Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2014 (03/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano Miercoles 3 de setiembre de 2014

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Que, la Direccion de Derecho de Vigencia, informa que el monto total a distribuir correspondiente al mes de MORDAZA del 2014, es de US$ 11,616,074.32 (Once Millones Seiscientos Dieciseis Mil Setenta y Cuatro y 32/100 Dolares Americanos) y S/. 452,544.11 (Cuatrocientos Cincuenta y Dos Mil Quinientos Cuarenta y Cuatro y 11/100 Nuevos Soles), efectuandose a este compensaciones por un monto ascendente a US$ 11,321.44 (Once Mil Trescientos Veintiuno y 44/100 Dolares Americanos); resultando un importe neto a distribuir de US$ 11,604,752.88 (Once Millones Seiscientos Cuatro Mil Setecientos Cincuenta y Dos y 88/100 Dolares Americanos) y S/. 452,544.11 (Cuatrocientos Cincuenta y Dos Mil Quinientos Cuarenta y Cuatro y 11/100 Nuevos Soles); Que, en atencion a las consideraciones precedentes, y a lo dispuesto en el articulo 92º del Decreto Supremo Nº 03-94-EM, procede autorizar la distribucion de lo recaudado por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de MORDAZA del 2014, a las Municipalidades Distritales, Gobiernos Regionales e Instituciones del Sector Energia y Minas; De conformidad con el articulo 3º inciso 24) del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Geologico, Minero y Metalurgico ­ INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2007-EM; Con los visados de la Oficina de Asesoria Juridica y la Direccion de Derecho de Vigencia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Asignar los montos recaudados por concepto de pago del Derecho de Vigencia y Penalidad de derechos mineros formulados durante la vigencia del Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; asi como, los montos recaudados por Derecho de Vigencia de los pagos efectuados en el mes de MORDAZA del ano 2014 por la formulacion de petitorios, al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 708, de la siguiente manera:
Entidades DISTRITOS INGEMMET MINEM GOBIERNOS REGIONALES TOTAL Total a Distribuir US$ S/. Deducciones US$ S/. Neto a Distribuir US$ S/.

la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo ­ PROMPERU, en cuyos articulos 36° y 37° se describen las competencias y funciones de la Oficina de Tecnologias de la Informacion de PROMPERU; Que, es conveniente designar a la persona que desempenara el cargo de Jefe de dicho organo de apoyo; De conformidad con lo dispuesto en la Septuagesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30114 ­ Ley de Presupuesto para el Ano Fiscal 2014, el inciso n) del articulo 10° de la Ley N° 30075 - Ley de Fortalecimiento de la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo ­ PROMPERU, el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo ­ PROMPERU, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2013-MINCETUR, y la Resolucion Ministerial 004-2014-MINCETUR; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Huanay en el cargo de Jefe de la Oficina de Tecnologias de la Informacion de PROMPERU, cuyas competencias y funciones estan previstas en los articulos 36° y 37° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo ­ PROMPERU, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2013-MINCETUR. Registrese y comuniquese. ARACELLY LACA MORDAZA Secretaria General (e) 1132251-1

INSTITUTO GEOLOGICO MINERO Y METALURGICO
Asignan montos recaudados por concepto de pago del Derecho de Vigencia y Penalidad de derechos mineros vigentes y por Derecho de Vigencia de pagos efectuados en el mes de MORDAZA del ano 2014 por la formulacion de petitorios
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 101-2014-INGEMMET/PCD MORDAZA, 25 de agosto de 2014 Visto; el Informe Nº 020-2014-INGEMMET/DDV/D de la Direccion de Derecho de Vigencia de fecha 21 de Agosto del 2014, respecto a la distribucion de los ingresos registrados por Derecho de Vigencia y Penalidad de derechos mineros vigentes formulados al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; asi como, los montos recaudados por Derecho de Vigencia de los pagos efectuados en el mes de MORDAZA del ano 2014 por la formulacion de petitorios, conforme el referido Decreto Legislativo; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29169, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 20 de Diciembre del 2007, se modifico el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92EM, precisando los porcentajes para la distribucion de los montos recaudados por los pagos efectuados por concepto de Derecho de Vigencia y Penalidad entre las Municipalidades Distritales, Gobiernos Regionales e Instituciones del Sector Energia y Minas; Que, el articulo 3º de la citada MORDAZA dispone que los Gobiernos Regionales recibiran los porcentajes de los ingresos que correspondan a los pagos efectuados por los Pequenos Productores Mineros y los Productores Mineros Artesanales; a partir de los pagos realizados desde el siguiente mes de su publicacion, esto es a partir de los pagos realizados en el mes de enero de 2008;

8,712,055.75 339,408.08 -9,703.71 2,285,607.61 90,508.82 -1,084.19 571,401.90 22,627.21 47,009.06 0.00 -271.04 -262.50

0.00 8,702,352.04 339,408.08 0.00 2,284,523.42 90,508.82 0.00 0.00 571,130.86 22,627.21 46,746.56 0.00

11,616,074.32 452,544.11 -11,321.44

0.00 11,604,752.88 452,544.11

(*) Ver Anexos Nº 1 y Nº 2

Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion a la Oficina de Administracion del INGEMMET, para que ejecute las acciones pertinentes a fin de proceder con las transferencias a las Municipalidades Distritales, Gobiernos Regionales e Instituciones del Sector Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA G. MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo Directivo INGEMMET
ANEXO Nº 1 GOBIERNOS LOCALES DISTRITALES: DERECHO DE VIGENCIA Y PENALIDAD De conformidad con el articulo 92º del Reglamento de los Titulos pertinentes del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 0394-EM y lo senalado en el literal "a" del Art. 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, modificado por la Ley Nº 29169, se determina que la distribucion de lo recaudado por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de MORDAZA del 2014, a las Municipalidades Distritales es el siguiente: DPTO. / PROV. / DISTRITO AMAZONAS/BAGUA BAGUA IMAZA 0.00 0.00 525.00 695.29 S/. US$

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