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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (19/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 5

El Peruano Domingo 19 de octubre de 2014 535195 ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA Autorizan viaje de representante de PROINVERSIÓN a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 134-2014 Lima, 17 de octubre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28660 se determinó la naturaleza jurídica de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN como Organismo Público adscrito al sector Economía y Finanzas, con personería jurídica, autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera, constituyendo un pliego presupuestal; Que, mediante Informe Técnico Nº 29-2014-DSI del 13 de octubre de 2014, la Dirección de Servicios al Inversionista señala que PROINVERSIÓN ha recibido la invitación de BNamericas, organización orientada a promover los proyectos de infraestructura a nivel internacional, para participar en el “5th South America Infrastructure Summit”, a través de la ponencia sobre el programa de concesiones en el Perú, a realizarse del 22 al 23 de octubre de 2014, en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia; Que, el objetivo del viaje es participar en el mencionado evento, así como sostener reuniones bilaterales con importantes inversionistas interesados en las oportunidades para invertir en el Perú, en particular en los proyectos del sector de telecomunicaciones que tiene en cartera PROINVERSIÓN, actividad que se realizará con la colaboración de la Embajada del Perú en la República de Colombia; Que, PROINVERSIÓN se encontrará representada en los citados eventos por el señor Yaco Paul Rosas Romero, Director (e) de Promoción de Inversiones de esta institución; Que, el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, con cargo a recursos públicos, salvo aquellos que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los cuales se autorizan mediante Resolución del Titular de la Entidad, la misma que es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, la participación del citado funcionario de PROINVERSIÓN en los referidos eventos, se enmarca dentro de las acciones de promoción de la inversión privada consideradas de importancia para el Perú; en consecuencia resulta necesario autorizar el viaje en mención, en virtud de lo cual PROINVERSIÓN asumirá, con cargo a su presupuesto, los montos que ocasione la asistencia del referido funcionario a dichos eventos; De conformidad con lo dispuesto en la Directiva Nº 002-2014-PROINVERSIÓN y la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cado por los Decretos Supremos Nº 005-2006-PCM y N° 056-2013- PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Yaco Paul Rosas Romero, Director (e) de Promoción de Inversiones de esta institución, del 21 al 24 de octubre de 2014, a la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quien en el plazo de quince (15) días calendario contados a partir de su retorno al país, deberá presentar un Informe a la Dirección Ejecutiva de PROINVERSIÓN, en el cual se describirán las actividades desarrolladas en el viaje que por la presente resolución se aprueba. Artículo 2º.- Los gastos de pasajes y viáticos que irrogue la presente autorización de viaje, serán con cargo al presupuesto de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos : US$ 913.18 Viáticos : US$ 1,480.00 Artículo 3º.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO VILLEGAS DEL SOLAR Director Ejecutivo (a.i.) PROINVERSIÓN 1151756-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Aprueban publicación para comentarios del Proyecto de Resolución Tarifaria que establecerá la Tarifa Tope aplicable al Servicio de Llamadas desde Teléfonos Públicos de Telefónica del Perú S.A.A. a redes de Telefonía Móvil, de Comunicaciones Personales y Troncalizado RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 126-2014-CD/OSIPTEL Lima, 10 de octubre de 2014 EXPEDIENTE : N° 00001-2013-CD-GPRC/TT MATERIA : Tarifa Tope del Servicio de Llamadas desde Teléfonos Públicos de Telefónica del Perú S.A.A. a redes de Telefonía Móvil, de Comunicaciones Personales y Troncalizado / Proyecto VISTOS: (i) El Proyecto de Resolución presentado por la Gerencia General, que tiene por objeto disponer que se publique para comentarios el Proyecto de Resolución que establecerá la Tarifa Tope del Servicio de Llamadas desde Teléfonos Públicos de Telefónica del Perú S.A.A. a redes de Telefonía Móvil, de Comunicaciones Personales y Troncalizado; (ii) El Informe Nº 457-GPRC/2014 que sustenta el proyecto de resolución tarifaria al que se refi ere el numeral precedente y recomienda su publicación para comentarios; con la conformidad de la Gerencia de Asesoría Legal; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso 5 del Artículo 77° del Texto Único Ordenado de la Ley de