Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2014 (04/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 88

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Electorales, del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, de los Jurados Electorales Especiales y de las organizaciones politicas que participaran en las Elecciones Regionales y Municipales 2014, para los fines que se estime pertinentes. Articulo Quinto.- DISPONER la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA electronico institucional del MORDAZA Nacional de Elecciones. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1146666-2

El Peruano Sabado 4 de octubre de 2014

16 de agosto de 2014, la prepublicacion del proyecto de Reglamento del Procedimiento Aplicable a las Actas Observadas en Elecciones Regionales y Elecciones Municipales, en el MORDAZA electronico institucional del MORDAZA Nacional de Elecciones, por el periodo de treinta dias, a partir del 20 de agosto de 2014, fecha en que el referido acuerdo se publico en el Diario Oficial El Peruano. 5. Durante el periodo de la prepublicacion, este organismo electoral ha mantenido habilitada una cuenta de correo electronico institucional, para la recepcion de aportes y sugerencias de instituciones, organizaciones politicas y ciudadanos en general, sobre el proyecto prepublicado. Asimismo, se cursaron comunicaciones a las organizaciones politicas inscritas en el Registro de Organizaciones Politicas, asi como a la Defensoria del Pueblo y a la Oficina Nacional de Procesos Electorales, invitando a realizar sus aportes sobre el tema de actas observadas. 6. Asi, cumplido el periodo de la prepublicacion por treinta dias habiles, y analizados los aportes recibidos, corresponde aprobar el Reglamento del Procedimiento aplicable a las actas observadas en Elecciones Regionales y Elecciones Municipales. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, con el MORDAZA en minoria en el extremo del articulo 17 del Reglamento, del magistrado MORDAZA MORDAZA Ayvar MORDAZA, RESUELVE Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento del Procedimiento aplicable a las actas observadas en Elecciones Regionales y Elecciones Municipales, cuyo texto es el siguiente: REGLAMENTO DEL PROCEDIMIENTO APLICABLE A LAS ACTAS OBSERVADAS EN ELECCIONES REGIONALES Y ELECCIONES MUNICIPALES Articulo 1.- Objeto Dictar disposiciones para el tratamiento de las actas electorales observadas por las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales en las Elecciones Regionales y las Elecciones Municipales, desde que son identificadas hasta su resolucion por los Jurados Electorales Especiales y, en caso de apelacion, por el MORDAZA Nacional de Elecciones. Articulo 2.- Base normativa a. Constitucion Politica del Peru. b. Ley Nº 26859, Ley Organica de Elecciones. c. Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales. d. Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales. e. Ley Nº 26486, Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones. f. Ley Nº 26487, Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales. g. Ley Nº 26300, Ley de los Derechos de Participacion y Control Ciudadanos. Articulo 3.- Alcance Las disposiciones del presente Reglamento son de aplicacion en los procesos de elecciones regionales, elecciones municipales, elecciones municipales complementarias y nuevas elecciones municipales. Articulo 4.- Abreviaturas DNI : JNE : JEE : ONPE : ODPE : Documento Nacional de Identidad MORDAZA Nacional de Elecciones. MORDAZA Electoral Especial. Oficina Nacional de Procesos Electorales. Oficina Descentralizada de Procesos Electorales. LOE : Ley Organica de Elecciones. Articulo 5.- Definiciones a. Acta electoral Es el documento impreso en el cual se registran los actos, hechos e incidencias que se producen en cada mesa

Aprueban Reglamento del Procedimiento aplicable a las actas observadas en Elecciones Regionales y Elecciones Municipales
RESOLUCION Nº 3000-2014-JNE MORDAZA, tres de octubre de dos mil catorce. VISTOS el Informe Nº 266-2014-DGNAJ/JNE, de fecha 14 de agosto de 2014, suscrito por el Director General de Normatividad y Asuntos Juridicos, sobre la viabilidad de aprobar el Reglamento del Procedimiento Aplicable a las Actas Observadas en Elecciones Regionales y Elecciones Municipales, y el Informe Nº 510-2014-SG/JNE, de fecha 1 de octubre de 2014, del Secretario General, con el que informa sobre los aportes y sugerencias recibidos en el periodo de prepublicacion del proyecto del referido reglamento. CONSIDERANDOS 1. El articulo 178, numeral 3, de la Constitucion Politica del Peru establece como competencia del MORDAZA Nacional de Elecciones el velar por el cumplimiento de las normas referidas a materia electoral. 2. En cumplimiento de los articulos 284 y 315 de la Ley Nº 26859, Ley Organica de Elecciones, en todo MORDAZA electoral, el computo de votos requiere de reglas que permitan el procesamiento de las actas electorales cuyo contenido presente errores materiales o vacios producto del registro defectuoso que efectuan los miembros de mesa, asi como las actas provenientes de mesas de sufragio en las que se ha planteado impugnacion contra la identidad de electores o contra cedulas de sufragio; debiendo ser tales reglas, acordes con las caracteristicas de las actas electorales disenadas por la Oficina Nacional de Procesos Electorales. 3. En ese contexto, corresponde establecer las reglas generales que se tendran en cuenta para el tratamiento de las actas electorales que resulten observadas en las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, que seran remitidas a los respectivos Jurados Electorales Especiales, para su pronunciamiento, conforme a la atribucion de imparticion de justicia electoral, en primera instancia, conferida en el literal f, del articulo 36, de la Ley Nº 26486, Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones. 4. El MORDAZA Nacional de Elecciones, dando cumplimiento al articulo 14 del Decreto Supremo Nº 0012009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de Proyectos Normativos y difusion de Normas Legales de Caracter General, dispuso, mediante Acuerdo de fecha

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