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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (05/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 19

El Peruano Viernes 5 de setiembre de 2014 531821 Precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el D.S. N° 115-2001-EF, en la importación de maíz, azúcar, arroz y leche entera en polvo RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 017-2014-EF/15.01 Lima, 4 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modifi catorias, se estableció el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos señalados en el Anexo I del citado Decreto Supremo; Que, por Decreto Supremo N° 184-2002-EF se modifi có el Artículo 7º del Decreto Supremo N° 115-2001- EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolución Viceministerial del Viceministro de Economía; Que, por Decreto Supremo N° 318-2013-EF se actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a la importación de los productos incluidos en el Sistema de Franjas de Precios y se dispuso que tengan vigencia en el periodo del 1° de enero hasta el 30 de junio de 2014; Que, por Decreto Supremo Nº 169-2014-EF se dispuso que las Tablas Aduaneras aprobadas por el Decreto Supremo Nº 318-2013-EF tengan vigencia hasta el 31 de diciembre de 2014; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el periodo del 16 al 31 de agosto de 2014; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7º del Decreto Supremo N° 115-2001-EF modifi cado por el Artículo 1º del Decreto Supremo N° 184-2002-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese los precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refi ere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modifi catorias: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF) US$ por T.M. --------------------------------------------------------------------------------------- Fecha Maíz Azúcar Arroz Leche entera en polvo --------------------------------------------------------------------------------------- Del 16/08/2014 al 31/08/2014 213 453 500 4 536 --------------------------------------------------------------------------------------- Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ GIANCARLO GASHA TAMASHIRO Viceministro de Economía 1133069-1 INTERIOR Autorizan viaje de personal policial a Vietnam, en comisión de servicios RESOLUCION SUPREMA N° 152-2014-IN Lima, 4 de setiembre de 2014 VISTO, el circular con referencia 2014/119/EDPS/SCA/ TIGC/MEL de fecha 2 de junio de 2014, de la Organización Internacional de Policía Criminal INTERPOL; y, CONSIDERANDO: Que, con documento del visto, la Dirección de Delincuencia Especializada y Análisis de la Organización Internacional de Policía Criminal INTERPOL, comunicó a los Jefes de las Ofi cinas Centrales Nacionales que la “Conferencia Internacional de 2014 sobre Aplicación de la Ley en el Ámbito de la Delincuencia contra la Propiedad Intelectual”, organizada conjuntamente por INTERPOL y la Policía Nacional de la Republica Socialista de Vietnam, en colaboración con Underwriters Laboratories, tendrá lugar en el hotel JW Marriott Nº 8 Do Duc Duc Road, Me Tri, Tu Liem District sito en la ciudad de Hanói, República Socialista de Vietnam, del 23 al 25 de setiembre de 2014; Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión Nº 239- 2014-DIRGEN PNP/EMP-OCNI de fecha 7 de julio de 2014, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú estimó conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú autorice el viaje al exterior en comisión de servicio del 21 al 26 de setiembre de 2014, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Orlando Alejandro Sánchez Ramírez, para que participe en el evento señalado en el considerando anterior; Que, con Memorándum Múltiple Nº 306-2014-DIRGEN- PNP/EMP-OCNI de fecha 8 de julio de 2014, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, en base a los documentos sustentatorios pertinentes, autorizó el viaje mencionado en el considerando anterior, disponiendo la formulación de la resolución autoritativa correspondiente y señalando que irrogará gastos al Estado; Que, es conveniente para el interés institucional, autorizar el referido viaje al exterior del país, toda vez que las experiencias a adquirirse en el evento señalado redundarán en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú y del país, debiendo señalarse que los gastos que irrogará dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos (incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto), serán asumidos por la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior; Que, asimismo, con su respectiva Declaración Jurada Simple de fecha 7 de julio de 2014, el Comandante de la Policía Nacional del Perú Orlando Alejandro Sánchez Ramírez quien participará en la “Conferencia Internacional de 2014 sobre Aplicación de la Ley en el Ámbito de la Delincuencia contra la Propiedad Intelectual” se ha comprometido a no realizar ningún trámite administrativo, ni judicial, a efectos de reclamar viáticos al Estado, así como a asumir cualquier otro gasto adicional que demande su participación en el referido evento; Que, según lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario ofi cial “El Peruano”; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014;