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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (13/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 15

El Peruano Lunes 13 de octubre de 2014 534613 Residencial de Densidad Media (RDM) y de Protección y Tratamiento Paisajista (PTP) a Industria Elemental y Complementaria (I1), del predio ubicado en el Jirón Pacopampa Números 105 - 120 - 122 - 130 - 152 de la Urbanización Mangomarca, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Registro Nº 37769-A1-2014, la Asociación de Comerciantes “Sol Naciente de Campoy”, solicita Cambio de Zonifi cación de Residencial de Densidad Media (RDM) a Comercio Zonal (CZ), del predio ubicado en la Manzana I Lote 4-A Sub Lote 4-A-1 de la Urbanización Parcelación Semirústica del Fundo Campoy - Segunda Etapa, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Informe Nº 249-2014-SGPUC/GDU/ MSJL, la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro señala que la Asociación de Propietarios Residencial Mosha, resulta ser titular de los predios que colindan con el Asentamiento Humano “Los Jazmines”, el Asentamiento Humano “San Miguel”, la Asociación de Vivienda “Valle Mantaro”, el Club Orcotuna y con la Asociación de Mahejara, en el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, debidamente inscritos en las Partidas Nº 11600914, Nº 11600911, Nº 11600915, Nº 11600912 y Nº 11594353 de la SUNARP, siendo que durante inspección ocular pudo apreciarse la consolidación del área y que cuentan con servicios básicos, donde la Avenida Santa Rosa guarda relación con lo dispuesto por la Ordenanza Nº 1100-MML; asimismo, la empresa Comercializadora de Productos Textiles S. A. aparece como titular registral del predio ubicado en el Jirón Pacopampa Números 105 - 120 - 122 - 130 - 152 de la Urbanización Mangomarca - distrito de San Juan de Lurigancho, inscrito en la Partida Nº 49052983 de la SUNARP, y en la inspección ocular pudo verifi carse que el área se encuentra consolidada al presentar una construcción de 3 pisos, contando con servicios básicos y con vías de acceso local consolidadas y ajustadas al sistema vial distrital; y la Asociación de Comerciantes “Sol Naciente de Campoy” viene a ser titular registral del predio en la Manzana I Lote 4-A Sub Lote 4-A-1 de la Urbanización Parcelación Semi rústica del Fundo Campoy - Segunda Etapa - distrito de San Juan de Lurigancho, inscrito en la Partida Nº 12966621 de la SUNARP, apreciándose en la inspección ocular que el área aparece consolidada al desarrollarse actividades económicas propias del Comercio Zonal (mercado, ferretería y locales comerciales); siendo que todas ellas, permitirán el desarrollo integral, sostenible y armónico de la circunscripción y constituyen un canal inmediato para satisfacer las necesidades básicas de la población; Que, mediante Informe Nº 393-2014-GAJ-MDSJL, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta procedente declarar de Interés Local las peticiones de Cambio de Zonifi cación planteados por la Asociación de Propietarios Residencial Mosha sobre los predios que colindan con el Asentamiento Humano “Los Jazmines”, el Asentamiento Humano “San Miguel”, la Asociación de Vivienda “Valle Mantaro”, el Club Orcotuna y con la Asociación de Mahejara, en el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, por la empresa Comercializadora de Productos Textiles S. A. respecto al predio ubicado en el Jirón Pacopampa Números 105 - 120 - 122 - 130 - 152 de la Urbanización Mangomarca - distrito de San Juan de Lurigancho, y por la Asociación de Comerciantes “Sol Naciente de Campoy” con relación al predio ubicado en la Manzana I Lote 4-A Sub Lote 4-A-1 de la Urbanización Parcelación Semirústica del Fundo Campoy - Segunda Etapa - distrito de San Juan de Lurigancho; en la medida que resulta benefi cioso para el desarrollo del distrito de San Juan de Lurigancho y de la colectividad en general; Que, teniendo en cuenta que la Corporación Municipal asume el rol de promotor del desarrollo local, coadyuvando a impulsar las iniciativas privadas que conduzcan a la satisfacción de las necesidades generadas por el constante crecimiento demográfi co existente durante los últimos años, aparece que las solicitudes presentadas por la Asociación de Propietarios Residencial Mosha, la empresa Comercializadora de Productos Textiles S. A. - PROMOTEX S. A. y la Asociación de Comerciantes “Sol Naciente de Campoy”, además de contar con Informe Favorable por parte de la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, área técnica competente que precisa haberse cumplido con el procedimiento previsto por ley de la materia y existir sustentación para su prosecución, resulta pertinente los cambios específi cos de zonifi cación propuestos, en razón que permitirán generar mayor inversión económica y oportunidad laboral en benefi cio de la jurisdicción de San Juan de Lurigancho, y de la población en general; Estando a lo expuesto precedentemente y en aplicación del Artículo 41º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con el VOTO MAYORITARIO del Pleno del Concejo Municipal y, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR de Interés Local la petición de Cambio Específi co de Zonifi cación de los siguientes predios: 1. De Residencial de Densidad Media (RDM) e Industrial Liviana (I2) a Residencial de Densidad Media (RDM) respecto a los predios de propiedad de la Asociación de Propietarios Residencial Mosha, inscrito en las Partidas Nº 11600914, Nº 11600911, Nº 11600915, Nº 11600912 y Nº 11594353 de la SUNARP, que colindan con el Asentamiento Humano “Los Jazmines”, el Asentamiento Humano “San Miguel”, la Asociación de Vivienda “Valle Mantaro”, el Club Orcotuna y la Asociación de Mahejara. 2. De Residencial de Densidad Media (RDM) y de Protección y Tratamiento Paisajista (PTP) a Industria Elemental y Complementaria (I1) respecto al predio ubicado en el Jirón Pacopampa Números 105 - 120 - 122 - 130 - 152 de la Urbanización Mangomarca - distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, cuya propiedad corresponde a Comercializadora de Productos Textiles S. A. - PROMOTEX S. A., inscrito en la Partida Nº 49052983 de la SUNARP, con un área de 2,175.00 m2, encerrado dentro de los siguientes linderos y medidas perimétricas: por el frente colinda con el Jirón Pacopampa (antes Calle Los Sinchis) con 63.00 ml., por el lado derecho con la Calle Uno con 40.00 ml., por el lado izquierdo con la Calle Dos con 42.00 ml., y por el fondo con la Calle Tres con 42.50 ml. 3. De Residencial de Densidad Media (RDM) a Comercio Zonal (CZ) respecto al predio ubicado en la Manzana I Lote 4-A Sub Lote 4-A-1 de la Urbanización Parcelación Semi rústica del Fundo Campoy - Segunda Etapa - distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, cuya propiedad corresponde a la Asociación de Comerciantes “Sol Naciente de Campoy”, inscrito en la Partida Nº 12966621 de la SUNARP, con un área de 2,435.00 m2, encerrado dentro de los siguientes linderos y medidas perimétricas: por el frente colinda con la Calle 17 con 40.00 ml., por el lado derecho con el Lote 5 de la Manzana Y con 60.875 ml., por el lado izquierdo con los Sub Lotes 4-A-2, 4-A-4 y 4-A-5 con 60.875 ml., y por el fondo con el Sub Lote 4-B con 40.00 ml. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano remitir los actuados a la Municipalidad Metropolitana de Lima, para su conocimiento y prosecución del trámite correspondiente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano, y a la Secretaría de Imagen Institucional la publicación del presente Acuerdo en la página web de la Municipalidad (www.munisjl.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. DAVID E. NESTARES SILVA Alcalde (e) 1148867-1