Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2014 (24/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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financieras a los medianos y pequenos productores rurales organizados, que orienten su actividad hacia mercados nacionales y/o internacionales dinamicos; Que, la Ley N° 28995, Ley que amplia la finalidad del Fondo de Garantia para el MORDAZA creado por Ley N° 28939, establece en su articulo unico, que dicho Fondo garantiza los creditos otorgados por instituciones financieras a los medianos y pequenos productores rurales organizados, que orienten su actividad hacia mercados nacionales y/o internacionales dinamicos, asi como financia mecanismos de aseguramiento agropecuario, ofrecidos a traves del Sistema de Seguros, destinados a reducir la exposicion de los productores agropecuarios, tales como comunidades campesinas, nativas, pequenos y medianos agricultores, a riesgos climaticos y presencia de plagas, que afecten negativamente su produccion o rentabilidad; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2014MINAGRI, entre otros, se aprobo el MORDAZA Reglamento Operativo del Fideicomiso para el Seguro Agropecuario, en adelante el Reglamento; el cual en el articulo 11 preve que para cada MORDAZA MORDAZA o pecuaria, se aprobaran mediante Resolucion Ministerial del Ministerio de Agricultura y Riego, con opinion favorable del Consejo Directivo del Fondo: a) Los tipos de bienes o produccion elegible para ser cubierta por el Seguro Agropecuario; b) Los tipos de Seguros Agropecuarios que se financiaran; c) Las zonas o territorios geograficos de cobertura; d) Los criterios de la poblacion objetivo; e) Los porcentajes de financiamiento que se aplicaran con relacion al importe de la prima; y, f) Las bases y criterios para la seleccion y contratacion de las Companias de Seguros que otorgaran la cobertura del Seguro Agropecuario a que se refiere el Capitulo III del Titulo V del Reglamento; senala la citada MORDAZA que tambien podran aprobarse los terminos y condiciones que deberan contener las polizas del Seguro Agropecuario; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 05272014-MINAGRI de fecha 12 de setiembre de 2014, se aprobaron diversas disposiciones referidas al Seguro Agropecuario, entre ellas la Directiva N° 002-2014-CD/ FOGASA denominada "Procedimiento para la operatividad del Fondo de Garantia para el MORDAZA y del Seguro Agropecuario, en el otorgamiento de financiamiento y cofinanciamiento del Seguro MORDAZA Catastrofico, para la MORDAZA 2014-2015"; Que, en el Informe Tecnico Legal Nº 001-2014DGESEP/LTM/RGR/BSV, se senala que el Comite de Gestion del Fideicomiso que tuvo a cargo el MORDAZA de seleccion de la Compania de Seguros para contratacion del Seguro MORDAZA Catastrofico para la MORDAZA 2014-2015 informo al Consejo Directivo del FOGASA la declaratoria de desierto del MORDAZA de Seleccion de las Companias de Seguros que otorgarian la cobertura del Seguro MORDAZA Catastrofico, al no haber superado ningun postor el puntaje minimo en la evaluacion de los criterios de seleccion; recomendando que las disposiciones sobre el Seguro Agropecuario aprobadas con Resolucion Ministerial N° 0527-2014-MINAGRI, MORDAZA perfeccionadas MORDAZA de convocar un MORDAZA MORDAZA de seleccion; Que, mediante el Oficio de Vistos, la Direccion General de Seguimiento y Evaluacion de Politicas, propone la aprobacion de nuevas disposiciones referidas al Seguro Agropecuario, en reemplazo de las que fueron aprobadas a traves de la acotada Directiva; Que, con el proposito de establecer nuevas disposiciones referidas al Seguro Agropecuario, a fin de lograr una gestion mas eficiente en la operatividad del Fondo de Garantia para el MORDAZA y del Seguro Agropecuario en el otorgamiento de financiamiento y cofinanciamiento del Seguro MORDAZA Catastrofica para la MORDAZA 2014-2015, resulta necesario adoptar nuevas medidas que permitan lograr la seleccion del postor que brinde la cobertura del Seguro MORDAZA Catastrofico; Que, asimismo, resulta necesario designar al representante del Ministro de Agricultura y Riego, ante el Comite de Gestion del Fideicomiso, creado por el numeral 2.4 del articulo 2 del Reglamento, quien lo presidira; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 997, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048; su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI; y el Reglamento Operativo del Fideicomiso para el Seguro

El Peruano Viernes 24 de octubre de 2014

Agropecuario aprobado por Decreto Supremo Nº 0022014-MINAGRI; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Derogar la Resolucion Ministerial Nº 0527-2014-MINAGRI, que aprueba diversas disposiciones referidas al Seguro Agropecuario. Articulo 2º.- Aprobar la Directiva Nº 003-2014-CD/ FOGASA denominada "Procedimiento Complementario para la Operatividad del Fondo en el Otorgamiento de Financiamiento y Cofinanciamiento del Seguro MORDAZA Catastrofico". Articulo 3º.- Aprobar los siguientes Criterios de Elegibilidad del Seguro Agropecuario: 1. MORDAZA de Seguro a financiar: Seguro MORDAZA Catastrofico. 2. La modalidad de financiamiento de primas del Seguro MORDAZA Catastrofico: Financiamiento Total y Cofinanciamiento, reguladas por el Capitulo III y Capitulo II, respectivamente, del Reglamento Operativo del Fideicomiso para el Seguro Agropecuario aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2014-MINAGRI. 3. Los tipos de bienes o produccion elegible para ser cubierta por el Seguro MORDAZA Catastrofico para la MORDAZA 2014-2015 segun la modalidad de financiamiento es el siguiente: a) Financiamiento Total: Cultivos Basicos, Hortalizas, Pastos y Forrajes, de acuerdo a la siguiente clasificacion: CLASIFICACION CULTIVOS Arveja Grano Seco Cafe Cebada Grano Frijol Grano Seco Haba Grano Seco Maiz Amilaceo Quinua Trigo Arveja Grano MORDAZA Papa MORDAZA Forrajera Cebada Forrajera

Cultivos Basicos

Hortalizas Pastos y Forrajes b) Cofinanciamiento:

Cultivos Basicos y Frutales, de acuerdo a la siguiente clasificacion: CLASIFICACION Cultivos Basicos Frutales CULTIVOS Algodon Mango Platano

4. El Seguro MORDAZA Catastrofico otorgado bajo la modalidad de financiamiento total esta dirigido a los agricultores de menores recursos, ubicados en los departamentos de mayor pobreza en el MORDAZA, para lo cual se ha tomado como referencia el Informe Tecnico de fecha MORDAZA 2014 elaborada por INEI denominada "Evolucion de la Pobreza Monetaria 2009-2013". El Seguro MORDAZA Catastrofico otorgado bajo la modalidad de cofinanciamiento esta dirigido a los agricultores de los departamentos que serian mayormente afectados ante la ocurrencia del Fenomeno El MORDAZA (CENEPRED y GIZ). 5. Las zonas o territorios geograficos a ser cubiertos por el Seguro MORDAZA Catastrofico segun la modalidad de financiamiento es el siguiente: a) Financiamiento Total: Zonas o territorios geograficos que se encuentran ubicados en los departamentos de

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