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El Peruano Lunes 13 de octubre de 2014 534612 Estando a lo expuesto precedentemente, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con el VOTO MAYORITARIO del Pleno del Concejo y, con la dispensa del trámite de lectura y de aprobación del acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE DESARROLLO CONCERTADO DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO 2015 - 2021 Artículo Primero.- APROBAR el Plan Desarrollo Concertado 2015 - 2021 del distrito de San Juan de Lurigancho. Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto cualquier disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente ordenanza. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, la misma que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación; asimismo, se dispone en la misma fecha su publicación en la página web (www.munisjl.gob.pe) de esta Corporación Municipal. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planifi cación, Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Servicio a la Ciudad, Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia de Desarrollo Económico, Gerencia de Seguridad Ciudadana y Convivencia Pacífi ca y demás unidades orgánicas pertinentes el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. DAVID E. NESTARES SILVA Alcalde (e) 1148874-1 Declaran de interés local la petición de cambio específico de zonificación de predios ubicados en el distrito ACUERDO DE CONCEJO Nº 051 San Juan de Lurigancho, 2 de octubre de 2014 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Memorándum Nº 0666-2014-GM/MDSJL de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 393-2014-GAJ/ MDSJL de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 054-2014-GDU/MDSJL de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 249-2014-SGPUC/GDU/MDSJL de la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, y los Registros Nº 44769-A1-2014, Nº 44821-M1-2014 y Nº 37769-A1-2014; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, y acorde con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en tal sentido, gozan de facultades normativas y reglamentarias, ejerciendo la jurisdicción en el ámbito de su circunscripción territorial; Que, el Artículo 9º Numeral 35) de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, indica como atribución del Concejo Municipal, las demás atribuciones que le correspondan conforme a ley; Que, el Artículo 73º Párrafo Tercero Literal b) de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, precisa - dentro del marco de las competencias y funciones especifi cas establecidas en la presente ley - que los planes referidos a la organización del espacio físico y uso del suelo que emitan las municipalidades distritales deberán sujetarse a los planes y las normas municipales provinciales sobre la materia; Que, el Artículo 28º de la Ordenanza Nº 620-MML - Ordenanza Reglamentaria del Proceso de Aprobación del Plan Metropolitano de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano de Lima, de los Planes Urbanos Distritales y la Actualización de la Zonifi cación de los Usos del Suelo de Lima Metropolitana, refi ere que la Zonifi cación regula el ejercicio del derecho de uso del suelo de la propiedad inmueble y se concreta en los Planos de Zonifi cación Urbana, Reglamento de Zonifi cación e Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas. La Zonifi cación de Lima tiene como principales objetivos: (i) fortalecer el mercado de suelos; (ii) alentar la inversión inmobiliaria pública y privada, sea empresarial comunal o particular, con normas claras y confi ables; (iii) aplicar nuevas tecnologías para una gestión más productiva del suelo Urbano; (iv) densifi car e intensifi car el uso del suelo urbano; (v) integrar con efi ciencia las actividades urbanas compatibles; (vi) promover la más alta calidad del medio ambiente en el ámbito provincial; (vii) desanimar los procesos informales; (viii) simplifi car los procedimientos y eliminar los costos administrativos; (ix) defender los derechos de la comunidad urbana; y (x) generar una transparente cooperación entre la población y sus autoridades locales; Que, la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 1081-MML - Ordenanza que Aprueba el Reajuste Integral de la Zonifi cación de los Usos del Suelo del distrito de San Juan de Lurigancho que forma parte del Área de Tratamiento Normativo I de Lima Metropolitana, establece un régimen excepcional de Cambios Específi cos de Zonifi cación que promueva la inversión pública o privada, debidamente sustentados y declarados de interés local por la Corporación Municipal cuando corresponda. Para lo cual, los interesados presentaran sus iniciativas a la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, siendo que el órgano competente formulará el Informe Técnico correspondiente; y la Municipalidad Distrital, mediante Acuerdo de Concejo declarará de Interés Local la propuesta de Cambio Específi co de Zonifi cación, elevándolo a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, el Artículo 50º del Decreto Supremo Nº 004- 2011-VIVIENDA - Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, sostiene que los Cambios de Zonifi cación pueden ser propuestos de ofi cio por la municipalidad interesada o pueden ser tramitados por sus propietarios y/o promotores ante la municipalidad distrital, en tanto el Numeral 51.5 del Artículo 51º del precitado Reglamento, expresa que la municipalidad distrital elevará la propuesta de cambio de zonifi cación a la municipalidad provincial mediante Acuerdo de Concejo; Que, el Artículo 12º de la Ordenanza Nº 1617-MML - Ordenanza que Norma los Cambios de Zonifi cación en Lima Metropolitana, menciona que las Municipalidades Distritales realizarán la evaluación de las Peticiones de Cambio de Zonifi cación y elaborará un informe único, emitiendo su opinión sobre el total de las peticiones; el que será elevado al Concejo Municipal Distrital, para la emisión del Acuerdo de Concejo respectivo, donde expresara su opinión, la misma que no tiene carácter vinculante; Que, mediante Registro Nº 44769-A1-2014, la Asociación de Propietarios Residencial Mosha solicita el Cambio de Zonifi cación de Residencial de Densidad Media (RDM) e Industrial Liviana (I2) a Residencial de Densidad Media (RDM), del predio que colinda con el Asentamiento Humano “Los Jazmines”, el Asentamiento Humano “San Miguel”, la Asociación de Vivienda “Valle Mantaro”, el Club Orcotuna y con la Asociación de Mahejara, en el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Registro Nº 44821-M1-2014, la empresa “Comercializadora de Productos Textiles S. A.- COMPROTEX S. A.” solicita Cambio de Zonifi cación de