concurso publico. El concurso publico es obligatorio cuando la cantidad de frecuencias o MORDAZA disponibles en una banda es menor al numero de solicitudes presentadas; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 1555-2012MTC/28, se aprobaron las Bases del Concurso Publico Nº 02-2012-MTC/28, para el otorgamiento de autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion sonora, en las modalidades educativa y comercial, en diversas localidades y bandas de frecuencias, entre las cuales se encuentra el servicio de radiodifusion sonora en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de San Ignacio-San MORDAZA de MORDAZA, departamento de Cajamarca; Que, con fecha 25 de enero del 2013, se llevo a cabo el Acto Publico Unico: Recepcion y Apertura de Sobres Nºs 3 y 4 y Otorgamiento de la Buena Pro del Concurso Publico Nº 02-2012-MTC/28, adjudicandose la Buena Pro al senor ESTERLI QUINDE MORDAZA para la autorizacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de San Ignacio-San MORDAZA de MORDAZA, departamento de Cajamarca; Que, el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establece que la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion es concedida mediante Resolucion del Viceministro de Comunicaciones; Que, el Decreto Supremo Nº 045-2010-MTC que promueve el uso compartido de infraestructura de servicios de radiodifusion, en su articulo 2º detallan los incentivos para el uso compartido de infraestructura, senalando en el literal c) del numeral 2.1 que los procedimientos para el otorgamiento de autorizaciones para el servicio de radiodifusion, y de modificacion de caracteristicas tecnicas por cambio de ubicacion de la planta transmisora, no sera exigible la MORDAZA de los siguientes: plano 1/100,000 y plano 1/10,000 o la MORDAZA de la municipalidad, cuando la infraestructura a compartir corresponda a una planta transmisora previamente autorizada; asimismo, se indica en el numeral 2.2 que la solicitud de autorizacion o cambio de ubicacion que se presente, debera estar acompanada del convenio de uso compartido de infraestructura suscrito por las partes intervinientes; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 101-2004MTC/03 y sus modificatorias, se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion Sonora en Frecuencia Modulada (FM) para las localidades del departamento de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad de San Ignacio-San MORDAZA de Lourdes; Que, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias, indicado en el parrafo precedente, establece 1 KW como MORDAZA potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser autorizada en la direccion de MORDAZA ganancia de antena; Que, segun Resolucion Ministerial Nº 207-2009MTC/03, la misma que modifico las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas mediante Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, las estaciones que operen en el rango mayor a 500 W hasta 1 KW de e.r.p., en la direccion de MORDAZA ganancia de antena, se clasifican como Estaciones de Servicio Primario Clase D4, consideradas de Baja Potencia; Que, en virtud a lo indicado, el senor ESTERLI QUINDE MORDAZA, no se encuentra obligado a la MORDAZA del Estudio Teorico de Radiaciones No Ionizantes, asi como

El Peruano Lunes 10 de noviembre de 2014

tampoco a efectuar los monitoreos anuales, segun se establece en el articulo 4º y el numeral 5.2 del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo 038-2006-MTC, mediante el cual se aprobaron los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; Que, mediante Informe Nº 1855-2014MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, considera que el senor ESTERLI QUINDE MORDAZA ha cumplido con las obligaciones previstas en el numeral 21 y demas disposiciones contenidas en las Bases del Concurso Publico Nº 02-2012-MTC/28, asi como con la MORDAZA de la documentacion tecnica y legal requerida, por lo que resulta procedente otorgar a la referida persona, la autorizacion y permiso solicitados; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, las Bases del Concurso Publico Nº 02-2012-MTC/28, el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones, el Decreto Supremo Nº 045-2010MTC que promueve el uso compartido de infraestructura de servicios de radiodifusion, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias para el Servicio de Radiodifusion Sonora en Frecuencia Modulada (FM) para la localidad de San Ignacio-San MORDAZA de MORDAZA, departamento de MORDAZA, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 1012004-MTC/03 y sus modificatorias, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion al senor ESTERLI QUINDE MORDAZA, por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de San IgnacioSan MORDAZA de MORDAZA, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion:
Condiciones Esenciales: Modalidad Frecuencia Finalidad Caracteristicas Tecnicas: Indicativo : OBJ-2G Emision : 256KF8E Potencia Nominal del Transmisor : 0.6 KW Clasificacion de Estacion : PRIMARIA D4 ­ BAJA POTENCIA Ubicacion de la Estacion: Estudios : Jr. MORDAZA MORDAZA Nº 228, distrito y provincia de San MORDAZA, departamento de Cajamarca. : Longitud Oeste : 79° 00' 01.94'' Latitud Sur : 05° 08' 42.38'' : Cerro MORDAZA, distrito y provincia de San MORDAZA, departamento de Cajamarca. : Longitud Oeste : 79° 00' 42.7'' Latitud Sur : 05° 07' 29.7'' : El area comprendida dentro del contorno de 66 dB V/m : RADIODIFUSION SONORA EN FM : 91.5 MHz : COMERCIAL

Coordenadas Geograficas Planta Transmisora

Coordenadas Geograficas MORDAZA de Servicio

La autorizacion otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusion correspondientes.

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