Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2014 (14/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano Martes 14 de octubre de 2014

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y elementos de seguridad que se vayan presentado durante su ejecucion, sustentadas en los estudios tecnicos de las entidades competentes; Que, el SENASA ha planteado el objetivo de recudir la incidencia y severidad de la roya amarilla del cafeto y otras plagas priorizadas, para mantener la produccion del cultivo; de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 064-2014-PCM; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG y modificatoria, y con el visado de la Sub direccion de Cuarentena Vegertal y de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el "Plan de Accion Rapida contra la Roya Amarilla del Cafeto y otras plagas priorizadas" de Octubre-Diciembre 2014, que sera publicado en la pagina web del SENASA (www.senasa.gob.pe). Articulo 2º.- Actuar de forma coordinada con los Gobiernos Regionales de Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA Pasco, MORDAZA, San MORDAZA, Ucayali y MORDAZA, y los Gobiernos Locales involucrados le ejecucion del "Plan de Accion Rapida contra la Roya Amarilla del Cafeto y otras plagas priorizadas". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 1149650-1

AGRICULTURA Y RIEGO
Aprueban "Plan de Accion Rapida contra la Roya Amarilla del Cafeto y otras plagas priorizadas" de OctubreDiciembre 2014
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0049-2014-MINAGRI-SENASA-DSV 13 de octubre de 2014 VISTOS: El Memorandum - 0034-2014-MINAGRI-SENASADSV-SMFPF que contiene el sustento tecnico que justifica la solicitud de Declaratoria del Estado de Emergencia para el Control de la "Roya Amarilla del Cafeto" o Hemileia vastatrix en el Peru; CONSIDERANDO: Que, el Titulo V, del Decreto Ley Nº 25902, en concordancia con la Ley Nº 29185, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria, es un Organismo Tecnico Especializado encargado de desarrollar y promover la participacion de la actividad privada para la ejecucion de los planes y programas de prevencion, control y erradicacion de plagas y enfermedades que inciden con mayor significacion socioeconomica en la actividad agraria. A su vez, es el ente responsable de cautelar la seguridad sanitaria del agro nacional; Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria dictara las medidas fito y zoosanitarias para la prevencion, el control o la erradicacion de plagas y enfermedades. Dichas medidas seran de cumplimiento obligatorio por parte de los propietarios u ocupantes, bajo cualquier titulo, del predio o establecimiento respectivo, y de los propietarios o transportistas de los productos de que se trate; Que, el articulo 27º del Reglamento de Organizaciones y Funciones del SENASA establece que la Subdireccion de Moscas de la Fruta y Proyectos Fitosanitarios, tiene como objetivo garantizar la eficiente y eficaz implementacion de acciones de prevencion, control y erradicacion de plagas priorizadas por el SENASA, tendientes a mejorar el status fitosanitario del MORDAZA, en respaldo de la produccion nacional y de las agroexportaciones; Que, mediante Decreto Supremo Nº 064-2014PCM de fecha 12 de octubre de 2014, se declara en Estado de Emergencia las zonas cafetaleras de los departamentos de Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA Pasco, MORDAZA, San MORDAZA, Ucayali y MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias calendario, por incremento de intensidad de la incidencia y severidad de la enfermedad Hemileia vastatrix o Roya Amarilla; Que, el sustento tecnico que justifica la solicitud de Declaratoria del Estado de Emergencia para el Control de la "Roya Amarilla del Cafeto" o Hemileia vastatrix en el Peru, Informe-002-2014-MINAGRI-SENASA-DSVSMFPF-MYABAR de fecha 03 de octubre de 2014, y sustento integrante del Decreto Supremo Nº 064-2014PCM, contiene en el Anexo IV el Plan de Accion Rapida contra la "Roya Amarilla del Cafeto y otras plagas priorizadas" de Octubre-Diciembre 2014; Que, en el Decreto Supremo que declara en Estado de Emergencia las zonas cafetaleras dispone que, los Gobiernos Regionales de la zonas cafetaleras en los departamentos de Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA Pasco, MORDAZA, San MORDAZA, Ucayali y MORDAZA, y los Gobiernos Locales involucrados, segun corresponda, con la coordinacion del Instituto Nacional de Defensa Civil-INDECI, e intervencion del Ministerio de Agricultura y Riego, el Servicio de Sanidad Agraria ­ SENASA y demas instituciones y organismos, dentro de sus competencias, ejecutaran las acciones inmediatas y necesarias destinadas al control de la propagacion de la Roya Amarilla del Cafe y la atencion de la emergencia en las zonas afectadas; acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades

Designan Directora General de la Direccion General de Gestion del Conocimiento Forestal y de Fauna MORDAZA del SERFOR
RESOLUCION DE DIRECCION EJECUTIVA Nº 057-2014-SERFOR-DE MORDAZA, 13 de octubre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna MORDAZA se crea el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre-SERFOR, como organismo publico tecnico especializado con personeria juridica de derecho publico interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura, hoy Ministerio de Agricultura y Riego; Que, con Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI modificado por Decreto Supremo Nº 016-2014-MINAGRI, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones ROF del Servicio Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA, el cual establece que el SERFOR cuenta con una estructura organica compuesta, entre otros, por organos de administracion interna y organos de linea; Que, se encuentra vacante el cargo de Director General de la Direccion General de Gestion del Conocimiento Forestal y de Fauna MORDAZA del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre-SERFOR; por lo que resulta pertinente designar al servidor que desempenara dicho cargo, considerado de confianza; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, y el literal p del articulo 10 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2013MINAGRI y modificado por Decreto Supremo Nº 0162014-MINAGRI. SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, a partir de la fecha, a la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Directora General de la Direccion General de Gestion del Conocimiento Forestal y de Fauna MORDAZA del

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