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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (24/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 16

El Peruano Viernes 24 de octubre de 2014 535762 LUIS ANTONIO NICHO DÍAZ CONCEPTO MONTO US$ Viáticos por 4 días = US$ 370.00 (x día) US$ 1 480.00 TOTAL US$ 1 480.00 JULIO RAÚL SANTOYO TELLO CONCEPTO MONTO US$ Viáticos por 4 días = US$ 370.00 (x día) US$ 1 480.00 TOTAL US$ 1 480.00 ROBERTO EDMUNDO WONG SÁNCHEZ CONCEPTO MONTO US$ Viáticos por 4 días = US$ 370.00 (x día) US$ 1 480.00 TOTAL US$ 1 480.00 ROSE-MARIE MICHELOT RAMOS CONCEPTO MONTO US$ Viáticos por 4 días = US$ 370.00 (x día) US$ 1 480.00 TOTAL US$ 1 480.00 DICKY EDWIN QUINTANILLA ACOSTA CONCEPTO MONTO US$ Viáticos por 2 días = US$ 370.00 (x día) US$ 740.00 TOTAL US$ 740.00 MIGUEL PALOMINO DE LA GALA CONCEPTO MONTO US$ Viáticos por 2 días = US$ 370.00 (x día) US$ 740.00 TOTAL US$ 740.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje los funcionarios deberán presentar ante el Titular del Sector un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje realizado. Artículo 4.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELEODORO MAYORGA ALBA Ministro de Energía y Minas 1154471-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Acceden a solicitudes de extradición activa de ciudadanos peruano y colombiano RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 184-2014-JUS Lima, 23 de octubre de 2014 VISTO; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 126-2014/ COE-TC, del 05 de setiembre de 2014, sobre la solicitud de extradición activa al Reino de España del ciudadano peruano JUAN CARLOS CASTILLO PLASENCIA, formulada por el Octavo Juzgado Penal Unipersonal de Trujillo de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas; Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Consultiva de fecha 17 de junio de 2014, declaró procedente la solicitud de extradición activa al Reino de España del ciudadano peruano JUAN CARLOS CASTILLO PLASENCIA, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Familia - Omisión a la Asistencia Familiar - en la modalidad de Incumplimiento de obligación alimentaria, en agravio de sus dos menores hijos (Exp. Nº 86-2014); Que, el literal “a” del artículo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente mediante el Informe Nº 126-2014/COE-TC, del 05 de setiembre de 2014, en el sentido de acceder a la solicitud de extradición; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Ofi cial; De conformidad con el Tratado de Extradición entre la República del Perú y el Reino de España, suscrito en la ciudad de Madrid el 28 de junio de 1989; y su Enmienda, ratifi cada por Decreto Supremo Nº 70-2011-RE del 02 de junio de 2011, vigente desde el 09 de julio de 2011, que eleva de 60 días a 80 días el plazo para presentar el cuaderno de extradición; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano JUAN CARLOS CASTILLO PLASENCIA, formulada por el Octavo Juzgado Penal Unipersonal de Trujillo de la Corte Superior de Justicia de La Libertad y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Familia - Omisión a la Asistencia Familiar - en la modalidad de Incumplimiento de obligación alimentaria, en agravio de sus dos menores hijos y disponer su presentación por vía diplomática al Reino de España, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1154717-2 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 185-2014-JUS Lima, 23 de octubre de 2014