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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (15/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 5

El Peruano Sábado 15 de noviembre de 2014 537659 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 794 del 20 de octubre de 2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio G.500-4621 del 29 de octubre de 2014, el Secretario del Comandante General de la Marina por encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 16 al 20 de noviembre de 2014, a fi n de participar en el curso de “Conceptos Básicos sobre Investigación y Bienestar de Animales de Laboratorio”, organizado por el Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales (NAMRU-6); Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a UN (01) militar de los Estados Unidos de América, del 16 al 20 de noviembre de 2014, a fi n que participe en el curso de “Conceptos Básicos sobre Investigación y Bienestar de Animales de Laboratorio”, organizado por el Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales (NAMRU-6). Artículo 2º.- Poner en conocimiento de la Presidenta del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1164712-1 ENERGIA Y MINAS Designan Secretario Técnico encargado de brindar apoyo a las autoridades que lleven a cabo los procedimientos administrativos disciplinarios del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 490-2014-MEM/DM Lima, 13 de noviembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, se estableció un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de éstas; Que, el artículo 94 del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM dispone que las autoridades del procedimiento administrativo disciplinario cuentan con el apoyo de una Secretaría Técnica que puede estar compuesta por uno o más servidores de la Entidad; Que, asimismo, el artículo 92 de la Ley Nº 30057, establece que la Secretaría Técnica es la encargada de precalificar las presuntas faltas, documentar la actividad probatoria, proponer la fundamentación y administrar los archivos emanados del ejercicio de la potestad sancionadora disciplinaria de la entidad pública correspondiente. Que, en consecuencia, resulta necesario designar a quien ejerza las funciones de Secretario Técnico de los órganos instructores de los procedimientos administrativos disciplinarios del Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, y el Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al Sr. José Cuya Contreras, servidor de la Ofi cina de Personal del Ministerio de Energía y Minas, como Secretario Técnico encargado de brindar apoyo a las autoridades que lleven a cabo los procedimiento administrativos disciplinarios del Ministerio de Energía y Minas. Artículo 2º.- La Secretaría Técnica de los órganos instructores del procedimiento administrativo disciplinario del Ministerio de Energía y Minas iniciará sus funciones a partir del día siguiente de publicada la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3º.- Notifi car la presente Resolución a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Energía y Minas, a la Ofi cina de Personal del mismo Ministerio y al Secretario Técnico designado, para los fi nes pertinentes. Artículo 4.- Encargar a la Ofi cina de Informática del Ministerio de Energía y Minas la publicación de la presente Resolución en el portal institucional (www.minem.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ELEODORO MAYORGA ALBA Ministro de Energía y Minas 1164880-1 Dejan sin efecto las RR.MM. Nºs. 067- 2014-MEM/DM y 149-2014-MEM/DM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 491-2014-MEM/DM Lima, 13 de noviembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 067-2014- MEM/DM de fecha 13 de febrero de 2014, se encargó a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PROINVERSIÓN) la conducción del proceso de licitación necesario, hasta la adjudicación de buena pro del proyecto “Subestación Nueva Lurín 220/60 kV y Líneas de Enlace en 220 kV y 60 kV; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 149-2014- MEM/DM de fecha 18 de marzo de 2014, se encargó a PROINVERSIÓN la conducción del proceso de licitación necesario, hasta la adjudicación de la buena pro, del proyecto “Nueva Subestación 220 kV Corpac y Línea de Transmisión 220 kV Industriales-Corpac”; Que, mediante Resolución del Consejo Directivo Osinergmin N° 206-2014-OS/CD ha sido modifi cado el Plan de Inversiones para el periodo 2013-2017, afectando