Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2014 (05/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano Viernes 5 de setiembre de 2014

531809
la Prefectura MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de Buenos Aires, Republica MORDAZA, del 8 al 12 de setiembre de 2014; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la Autoridad Maritima dentro del ambito de competencia de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al Presupuesto Institucional del Ano Fiscal 2014, de la Unidad Ejecutora 004: MORDAZA de MORDAZA del Peru, de conformidad con el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, teniendo en consideracion los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participacion del personal designado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del MORDAZA con UN (1) dia de anticipacion; asi como, su retorno UN (1) dia despues del curso, sin que estos dias adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Publico; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de MORDAZA de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 0242009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos Organos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la MORDAZA y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios del Capitan de Fragata SGC. MORDAZA MORDAZA REBISSO MORDAZA, CIP. 01811708, DNI. 01324804, para que participe en el Curso Inspector de Aguas de Lastre, a realizarse en la Escuela Superior de la Prefectura MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de Buenos Aires, Republica MORDAZA, del 8 al 12 de setiembre de 2014; asi como, autorizar su salida del MORDAZA el 7 y su retorno el 13 de setiembre de 2014. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aereos: MORDAZA - Buenos Aires (Republica Argentina) - MORDAZA US$ 950.00 US$ 950.00 Viaticos: US$ 370.00 x 5 dias US$ 1,850.00 ------------------TOTAL A PAGAR: US$ 2,800.00

MORDAZA el 6 de setiembre y su retorno el 20 de setiembre de 2014. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aereos: MORDAZA - San MORDAZA (Republica Italiana) - MORDAZA US$ 3,000.00 x 4 personas US$ 12,000.00 Viaticos: US$ 540.00 x 4 personas x 12 dias US$ 25,920.00 TOTAL A PAGAR: US$ 37,920.00

Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 4º.- El Oficial Superior designado mas antiguo, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal MORDAZA comisionado, debera efectuar la sustentacion de viaticos, conforme a lo indicado en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento Encargado del Despacho del Ministerio de Defensa 1133430-3 RESOLUCION SUPREMA Nº 428-2014-DE/MGP MORDAZA, 4 de setiembre de 2014 Visto, el Oficio N.1000-1452 del Director General de Educacion de la MORDAZA, de fecha 7 de agosto de 2014; CONSIDERANDO: Que, la MORDAZA de MORDAZA del Peru, como parte de su Plan Anual de Educacion ano 2014, ha gestionado ante la Prefectura MORDAZA MORDAZA, la disponibilidad de diferentes cursos, entre los cuales se encuentra el Curso Inspector de Aguas de Lastre, a realizarse en la Escuela Superior de la Prefectura MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de Buenos Aires, Republica MORDAZA, del 8 al 12 de setiembre de 2014; Que, la designacion de Personal MORDAZA, para que participe en el referido curso, permitira capacitar al concursante sobre conocimientos para prevenir la dispersion de organismos acuaticos perjudiciales, de una region a otra, estableciendo normas y procedimientos para la gestion y el control del agua de lastre y los sedimentos de los buques, y asi poder aplicarlas dentro de la jurisdiccion de la Autoridad Maritima; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios del Capitan de Fragata SGC. MORDAZA MORDAZA REBISSO MORDAZA, para que participe en el Curso Inspector de Aguas de Lastre, a realizarse en la Escuela Superior de

Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Articulo 4º.- El Personal Superior designado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Asimismo, dentro del mismo plazo debera efectuar la sustentacion de viaticos, conforme a lo indicado en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2012 y su modificatoria. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion.

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