Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2014 (21/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano Martes 21 de octubre de 2014

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VISTOS los Oficios Nº 0173-2014-MDA/A, 213-2014MDA/A y 0214-2014-MDA/A, presentados el 25 de MORDAZA, 14 y 21 de agosto de 2014, por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Acora, provincia y departamento de MORDAZA, sobre la licencia, concedida al regidor MORDAZA MORDAZA Chana. CONSIDERANDOS 1. El literal c del numeral 4 del articulo 14 de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales, modificada por la Ley Nº 29470, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales los regidores que deseen postular al cargo de vicepresidente o consejero regional, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) dias naturales MORDAZA de la fecha de las elecciones, entendiendose que el plazo limite para presentar la solicitud de licencia para el MORDAZA electoral regional vigente es el 7 de junio de 2014. 2. El Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, mediante la Resolucion Nº 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, establece el procedimiento a seguir en el caso de que las autoridades y funcionarios soliciten licencia, sin goce de haber, con el proposito de participar como candidatos en las Elecciones Regionales 2014. 3. Con fecha 1 de junio de 2014 (fojas 06), MORDAZA MORDAZA Chana, regidor del Concejo Distrital de Acora, con motivo de su participacion en las Elecciones Regionales 2014, presento su solicitud de licencia, siendo concedida mediante el Acuerdo de Concejo Nº 044-2014-CM/MDAP., de fecha 21 de MORDAZA de 2014 (fojas 02 y 03), a partir del 21 de MORDAZA de 2014. Al respecto, se debe precisar, que la licencia concedida comprende el periodo entre el 5 de junio y el 5 de octubre de 2014, en concordancia con lo previsto en el primer parrafo, de la presente resolucion. 4. En el caso en concreto, el regidor MORDAZA MORDAZA Chana, presento su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el concejo municipal, por lo que en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolucion Nº 0140-2014-JNE, para completar el numero de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del articulo 24, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, corresponde convocar a MORDAZA MORDAZA Phatti MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 01303125, candidato no proclamado del movimiento regional Proyecto Politico Aqui, conforme a la informacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del ano 2010. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a MORDAZA MORDAZA Chana, regidor del Concejo Distrital de Acora, provincia y departamento de MORDAZA, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales de 2014, por el periodo de la licencia concedida. Articulo Segundo.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA Phatti MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 01303125, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Distrital Acora, provincia y departamento de MORDAZA, mientras dure la licencia concedida a MORDAZA MORDAZA Chana, otorgandosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1152882-5

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de regidores del Concejo Provincial de MORDAZA, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 2290-2014-JNE Expediente Nº J-2014-02261 MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, dos de setiembre de dos mil catorce. VISTOS los Oficios Nº 097-2014-OSG-MPC y Nº 1012014-OSG-MPC, presentados el 13 y 25 de agosto de 2014 por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, secretario general de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, departamento de MORDAZA, comunicando las licencias, sin goce de haber, que fueron concedidas a los regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Wilmer MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ascorbe. CONSIDERANDOS 1. El literal e del numeral 8.1 del articulo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes publicos, asi como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de MORDAZA de 2014, fecha de cierre de inscripcion de candidatos; la misma que gozara de eficacia a partir del 5 de setiembre de 2014, treinta (30) dias calendarios MORDAZA de la fecha de elecciones. 2. Esta disposicion tambien es de aplicacion para el caso de los regidores municipales, que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales del ano 2014, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones en la Resolucion Nº 0140-2014JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas funcionarios publicos por ser elegidos mediante MORDAZA popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el precedente considerando. 3. Con fechas 23 de junio, 2, 3 y 7 de MORDAZA de 2014 (fojas 24 a 30), MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Wilmer MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ascorbe, regidores del Concejo Provincial de MORDAZA, con motivo de su participacion en las Elecciones Municipales 2014, presentaron sus solicitudes de licencia, siendo estas concedidas mediante los Acuerdos de Concejo Nº 1582014-CMPC, Nº 159-2014-CMPC, Nº 160-2014-CMPC, Nº 161-2014-CMPC y Nº 162-2014-CMPC, todos de fecha 7 de agosto de 2014 (fojas 02 a 11), por el periodo comprendido entre el 5 de setiembre y el 4 de octubre de 2014, respectivamente. 4. En el presente caso se aprecia que los regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Wilmer MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ascorbe, presentaron sus solicitudes de licencia dentro del plazo previsto, siendo estas aprobadas por el concejo municipal, por lo que en cumplimiento de las disposiciones previstas en la Resolucion Nº 0140-2014JNE, para completar el numero de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del articulo 24, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, resulta procedente convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mosquera, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 18194063; a Luz MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 26641179; y a MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 26611008, candidatos no proclamados del partido politico Restauracion Nacional, asi como a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 26623285, candidato no proclamado del partido politico Partido Aprista Peruano; y a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 26618554, candidato no proclamado del movimiento regional Frente Independiente Regional, conforme a la informacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del ano 2010.

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