Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2014 (03/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano Miercoles 3 de setiembre de 2014

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SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la senora Daissy MORDAZA Woolcott MORDAZA del 27 al 31 de octubre de 2014, para participar en la "7º Asamblea de la Red Interamericana de Laboratorios de Analisis de Alimentos ­ 7AS", a realizarse en la MORDAZA de Cuernavaca - Mexico del 28 al 31 de octubre de 2014, dada la importancia para el interes institucional que este evento involucra; Articulo 2º.- El monto a ser cubierto por la Entidad asciende a S/. 8,826.30 (Ocho Mil Ochocientos Veintiseis con 30/100 Nuevos Soles), conforme el siguiente detalle: Pasajes aereos S/. 2,664.10 Viaticos (5 dias) S/. 6,162.20 Articulo 3º.- La autorizacion de viaje no genera derecho a exoneracion tributaria o liberacion de pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 4º.- Se encarga a la Oficina General de Administracion disponga el pago de la remuneracion de la referida servidora por el periodo de duracion de la comision de servicios. Articulo 5º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje autorizado, la senora Daissy MORDAZA Woolcott MORDAZA debera presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la respectiva rendicion de cuentas. Asimismo, debera desarrollar un taller de capacitacion para transmitir los conocimientos adquiridos. Articulo 6º.- La presente Resolucion debera publicarse en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KRADOLFER MORDAZA Director Ejecutivo Cientifico (e) 1131216-1

que nuestra Entidad envie un representante en el referido evento; Que, teniendo en cuenta que nuestra Entidad es miembro de la Red Interamericana de Laboratorios de Analisis de Alimentos (RILAA), a traves de la Red Nacional de Laboratorios de Analisis de Alimentos Peru (RNLAAP), es importante nuestra participacion en dicho evento, ya que se trataran temas sobre el plan de acciones ejecutadas, asi como tambien revisar los estatutos, el procedimiento administrativo, preparar el plan de accion y elegir a los integrantes del comite ejecutivo y facilitadores de los grupos tecnicos para el bienio 2015-2016, los cuales podrian contribuir al desarrollo de los laboratorios de nuestra Entidad; Que, la Ley Nº 27619, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos o de representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Publico y que se encuentren comprendidos en las entidades publicas sujetas al ambito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Publico; Que, el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos y su modificatoria, establece los requisitos que deberan contener las resoluciones que se emitan para autorizar viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; Que, el literal a) del numeral 10.1 del articulo 10º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, prohibe los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, salvo entre otras, que se autoricen mediante resolucion del titular de la entidad los viajes que se efectuen en el MORDAZA de la negociacion de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones economicas y financieras y las acciones de promocion de importancia para el Peru; Que, en el Informe Nº 144-2014-ITP/OGA de fecha 11 de agosto de 2014, la Oficina General de Administracion informa que el monto a ser cubierto por la Entidad asciende a S/. 8,826.30 (Ocho Mil Ochocientos Veintiseis con 30/100 Nuevos Soles); Que, mediante Memorandum Nº 1479-2014-ITP/ OGPP de fecha 13 de agosto de 2014, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto otorga la certificacion presupuestal correspondiente; Que, cabe senalar que el tiempo que dure la participacion de dicha servidora, esta seguira percibiendo su remuneracion contractualmente senalada; Que, el inciso i) del articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru - ITP (ahora Instituto Tecnologico de la Produccion - ITP) senala que el Consejo Directivo tiene como una de sus funciones, entre otras, autorizar y proponer al Ministerio de la Produccion, los viajes al extranjero de los funcionarios y servidores del ITP, en comision de servicios y becas, de acuerdo a la legislacion vigente; Que, mediante el Acuerdo del Consejo Directivo Nº SO 126-15-2014-ITP/CD, adoptado en la Sesion Ordinaria Nº 15 de fecha 13 de agosto de 2014, se aprueba el viaje de la senora Daissy MORDAZA Woolcott MORDAZA para participar en el evento en mencion; Que, asimismo, la referida servidora debera realizar un taller de capacitacion para transmitir los conocimientos adquiridos; Con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto el Decreto Legislativo 92 , Ley que crea el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ­ ITP (actualmente Instituto Tecnologico de la Produccion ­ ITP); la Vigesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 (adscripcion de los CITEs); y, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru - ITP, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 344-2012-PRODUCE.

SALUD
Decreto Supremo que aprueba el perfil para el otorgamiento de la valorizacion ajustada por puesto especializado o de dedicacion exclusiva en servicios de salud publica a que se refiere el Decreto Legislativo 1153
DECRETO SUPREMO Nº 024-2014-SA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo 1153, Decreto Legislativo que regula la Politica Integral de Compensaciones y Entregas Economicas del Personal de la Salud al Servicio del Estado, y sus modificatorias, tiene por finalidad que el Estado alcance mayores niveles de eficacia, eficiencia y preste efectivamente servicios de calidad en materia de salud al ciudadano, a traves de una politica integral de compensaciones y entregas economicas que promueva el desarrollo del personal de la salud al servicio del Estado; Que, el literal c) del numeral 8.2 del articulo 8 del referido Decreto Legislativo establece que para percibir la bonificacion por puesto especializado o de dedicacion exclusiva en servicios de salud publica se debe cumplir adicionalmente con un perfil previamente determinado; Que, mediante Decreto Legislativo 1162 se incorporan los numerales 13 y 14 al literal a), del numeral 3.2 del articulo 3 del Decreto Legislativo 1153, considerando como profesionales de la salud a los Quimicos que prestan

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