Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2014 (26/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA 26 de octubre de 2014

535965
FIN VIATICOS (US$) SOLICITANTE PERUVIAN AIR LINE S.A. INSPECTOR MORDAZA MORDAZA DETALLE RECIBOS DE ACOTACION Nºs 16322-16323-1632416325

ORDEN DE INSPECCION Nº

INICIO

740-2014-MTC/12.07 27-Oct 30-Oct US$ 800.00

MORDAZA La Paz Estado Inspeccion Tecnica e Inspeccion MORDAZA, MORDAZA Plurinacional Fisica y documentaria, por el MORDAZA MORDAZA de Bolivia de certificacion de Estacion de Linea y Certificacion de Organizacion de Mantenimiento Extranjero - OMAE (Mantenimiento y Operaciones) Inspeccion Tecnica e Inspeccion Fisica y documentaria, por MORDAZA de certificacion de Organizacion de Mantenimiento Extranjero - OMAE (Seguridad de la Aviacion).

741-2014-MTC/12.07 27-Oct 30-Oct US$ 800.00

SERVICIOS MORDAZA La Paz Estado AERONAUTICOS MORDAZA, Plurinacional de Bolivia ESPECIALIZADOS MORDAZA MORDAZA S.R.L.

16319-16320-16321

1155254-1

Reclasifican temporalmente la jerarquia de sector de la Ruta Nacional PE - 12 B como Ruta Departamental o Regional
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 728-2014 MTC/02 MORDAZA, 23 de octubre de 2014 VISTOS: El Oficio Nº 0518-2014-GRLL/PRE del Gobierno Regional La MORDAZA, el Memorandum Nº 2454-2014-MTC/20 de la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, el Informe Nº 447-2014-MTC/14.07 de la Direccion de Caminos, y, el Memorandum Nº 2534-2014-MTC/14 de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles; CONSIDERANDO: Que, a traves del Oficio Nº 0518-2014-GRLL/PRE, de fecha 10 de octubre de 2014, el Gobierno Regional La MORDAZA, solicito la reclasificacion temporal de la Ruta Nacional Nº PE-12 B, de Trayectoria: Emp. PE-12 A (Pariash) - Huayllabamba - Quiches - Pte. MORDAZA Cristo - Urpay Emp. PE-10 C (Tayabamba), entre las progresivas: km. 106+522 al km. 107+477, como Ruta Departamental o Regional, a fin de realizar las intervenciones referidas a la obra "Construccion del MORDAZA MORDAZA Raimondi y accesos", via convenio con el Proyecto Especial de Infraestructura de Transportes Descentralizado - PROVIAS DESCENTRALIZADO; el mismo que cuenta con las previsiones economicas correspondientes, y que constituye una necesidad prioritaria e ineludible para el desarrollo de la citada region; Que, de acuerdo al Clasificador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2013-MTC, el tramo cuya reclasificacion se requiere, forma parte de la Red Vial Nacional de codigo PE-12 B de Trayectoria: Emp. PE-12 A (Pariash) - Huayllabamba - Quiches - Pte. MORDAZA Cristo - Urpay Emp. PE-10 C (Tayabamba); Que, mediante Memorandum Nº 2454 -2014MTC/20, de fecha 17 de octubre de 2014, el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional PROVIAS NACIONAL, alcanza el Informe Nº 057-2014MTC/20.11, emitido por la Unidad Gerencial de Puentes e Intervenciones Especiales, en el cual indica que no ha programado realizar ninguna intervencion en el tramo comprendido entre el km. 106+522 - km. 107+477 de la ruta nacional PE-12 B; por lo que no tendria inconveniente alguno a su reclasificacion como ruta departamental; Que, la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles mediante Memorandum Nº 2534-2014-MTC/14 de fecha 17 de octubre de 2014, concuerda con el Informe Nº 447-2014-MTC/14.07, de la Direccion de Caminos, en el cual se considera procedente la reclasificacion temporal de la Ruta Nacional PE-12 B Sector: km. 106+522 km. 107+477, como Ruta Departamental o Regional, asignandole el codigo temporal Nº LI-132; Que, segun lo dispuesto en los numerales 6.1 y 6.2 del articulo 6º del Reglamento de Jerarquizacion Vial, aprobado por Decreto Supremo No. 017-2007-MTC, y sus modificatorias, en adelante el Reglamento, el Gobierno Nacional, como ente normativo, es la autoridad competente para la jerarquizacion del Sistema Nacional de Carreteras; asimismo, las autoridades competentes para la aplicacion del Reglamento, de conformidad con los niveles de Gobierno que corresponden a la organizacion del Estado,

son el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por el Gobierno Nacional, a cargo de la Red Vial Nacional; los Gobiernos Regionales, a cargo de su respectiva Red Vial Departamental o Regional; y, los Gobiernos Locales, a cargo de su respectiva Red Vial Vecinal o Rural; Que, de conformidad con lo senalado en el numeral 10.2 del articulo 10º del Reglamento, las autoridades competentes establecidas en el articulo 6º del Reglamento podran proponer de comun acuerdo la reclasificacion de las carreteras de cualquiera de las Redes Viales del Sistema Nacional de Carreteras (SINAC), ubicadas en el ambito de su jurisdiccion, con el correspondiente sustento tecnico y en concordancia con los criterios del articulo 8º del mismo, la cual sera aprobada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones mediante Resolucion Ministerial e incorporada al Clasificador de Rutas y al Registro Nacional de Carreteras (RENAC); Que, el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 012-2013MTC, que aprueba la actualizacion del Clasificador de Rutas del SINAC y las disposiciones sobre dicho Clasificador, senala que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones podra disponer, a peticion de las autoridades competentes previstas en el articulo 6º del Reglamento, la reclasificacion temporal de una via, mediante Resolucion Ministerial; la reclasificacion temporal tendra vigencia hasta la conclusion de los proyectos viales que ejecuten las autoridades competentes; asimismo, para tramitar dicha reclasificacion, la autoridad solicitante debera acreditar ante el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que cuenta con los recursos presupuestales correspondientes; Que, en consecuencia, estando a lo solicitado por el Gobierno Regional La MORDAZA y a lo opinado por PROVIAS NACIONAL, la Direccion de Caminos y la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, resulta procedente reclasificar temporalmente la Ruta Nacional PE-12 B, Sector: km. 106+522 - km 107+477, donde se ubicara el MORDAZA Raymondi, como Ruta Departamental o Regional, asignandole el codigo temporal Nº LI-132. Asimismo, es preciso senalar que la reclasificacion tendra vigencia hasta la conclusion de los proyectos viales que ejecute la autoridad competente; De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Supremos Nº 017-2007-MTC, 006-2009-MTC, 021-2007MTC y 012-2013-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Reclasificar Temporalmente la Jerarquia de la Ruta Nacional PE-12 B en el Sector: km. 106+522 - km. 107+477, como Ruta Departamental o Regional, asignandole el codigo temporal Nº LI-132, la misma que adoptara la siguiente trayectoria: Ruta Nº LI-132 Sector: km. 106+522 - km. 107+477. Articulo 2º.- El Gobierno Regional La MORDAZA, informara a la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles sobre la culminacion de los proyectos viales correspondientes para dar por concluida la reclasificacion temporal senalada en el articulo precedente. Articulo 3º.- Las autorizaciones de uso del derecho de via solo podran ser otorgadas por las autoridades titulares de las vias, sobre la cual tienen competencia permanente y no por autoridades que solo cuentan con una facultad temporal y limitada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1155312-1

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