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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (26/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 33

El Peruano Domingo 26 de octubre de 2014 535975 Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de San Luis, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN Nº 2569-2014-JNE Expediente Nº J-2014-02733 SAN LUIS - LIMA - LIMA Lima, diez de setiembre de dos mil catorce. VISTO el Ofi cio Nº 169-2014-SG-MDSL, presentado el 5 de setiembre de 2014 por Antonio Torres Torres, secretario general de la Municipalidad Distrital de San Luis, provincia y departamento de Lima, el cual comunica la licencia concedida al regidor Manuel Honorato Rojas Mendoza. CONSIDERANDOS 1. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de julio de 2014, fecha de cierre de inscripción de candidatos. La licencia gozará de eficacia a partir del 5 de setiembre de 2014, treinta días naturales antes de la fecha de elecciones. 2. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las elecciones municipales de 2014, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en la Resolución Nº 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas funcionarios públicos por ser elegidos mediante voto popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 3. Con fechas 23 de mayo y 3 de junio de 2014 (fojas 02), el regidor Manuel Honorato Rojas Mendoza, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2014, presentó su solicitud de licencia, la cual fue concedida mediante el Acuerdo de Concejo Nº 018-2014- MDSL, de fecha 31 de julio de 2014 (fojas 02 y 03), por el periodo comprendido entre el 5 de setiembre y el 4 de octubre de 2014. 4. Teniendo en consideración que el regidor Manuel Honorato Rojas Mendoza presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, la cual fue aprobada por el concejo municipal, y en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0140- 2014-JNE, procede convocar a Edmundo Federico Fhon Pereda, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 08419484, candidato no proclamado del partido político Cambio Radical, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Lima Este, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2010. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Manuel Honorato Rojas Mendoza, regidor del Concejo Distrital de San Luis, provincia y departamento de Lima, por el periodo de la licencia concedida. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Edmundo Federico Fhon Pereda, identifi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 08419484, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Distrital de San Luis, provincia y departamento de Lima, mientras dure la licencia de Manuel Honorato Rojas Mendoza, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1154930-10 Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Manantay, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali RESOLUCIÓN Nº 2570-2014-JNE Expediente Nº J-2014-02800 MANANTAY – CORONEL PORTILLO - UCAYALI Lima, diez de setiembre de dos mil catorce. VISTO el Ofi cio Nº 0104-2014-MDM-ALC, presentado el 5 de setiembre de 2014 por Guillermo Cornelio Chino Mori, alcalde de la Municipalidad Distrital de Manantay, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, el cual comunica la licencia que fue concedida al regidor Marcelo Rengifo Alván. CONSIDERANDOS 1. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de julio de 2014, fecha de cierre de inscripción de candidatos. La licencia gozará de efi cacia a partir del 5 de setiembre de 2014, treinta días naturales antes de la fecha de elecciones. 2. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las elecciones municipales de 2014, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en la Resolución Nº 0140-2014- JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas funcionarios públicos por ser elegidos mediante voto popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 3. Con fecha 4 de jujio de 2014 (fojas 05), el regidor Marcelo Rengifo Alván, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2014, presentó su solicitud de licencia, la cual fue concedida mediante el Acuerdo de Concejo Nº 022-2014-SO-MDM, de fecha 1 de agosto de 2014 (fojas 03 y 04), por el periodo comprendido entre el 5 de setiembre y el 5 de octubre de 2014. 4. Teniendo en consideración que el regidor Marcelo Rengifo Alván presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, la cual fue aprobada por el concejo municipal, y en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0140-2014-JNE, corresponde convocar a Abraham Shuña Torres, identifi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 00058938, candidato no proclamado del movimiento regional Integración Ucayali, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Coronel Portillo, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2010. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Marcelo Rengifo Alván, regidor del Concejo