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El Peruano Viernes 24 de octubre de 2014 535766 Delegan determinadas facultades al Superintendente Nacional de los Registros Públicos durante el Año Fiscal 2014 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0220-2014-JUS Lima, 22 de octubre de 2014 VISTOS, el Ofi cio Nº 130-2014-SUNARP/OGAJ- SN, de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; el Informe Nº 972-2014-SUNARP/OGAJ, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; el Informe Nº 0112- 2014-MINJUS(OPI-JUSTICIA), de la Responsable de la Ofi cina de Programación e Inversiones de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Ofi cio Nº 2386-2014-JUS/OGPP-OPI, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 762-2014- JUS/OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, el Despacho Ministerial está a cargo del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, quien es la más alta autoridad política y ejecutiva del Sector Justicia y Derechos Humanos y es el Titular del Pliego Presupuestal; Que, el artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2013-JUS, dispone que el Superintendente Nacional de la SUNARP es el Titular de la entidad y el funcionario de mayor nivel jerárquico; Que, mediante Ley Nº 30114 se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 y con Resolución de Superintendencia Nacional de los Registros Públicos Nº 357-2013-SUNARP/SN, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2014 del Pliego 067 Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; Que, el numeral 7.1 del artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, dispone que el Titular de la Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva, responsable en materia presupuestaria; asimismo, faculta a dicha Autoridad a delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo disponga expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo responsable con el delegado; Que, el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, dispone que el Ministro o la máxima autoridad ejecutiva en cada Sector, constituye el Órgano Resolutivo y en concordancia con la normatividad presupuestal vigente, le corresponde autorizar la Fase de Inversión y es el principal responsable por el cumplimiento de la referida Ley, su Reglamento y las normas que a su amparo se expidan; Que, el numeral 6.1 del artículo 6º del Reglamento del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 102-2007-EF, dispone que el Órgano Resolutivo del Sector es el Titular de la Entidad o la máxima autoridad ejecutiva de cada Sector; Que, el numeral 7.6 del artículo 7º de la Directiva Nº 001-2011-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 003-2011-EF-68.01, dispone que son funciones y responsabilidades del Órgano Resolutivo, entre otras, la autorización de elaboración de expedientes técnicos o estudios defi nitivos, así como la ejecución de los Proyectos de Inversión Pública - PIP declarados viables, pudiendo realizar ambas autorizaciones en un solo acto, señalando además que los proyectos viables aprobados en su Presupuesto Institucional de Apertura se consideran ya autorizados y por lo tanto no requieren una autorización expresa, salvo para aquellos PIP que implican modifi cación presupuestaria, agregando la norma acotada que esta función puede ser objeto de delegación; Que, es conveniente delegar en el Superintendente Nacional de los Registros Públicos, la facultad de autorizar la elaboración de expedientes técnicos o estudios defi nitivos, así como la ejecución de los Proyectos de Inversión Pública declarados viables no aprobados en el Presupuesto Institucional de Apertura de la SUNARP, pudiendo realizar ambas autorizaciones en un solo acto, y; Estando a lo informado mediante los documentos de vistos y contando con el visado de las Ofi cinas Generales de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS y la Directiva Nº 001-2011-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 003-2011-EF-68.01; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegación de facultades Delegar en el Superintendente Nacional de los Registros Públicos, de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, durante el Año Fiscal 2014, las siguientes facultades: a) Autorizar la elaboración de expedientes técnicos o estudios defi nitivos de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos. b) Autorizar la ejecución de los Proyectos de Inversión Pública declarados viables no aprobados en el Presupuesto Institucional de Apertura de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos. Artículo 2º.- Obligación de dar cuenta El Superintendente Nacional de los Registros Públicos deberá informar al Despacho Ministerial cada treinta (30) días calendario, acerca de las gestiones y resultados a que se refi ere el ejercicio de la delegación indicada en el artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- Notifi cación Notifi car la presente Resolución Ministerial a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, para los fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1154212-1 PRODUCE Autorizan viaje de Presidenta de la Comisión encargada del proceso de transferencia de funciones de la Dirección General del Servicio Nacional de Sanidad Pesquera del ITP al Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), al Reino de España y Reino de Bélgica, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 015-2014-PRODUCE Lima, 23 de octubre de 2014 VISTO: El documento de fecha 09 de septiembre de 2014 remitido por la Junta de Galicia de la Comunidad Autónoma de Galicia del Reino de España;