Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 2014 (11/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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El Peruano Martes 11 de noviembre de 2014

Cuadro Nº 1 ­ Asignacion del Incentivo por Desempeno 2014 para los trabajadores de la SUNAT (excluye Alta Direccion y Jefe de Gabinete de Asesores)

Componente

Condicion para asignacion de componente (A) Si la Presion Tributaria >= 16.4% y se alcanza las metas de Tiempo Total del MORDAZA de Importacion y Reduccion de Quejas ­ Reclamos. (B) Si se alcanza la meta de Resultado de las acciones de prevencion y represion del contrabando. Segun lo establecido en el Punto 4.2. Segun nivel de desempeno alcanzado por cada trabajador. Incentivo base total (en remuneraciones)

Asignacion por nivel de desempeno alcanzado por cada trabajador en la Evaluacion de Desempeno Laboral 2014 Sobresaliente Esperado En desarrollo 0.8 Bajo

Institucional

0.8

0.8

0.0

0.2

0.2

0.2

0.0

De equipo Individual

0.4 0.6 2.0

0.4 0.4 1.8

0.0 0.0 1.0

0.0 0.0 0.0

7.4. En el caso de la Alta Direccion conformada por el Superintendente Nacional y los Superintendentes Nacionales Adjuntos, asi como en el caso del Jefe del Gabinete de Asesores se aplica unicamente el componente por desempeno institucional: Cuadro Nº 2 Asignacion de Componente Institucional - Alta Direccion y Jefe del Gabinete de Asesores

Componente Institucional

Condicion para asignacion de componente (A) Si la Presion Tributaria >= 16.4% y se alcanza las metas de Tiempo Total del MORDAZA de Importacion y Reduccion de Quejas ­ Reclamos. (B) Si se alcanza la meta de Resultado de las acciones de prevencion y represion del contrabando. Incentivo base total (en remuneraciones)

Asignacion 1.6 0.4 2.0

7.5. La estimacion de la meta de Presion Tributaria de 16.4% considero dos pagos extraordinarios equivalentes a 0.4% de la Presion Tributaria. De no producirse alguno de estos pagos, o si el monto pagado por tal concepto en conjunto es inferior al equivalente de 0.4% de la Presion Tributaria, en lugar de 16.4% se considerara 16.2% como meta3. 7.6. El monto de incentivo por trabajador se calcula en forma proporcional al tiempo de labor remunerada, de acuerdo a las consideraciones expuestas en el numeral 3 y tomando como base de calculo 360 dias laborales. 7.7. En un plazo no mayor de diez (10) dias habiles de recibido el informe final a que se refiere el numeral 6.3.4, la DC determina el monto del incentivo por trabajador y remite la planilla correspondiente a la Gerencia Financiera, para su pago respectivo. 8. Disposiciones finales 8.1. La INRH remite el informe de incentivo por desempeno al Organo de Control Institucional y lo publica

en la Intranet Institucional, en un plazo no mayor a veinte (20) dias habiles de efectuado el pago. 8.2. Las situaciones no previstas que surjan de la aplicacion del presente Reglamento seran reguladas por la INRH.

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De haberse producido ambos pagos extraordinarios, para determinar el cumplimiento del 16.1% de la Presion Tributaria, no se tomara en cuenta el menor de estos pagos. Idem. De haberse producido ambos pagos extraordinarios, para determinar el cumplimiento del 16.2% de la Presion Tributaria, no se tomara en cuenta el menor de estos pagos.

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