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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (26/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 34

El Peruano Domingo 26 de octubre de 2014 535976 Distrital de Manantay, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, por el periodo de la licencia concedida. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Abraham Shuña Torres, identifi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 00058938, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Distrital de Manantay, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, mientras dure la licencia de Marcelo Rengifo Alván, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1154930-11 Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de Nasca, departamento de Ica RESOLUCIÓN Nº 2571-2014-JNE Expediente Nº J-2014-02791 NASCA - ICA Lima, diez de setiembre de dos mil catorce. VISTO el Ofi cio Nº 398-2014-AMPN, presentado el 9 de setiembre de 2014 por Eusebio Alfonso Canales Velarde, alcalde de la Municipalidad Provincial de Nasca, departamento de Ica, el cual comunica la licencia concedida al regidor Miguel Ángel Marca Marcatinco. CONSIDERANDOS 1. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de julio de 2014, fecha de cierre de inscripción de candidatos. La licencia gozará de efi cacia a partir del 5 de setiembre de 2014, treinta días naturales antes de la fecha de elecciones. 2. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las elecciones municipales de 2014, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en la Resolución Nº 0140-2014- JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas funcionarios públicos por ser elegidos mediante voto popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 3. Con fecha 2 de julio de 2014 (fojas 02), el regidor Miguel Ángel Marca Marcatinco, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2014, presentó su solicitud de licencia, la cual fue concedida mediante el Acuerdo de Concejo Nº 024-2014-MPN, de fecha 4 de agosto de 2014 (fojas 02), por el periodo comprendido entre el 5 de setiembre y el 5 de octubre de 2014. 4. Teniendo en consideración que el regidor Miguel Ángel Marca Marcatinco presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, la cual fue aprobada por el concejo municipal, y en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0140-2014-JNE, procede convocar a Luz Marina Bendezú Sologorre, identifi cada con Documento Nacional de Identidad Nº 22076485, candidata no proclamada del movimiento regional Partido Regional de Integración, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Ica, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2010. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Miguel Ángel Marca Marcatinco, regidor del Concejo Provincial de Nasca, departamento de Ica, por el periodo de la licencia concedida. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Luz Marina Bendezú Sologorre, identifi cada con Documento Nacional de Identidad Nº 22076485, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Provincial de Nasca, departamento de Ica, mientras dure la licencia de Miguel Ángel Marca Marcatinco, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1154930-12 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a Mibanco, Banco de la Microempresa S.A., el cierre de agencias ubicadas en el departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 6842-2014 Lima, 16 de octubre de 2014 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA (a.i.) VISTA: La solicitud presentada por Mibanco, Banco de la Microempresa S.A., para que esta Superintendencia autorice el cierre de dos (02) agencias, según se indica en la parte resolutiva, y; CONSIDERANDO: Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “C”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 6285- 2013; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y el Memorando Nº 850- 2014-SABM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a Mibanco, Banco de la Microempresa S.A., el cierre de dos (02) agencias ubicadas según se detalla a continuación: