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El Peruano Sábado 4 de octubre de 2014 534211 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Declaran de oficio la aprobación de la habilitación urbana de inmueble ubicado en el distrito RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 233-2014/MDSMP San Martín de Porres, 30 de setiembre del 2014. LA TENIENTE ALCALDESA DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: El informe Nº 467-2014-GDU-MDSMP de la Gerencia de Desarrollo Urbano, sobre declaración de Habilitación Urbana de Ofi cio de predio; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe del Visto, la Gerencia de Desarrollo Urbano solicita la aprobación de la Habilitación Urbana de Ofi cio, del terreno constituido por la Parcela 10257 del ex Fundo Santa Rosa que, según la Ficha Registral Nº 184380 y su continuación en la Partida Electrónica Nº 43714937 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, se encuentra ubicado en nuestra jurisdicción, y sobre el cual se ha constituido la Urbanización Las Praderas del Sol IV Etapa, cuya área inscrita es de 47,200.00 m²; Que, mediante Informe Nº 1241-2014-SGCyHU- GDU-MDSMP, la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas señala que, recogiendo el Informe Nº 005-2014-SAPT, se indica que el terreno de área inscrita de 47,200.00 m², sobre el cual se desarrolla la Urbanización Las Praderas del Sol IV Etapa, se encuentra totalmente consolidada respecto al área útil, contando con edifi caciones y servicios públicos domiciliarios; por lo que cumple con las condiciones para que se declare habilitado de ofi cio, acorde con lo establecido en la Ley Nº 29898, que modifi ca la Ley Nº 29090 – de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones que establece el procedimiento de Habilitación Urbana de Ofi cio y el Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA; Que, la Ordenanza Nº 1015-MML, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 14.MAYO.2007, aprueba el Reajuste Integral de la Zonifi cación de los Usos del Suelo de los distritos de San Martín de Porres, Independencia, Comas y Los Olivos y de una parte del distrito del Rímac, que son parte de las Áreas de Tratamiento Normativo I y II de Lima Metropolitana, conforme al Plano de Zonifi cación de los Usos del Suelo, se califi cándose al terreno materia de trámite con zonifi cación: Zonifi cación Residencial de Densidad Media – RDM y Comercio Zonal – CZ; Que, asimismo, de conformidad con el Plano del Sistema Vial Metropolitano de Lima, aprobado por Ordenanza Nº 341-MML, respecto a las vías locales, se tiene que sobre el terreno se propone la continuidad de las vías colindantes que han definido los derechos de vías existentes, así como su conexión con la Av. Canta Callao y Av. Pacasmayo calificada como vía metropolitana, la Av. Canta Callao tiene una sección de 60.00 m. y la Av. Pacasmayo una sección de 30.00 m.; y las vías locales propuestas se denominan: Calle Las Palmeras, Calle 1, Calle 2, Calle 3 y Jirón Los Robles con una sección A-A de 11.40 m., Pasaje Génova con una sección B-B de 6.00 m.; cumpliendo los módulos con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Edificaciones y respecto a los aportes reglamentarios, en aplicación a lo establecido en el artículo 40º, numeral 40.3 del Decreto Supremo Nº 008-2013- VIVIENDA, las habilitaciones urbanas declaradas de oficio no se encuentran sujetas a los aportes de la Habilitación Urbana; sin embargo, la urbanización ha dejado un área de 2,828.59 m² de Aporte destinado a Recreación Publica denominado Parque Nº 1, por lo que la propuesta resulta Conforme; Que, el Informe Nº 1416-2014-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que el presente trámite cumple con las disposiciones establecidas para el procedimiento de Habilitación Urbana de Oficio, incorporado a la Ley Nº 29090 mediante Ley Nº 29898 y el Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, recomendando se emita la respectiva resolución de alcaldía; Con la visación de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia de Desarrollo Urbano; De conformidad con los artículos 20, inciso 6); 39 y 43 de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades; Ley Nº 29090 - de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, su modifi catoria Ley Nº 29898, así como su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA; y con las facultades conferidas mediante Resolución de alcaldía Nº 211-2014/MDSMP (19.SETIEMBRE.2014); RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR DE OFICIO la aprobación de la Habilitación Urbana del inmueble de área inscrita de 47,200.00 m², terreno constituido por la Parcela 10257 del ex Fundo Santa Rosa e inscrito en la Ficha Nº 184380, continuada en la Partida Nº 43714937 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, sobre el cual se localiza la Urbanización Las Praderas del Sol IV Etapa, ubicado en esta jurisdicción, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- DISPONER la inscripción de la Habilitación Urbana de conformidad con el Plano signado con el Nº 102-2014-SGCyHU-GDU-MDSMP y Memoria Descriptiva, de acuerdo al siguiente detalle: CUADRO GENERAL DE ÁREAS Área Bruta Total 47,200.00 m² Área Útil Vivienda (150 lotes) 23,245.62 m² Área de Vía Metropolitana 11,185.00 m² Área para Recreación Pública 3,463.33 m² Área de Vías Locales 6,477.46 m² Artículo Tercero.- DISPONER la Independización e inscripción en la SUNARP, a favor del Estado y bajo administración de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, del Aporte Reglamentario destinado a Recreación Pública, constituido por el Parque Nº1 con un área de 2,828.59 m². Artículo Cuarto.- REMITIR a la Municipalidad Metropolitana de Lima copia certifi cada de la presente norma municipal, Memoria Descriptiva y de los Planos de Ubicación y Localización, Plano Perimétrico, Plano Catastral y Plano de Lotización Nº 102-2014-SGCyHU- GDU/MDSMP, para su conocimiento. Artículo Quinto.- COMUNICAR la presente resolución a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales –SBN para los fi nes que corresponda. Artículo Sexto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, en un plazo que no debe exceder los 30 días siguientes de notifi cada la misma, a cargo de los propietarios del predio objeto de la Habilitación Urbana de Ofi cio. Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Obras Privadas y Subgerencia de Informática y Desarrollo Tecnológico para que, de acuerdo a sus competencias, incorporen la Habilitación Urbana de Ofi cio a que se refi ere el artículo Primero de la presente resolución, al Plano Urbano del Distrito de San Martín de Porres, así como registrar los predios resultantes en su Registro de Contribuyentes. Artículo Octavo.- HACER DE CONOCIMIENTO el presente acto administrativo a la parte interesada e instancias administrativas que correspondan. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARMEN ROSA BEAS ARANDA (e) Alcaldía 1145638-1