Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2014 (21/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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ORDENANZA QUE APRUEBA EL BENEFICIO EXTRAORDINARIO DE REGULARIZACION DE DEUDAS NO TRIBUTARIAS POR CONCEPTO DE MULTAS ADMINISTRATIVAS EN EL DISTRITO DE LA MORDAZA Articulo Primero.- OBJETO Establecer un Beneficio Extraordinario de Regularizacion de Deudas No Tributarias en el distrito de La MORDAZA a favor de los administrados que durante la vigencia de la presente Ordenanza, mantengan deudas pendientes de pago por concepto de Multas Administrativas; en los terminos que dispone la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- ALCANCES DEL BENEFICIO El presente beneficio implica la aplicacion de: a) Descuento del ochenta por ciento (80%) sobre el importe total de las Multas Administrativas pendientes de pago. b) Los Convenios de Fraccionamiento que se generen durante la vigencia de la presente ordenanza, no se le aplicara la tasa de interes del fraccionamiento. c) Condonacion del cien por ciento (100%) de los de intereses y reajustes de los fraccionamientos realizados anteriores a la vigencia de la presente ordenanza. d) Condonacion del cien por ciento (100%) de los gastos administrativos y costas procesales generadas en el procedimiento de Cobranza Coactiva. e) Descuento del ochenta por ciento (80%) para aquellos administrados que tengan pendiente de pago Multas Administrativas que hayan sido fraccionadas. El pago de las Multas Administrativas no implica la regularizacion o subsanacion de la infraccion, la cual debera efectuarse conforme a las normas legales vigentes, ni afecta el cumplimiento de las sanciones no pecuniarias dispuestas, quedando a salvo el derecho de la Administracion Municipal de aplicar una nueva sancion en caso de continuar o reincidir en la infraccion. Los alcances del beneficio de regularizacion detallados en el presente articulo no son acumulables con los descuentos establecidos en el articulo 26° de la Ordenanza N° 200. Articulo Tercero.- FORMAS DE PAGO El pago de la Multa Administrativa podra realizarse: A. Pago al contado. A1- Los administrados que realicen el pago bajo esta modalidad, gozaran del descuento del ochenta por ciento (80%) sobre el importe total de las Multas Administrativas, la condonacion del cien por ciento (100%) de toda actualizacion y gastos administrativos, asi como la condonacion del cien por ciento (100%) de las costas procesales generadas en el procedimiento de cobranza coactiva o en el fraccionamiento correspondiente. A2- Los administrados que tengan pendiente de pago Multas Administrativas, que hayan sido fraccionadas, podran acogerse al beneficio de descuento del ochenta por ciento (80%), el cual se aplicara sobre el saldo pendiente del monto insoluto de la Multa Administrativa, extinguiendose los intereses y reajustes propios del fraccionamiento realizado por dicho concepto; siempre y cuando procedan a cancelar el integro de la multa administrativa resultante del descuento aplicado. B. Pago Fraccionado. Los administrados que opten por esta modalidad, obtendran un descuento del sesenta por ciento (60%) de la Multa Administrativa pendiente de pago, siempre que el administrado pague una cuota inicial equivalente al veinte por ciento (20%) de la deuda resultante del descuento aplicado y se fraccione en un MORDAZA de seis cuotas. Articulo Cuarto.- DE LAS DEUDAS EN COBRANZA COACTIVA Condonese las costas procesales y/o gastos del procedimiento de ejecucion coactiva administrativa de

El Peruano Martes 21 de octubre de 2014

aquellos expedientes que a la entrada en vigencia de la presente ordenanza, contengan como unico componente de la deuda, dichos conceptos. Articulo Quinto.- DESISTIMIENTO Para acogerse a la presente Ordenanza, cuando la deuda se encuentre impugnada, el administrado debera previamente presentar MORDAZA del escrito de desistimiento presentado ante los organos competentes respectivos. El acogimiento al presente beneficio implica el reconocimiento de la falta administrativa y el desistimiento automatico de los recursos de reconsideracion y/o apelacion interpuestos que pudieran existir o alguna otra reclamacion que hubiera presentado el administrado ante la Municipalidad Distrital de La MORDAZA con relacion a la multa impuesta. Para aquellos casos que se encuentren con demanda en un MORDAZA contencioso administrativo, el deudor debera previamente presentar el desistimiento de su pretension ante el organo jurisdiccional competente, debiendo remitir una MORDAZA simple del cargo de su solicitud de desistimiento a la Procuraduria Publica de la Municipalidad Distrital de La Molina. De la misma forma, el pago constituye el reconocimiento expreso de la obligacion administrativa, por lo que no podran presentar impugnaciones futuras respecto de ella. Articulo Sexto.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano hasta el 30 de noviembre de 2014, disponiendose ademas su publicacion en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de La Molina: www.munimolina. gob.pe, en el MORDAZA del Estado Peruano: www.peru.gob. pe, y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y EmpresasPSCE: www.serviciosalciudadano.gob.pe. Articulo Septimo.- DE LOS PAGOS EFECTUADOS Los pagos efectuados por los administrados MORDAZA de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, por los conceptos que se mencionan en esta MORDAZA legal, tienen caracter de cancelatorios, por tanto, no podran ser reclamados, devueltos, ni ser objeto de compensacion. DISPOSICIONES FINALES Primero.- Los fraccionamientos otorgados al MORDAZA de la presente Ordenanza, seran regulados por el Reglamento de Pago Fraccionado de Deudas Tributarias y No Tributarias, aprobado con Decreto de Alcaldia Nº 015-2011, en lo que resulte aplicable. Segundo.- Deroguese la Ordenanza N° 258, y toda disposicion que se oponga a lo establecido en la presente Ordenanza. Tercero.- Facultese al MORDAZA, para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicacion de la presente Ordenanza, asi como para aprobar la prorroga de su vigencia. Cuarto.- Encarguese a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Economico, la Subgerencia de Fiscalizacion Administrativa, la Subgerencia de Recaudacion y Fiscalizacion Tributaria, al Ejecutor Coactivo Administrativo, asi como a la Gerencia de Tecnologias de Informacion, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, el cumplimiento y efectiva difusion de la presente Ordenanza, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Quinto.- Encarguese a la Secretaria General la publicacion del texto de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, y a la Gerencia de Tecnologias de la Informacion y Comunicacion, la publicacion en la pagina web de la Municipalidad Distrital de La Molina: www.munimolina.gob.pe, en el MORDAZA del Estado Peruano: www.peru.gob.pe, y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas-PSCE: www.serviciosalciudadano.gob.pe. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ZUREK MORDAZA 1152457-1

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