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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (11/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 4

El Peruano Martes 11 de noviembre de 2014 537326 2.6 De los recursos que se transfi eran a cada Núcleo Ejecutor de alcance departamental se destinará hasta el 1% para gastos de gestión de dicho Núcleo Ejecutor, necesarios para su operatividad (personal, papelería, viáticos, telefonía, entre otros). Artículo 3º.- Del documento técnico elaborado por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento Los documentos técnicos elaborados por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento sobre reposición, operación y mantenimiento de sistemas de agua y saneamiento en ámbitos rurales, defi nirán el objetivo de la intervención y los requisitos mínimos (como calidad del agua, condiciones físicas del sistema, entre otros) que deberán tener los sistemas de agua y saneamiento, así como los alcances y especifi caciones de las actividades a realizar, para ser objeto de la intervención a que se refi ere el artículo 13 del Decreto de Urgencia 004-2014. Artículo 4º.- Acciones para la ejecución física 4.1 Los Núcleos Ejecutores de alcance departamental iniciarán la ejecución de las actividades cuando el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, haya entregado los documentos técnicos a que se refi ere el artículo precedente. 4.2 A la terminación de los trabajos cada Núcleo Ejecutor de alcance departamental presentará la respectiva liquidación de los gastos efectuados en el marco de los convenios de fi nanciamiento. Artículo 5º.- Acciones de supervisión FONCODES es el responsable de la supervisión de los Núcleos Ejecutores de alcance departamental, la supervisión acompaña la gestión administrativa y técnica de dichos Núcleos Ejecutores, planteando recomendaciones para la mejora de la gestión de los recursos. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1162203-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan suscripción de adenda a contrato referido al servicio de información financiera internacional, aprobado mediante R.M. N° 125-2013- EF/43 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 371-2014-EF/43 Lima, 10 de noviembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, el numeral 46.1 del artículo 46 del Texto Único Ordenado (T.U.O.) de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2014-EF, establece que el Ministerio de Economía y Finanzas está autorizado para contratar los servicios de asesoría legal y fi nanciera y de otros servicios especializados, vinculados directa o indirectamente al objeto de la citada Ley, de acuerdo con los procedimientos que se establezcan mediante decreto supremo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2006-EF y sus modifi catorias, se aprobó el Procedimiento para la Contratación de Servicios de Asesoría Legal y Financiera Especializados en el marco de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, en el numeral 8.2 del artículo 8 de la citada norma, se establece que se consideran servicios vinculados indirectamente a las operaciones de endeudamiento público o de administración de deuda, para efectos de lo dispuesto en el numeral 46.1 del artículo 46 de la Ley General, entre otros, los servicios de Thomson Reuters Limited; Que, por su parte, el artículo 9 del Decreto Supremo N° 033-2006-EF, señala que la contratación del servicio señalado en el considerando precedente, es efectuada por la Ofi cina General de Administración a requerimiento de la Dirección Nacional de Endeudamiento Público, hoy Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público; Que, asimismo el numeral 9.1 del artículo 9 del precitado decreto supremo dispone que cuando los servicios son prestados por proveedores únicos, la Ofi cina General de Administración procederá a su contratación directa, previo a lo cual deberá cumplirse con realizar las acciones que dicho numeral señala, agregando la Segunda Disposición Final que la interpretación de las disposiciones contenidas en dicho Procedimiento es competencia de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público hoy Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público; Que, con Resolución Ministerial N° 125-2013-EF/43 se aprobó el contrato referido al Servicio de Información Financiera Internacional, a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y la empresa Thomson Reuters Limited. Asimismo, se autorizó al Director General de la entonces Ofi cina General de Administración y Recursos Humanos para que en representación del Ministerio de Economía y Finanzas suscriba el contrato referido; Que, con fecha 25 de abril y 12 de junio del presente año, el Ministerio de Economía y Finanzas y Thomson Reuters Limited, respectivamente, suscribieron el Contrato Nº 1-8448891086; Que, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, órgano rector del Sistema Nacional de Endeudamiento, con Memorando Nº 094-2014-EF/52.02 de fecha 26 de mayo de 2014 y Memorando Nº 066-2014- EF/52.09, señala las razones que justifi can la suscripción de la adenda al Contrato Nº 1-8448891086, suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y Thomson Reuters Limited; Que, la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración mediante Nota de Crédito Presupuestario Nº 603 y Nota Nº 278-2014-EF/43.06, certifi ca el crédito presupuestario para la contratación del servicio de información fi nanciera internacional de Thomson Reuters Limited, para el presente año, y para los años 2015 y 2016; Que, Thomson Reuters Limited, de características particulares, provee sistemas de información para el desarrollo de las actividades diarias en el monitoreo del comportamiento del mercado de capitales externo e interno; Que, el Director de la Ofi cina de Abastecimiento de la Ofi cina General de Administración, ha elaborado el Informe Nº 560-2014-EF/43.03, conjuntamente con el proyecto de adenda al contrato en mención; y De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563 – Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2014-EF y el Procedimiento para la Contratación de Servicios de Asesoría Legal y Financiera Especializados en el marco de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 033-2006-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Director General de la Ofi cina General de Administración para que en representación del Ministerio de Economía y Finanzas suscriba la adenda al Contrato Nº 1-8448891086, cuya contratación fue autorizada a través de la Resolución Ministerial N° 125-2013-EF/43. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1162119-1