Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2014 (03/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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servicios en el MORDAZA asistencial de la salud y a los Tecnicos Especializados de los Servicios de Fisioterapia, Laboratorio y Rayos X; Que, mediante Decreto Supremo 222-2014-EF se aprueba el monto de la valorizacion ajustada por puesto especializado o de dedicacion exclusiva en servicios de salud publica y autoriza transferencias de partidas en el presupuesto del sector publico para el ano fiscal 2014 a favor del pliego Ministerio de Salud y del pliego Instituto Nacional de Salud; asimismo, mediante articulo 4 del Decreto de Urgencia 002-2014 se dispone que la entrega economica ajustada por puesto especializado o de dedicacion exclusiva en servicios de salud publica se implemente a partir del mes de agosto de 2014; Que, en ese sentido, corresponde aprobar el perfil para la percepcion de la valorizacion ajustada consistente en el MORDAZA a que hace referencia el literal c) del numeral 8.2 del articulo 8 del Decreto Legislativo 1153; De conformidad con lo establecido en el numeral 8 del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru, la Ley 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo 1153 que aprueba la Politica Integral de Compensaciones y Entregas Economicas del Personal de la Salud al Servicio del Estado; el Decreto Legislativo 1162, que incorpora disposiciones al Decreto Legislativo 1153, el Decreto de Urgencia 002-2014 que dicta medidas extraordinarias y urgentes adicionales en materia economica y financiera para estimular la economia nacional y, el Decreto Supremo 222-2014-EF que aprueba el monto de la valorizacion ajustada por puesto especializado o de dedicacion exclusiva en servicios de salud; DECRETA: Articulo 1.- Objeto El presente Decreto Supremo tiene como objeto aprobar el perfil del personal de la salud que sera beneficiado con la valorizacion ajustada consistente en el MORDAZA a que hace referencia el literal c) del numeral 8.2 del articulo 8 del Decreto Legislativo 1153, asi como las condiciones para su percepcion. Articulo 2.- Del perfil para percibir la valorizacion ajustada por puesto especializado o de dedicacion exclusiva en servicios de salud publica. Los profesionales de la salud comprendidos en el numeral 3.2, del articulo 3 del Decreto Legislativo 1153 y su modificatoria establecida mediante Decreto Legislativo 1162, para percibir la valorizacion ajustada por puesto especializado o de dedicacion exclusiva en servicios de salud publica, deben cumplir con el perfil siguiente: a) Ser profesional de la salud colegiado y habilitado debidamente acreditado. b) Haber realizado estudios en salud publica o gestion en salud o administracion de salud o afines a las actividades que desarrolla, debiendo presentar la MORDAZA o diploma correspondiente. c) Estar ocupando un puesto realizando actividades administrativas, de investigacion o produccion. d) No estar ocupando cargo de confianza o directivo por designacion Articulo 3.- Publicacion Publiquese el presente Decreto Supremo en el MORDAZA web del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), y en MORDAZA Institucional del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe) en mismo dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Salud. DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL Unica.- Del perfil para percibir la valorizacion ajustada por puesto especializado o de dedicacion exclusiva en servicios de salud publica de los Tecnicos

El Peruano Miercoles 3 de setiembre de 2014

Especializados de los Servicios de Fisioterapia, Laboratorio y Rayos X. En el caso de los Tecnicos Especializados de los Servicios de Fisioterapia, Laboratorio y Rayos X, para el otorgamiento de la valorizacion deberan cumplir unicamente con los literales b), c) y d) del articulo 2 del presente Decreto Supremo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dos dias del mes de setiembre del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 1132254-3

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Designan Director de la Direccion de Certificaciones y Autorizaciones de la Direccion General de Aeronautica Civil
RESOLUCION MINISTERIAL N° 606-2014-MTC/01 MORDAZA, 1 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial No. 0902012-MTC/01 se encargo al senor MORDAZA Nunez MORDAZA las funciones de Director de la Direccion de Certificaciones y Autorizaciones de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en tanto se designe a su titular; Que, resulta pertinente designar al funcionario que desempenara el cargo de Director de la Direccion de Certificaciones y Autorizaciones de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con la Ley No. 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo; Ley No. 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; la Ley No. 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo No. 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1.- Dar por concluida la encargatura de funciones de Director de la Direccion de Certificaciones y Autorizaciones de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones al senor MORDAZA Nunez MORDAZA, otorgada por Resolucion Ministerial No. 090-2012-MTC/01, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA ­ Wicht San MORDAZA en el cargo publico de confianza de Director de la Direccion de Certificaciones y Autorizaciones de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1132188-1

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