TEXTO PAGINA: 7
El Peruano Martes 14 de octubre de 2014 534641 Artículo 5º.- El Personal Militar designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6º.- La presente autorización no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1149674-3 ECONOMIA Y FINANZAS FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 274-2014-EF Mediante Ofi cio Nº 811-2014-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 274-2014-EF, publicado en nuestra edición del día 3 de octubre de 2014. En el Artículo 1°; DICE: (...) A LA: En Nuevos Soles (...) GASTOS DE CAPITAL 2.3 Bienes y Servicios 2 075 000,00 2.5 Otros gastos 39 425 000,00 TOTAL EGRESOS 41 500 000,00 =========== (...) DEBE DECIR: (...) A LA: En Nuevos Soles (...) GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios 2 075 000,00 2.5 Otros gastos 39 425 000,00 TOTAL EGRESOS 41 500 000,00 =========== (...) 1149675-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Designan representante del Ministerio ante el Consejo de Adopciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 359-2014-MIMP Lima, 10 de octubre de 2014 Vistos, el Memorando Nº 243-2014-MIMP/DVMPV del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables y la Nota N° 181-2014-MIMP/DGA de la Dirección General de Adopciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; CONSIDERANDO: Que, el Artículo IX del Título Preliminar de la Ley Nº 27337, Ley que aprueba el Nuevo Código de los Niños y Adolescentes, establece que en toda medida que concierne al niño y al adolescente que adopte el Estado a través de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, del Ministerio Público, los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y sus demás instituciones, así como en la acción de la sociedad, se considerará el Principio del Interés Superior del Niño y del Adolescente y el respeto de sus derechos; Que, el artículo 119 del Código de los Niños y Adolescentes dispone que la Ofi cina de Adopciones, hoy Dirección General de Adopciones, es la institución encargada de tramitar las solicitudes de adopción de niños o de adolescentes declarados en estado de abandono, a cuyo efecto cuenta con un Consejo de Adopciones, precisando su conformación y disponiendo que sus funciones específi cas sean desarrolladas mediante Reglamento; Que, los artículos 5 y 6 del Reglamento del Consejo de Adopciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 001- 2010-MIMDES, prevén que este Consejo es un órgano colegiado que se encuentra integrado, entre otros, por un representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (actualmente Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables), cuya designación se formaliza por Resolución Ministerial del referido Sector, siendo designado por dos (2) años, no pudiendo renovarse su designación para el período inmediato siguiente; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 194-2013- MIMP del 27 de agosto de 2013, se designó a la psicóloga Nancy Rosalina Tolentino Gamarra como representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP ante el Consejo de Adopciones; Que, mediante Nota N° 181-2014-MIMP/DGA del 5 de setiembre de 2014, la Dirección General de Adopciones ha comunicado al Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, que mediante Resolución Ministerial N° 256-2014-MIMP se aceptó la renuncia formulada por la psicóloga Nancy Rosalina Tolentino Gamarra al cargo de confi anza de Directora Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP; Que, en tal sentido, resulta pertinente dar por concluida la designación de la psicóloga Nancy Rosalina Tolentino Gamarra como representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP ante el Consejo de Adopciones y designar a quien la reemplazará; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27337 – Ley que aprueba el Nuevo Código de los Niños y Adolescentes; en el Decreto Legislativo Nº 1098 – que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP; en el Reglamento del Consejo de Adopciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-MIMDES; y, en el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001- 2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación de la psicóloga NANCY ROSALINA TOLENTINO GAMARRA como representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP ante el Consejo de Adopciones, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor JHON EDILBERTO GAMARRA ARELLANO como representante del