Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2014 (07/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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de garantizar la provision de los recursos economicos necesarios para el normal funcionamiento de la corporacion municipal, recomienda se restablezca la vigencia de la Ordenanza Nº 171-MDSL: Que, estando a lo expuesto, contando con la opinion favorable de la Gerencia Municipal y la Gerencia de Asesoria Legal, y de conformidad a lo establecido en el Articulo 9º Numeral 8) y Articulo 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de acta, el Concejo Municipal aprobo por MAYORIA la siguiente: ORDENANZA QUE RESTABLECE LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 171-MDSL, ORDENANZA QUE APRUEBA BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y ADMINISTRATIVOS A FAVOR DE LOS CONTRIBUYENTES Y ADMINISTRADOS DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA Articulo Unico.- Restablecimiento de la vigencia de la Ordenanza Nº 171-MDSL Restablezcase la vigencia de la Ordenanza Nº 171MDSL, hasta el 30 de setiembre de 2014, con excepcion de lo dispuesto en el numeral 2.3 del articulo 2. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Establezcase que para acogerse al beneficio de condonacion de multa tributaria, condonacion parcial de Arbitrios Municipales, asi como condonacion parcial de multas administrativas, senalado en los numerales 2.1, 2.4 y 2.5 del articulo 2º de la Ordenanza Nº 171-MDSL, respectivamente, el monto de la respectiva deuda no debera exceder de los 10 UITs. Asimismo, en caso de deudas que excedan las 10 UITs hasta 50 UITs, el beneficio de condonacion senalado en los literales a y b del numeral 2.5 del articulo 2º de la referida ordenanza, sera de 70% y 60% respectivamente. Segunda.- La presente Ordenanza rige a partir del dia siguiente de su publicacion conforme a ley. Tercera.- Facultese al MORDAZA para que, de considerarlo necesario, mediante Decreto de Alcaldia disponga la prorroga de la vigencia de los alcances senalados en la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1134006-1 CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA 7 de setiembre de 2014

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA EL MORDAZA
Regulan la instalacion de infraestructura para la prestacion de servicios publicos en telecomunicaciones en el distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 305-2014-MVES MORDAZA El MORDAZA, 2 de setiembres de 2014 POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA El MORDAZA en Sesion Extraordinaria: VISTO: El Dictamen Nº 007-2014-CDUyT-MVES de la Comision de Desarrollo MORDAZA y Transporte 2014, el Informe Nº 051-2014-GM/MVES de la Gerencia Municipal, y el Informe Nº 956-2014-OAJ/MVES de la Oficina de Asesoria Juridica, sobre el Proyecto de Ordenanza que regula la instalacion de antenas y estaciones de radiocomunicaciones para la prestacion de servicios publicos en Telecomunicaciones en el distrito de MORDAZA El Salvador; y,

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, reconoce a los gobiernos locales autonomia politica, economica, administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 8, del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades establece que corresponde al Concejo Municipal normar sobre los asuntos de su competencia, dentro del MORDAZA de la Ley Nº 29022, Ley para la Expansion de Infraestructura en Telecomunicaciones, por lo cual es necesario dictar la presente normatividad; Que, el articulo I del Titulo Preliminar de la Ley General del Ambiente Nº 28611, dispone que toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida; Que, el articulo 79º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, dentro de sus funciones especificas, expresa en el numeral 3.2) "Autorizar y fiscalizar la ejecucion del Plan de Obras de servicios publicos o privados que afecten o utilicen la via publica o zonas aereas, asi como sus modificaciones; previo cumplimiento de las normas sobre impacto ambiental"; Que, la Ley Nº 29022, Ley para Expansion de Infraestructura en Telecomunicaciones, tiene por objeto establecer un regimen especial y temporal en todo el territorio nacional, especificamente en areas rurales, lugares de preferente interes social y MORDAZA de frontera, para la instalacion y desarrollo de la Infraestructura necesaria para la prestacion de los servicios publicos de Telecomunicaciones. Al considerarse estos servicios de interes y necesidad publica como base fundamental para la Integracion de los peruanos y Desarrollo Social y Economico del pais; Que, mediante Ley Nº 30228 (publicada el 12 de MORDAZA del 2014), se modifica la Ley 29022, Ley para la Expansion de Infraestructura en Telecomunicaciones; estableciendo Reglas comunes para la instalacion de infraestructura, entre estas no pueden obstruir la circulacion de vehiculos, peatones o ciclistas; no deben impedir el uso de plazas y parques; no debe danar el patrimonio urbanistico, historico, cultural, turistico y paisajistico; no pueden poner en riesgo la seguridad de terceros y de edificaciones vecinas, etc.; por ello esta Corporacion MORDAZA dando cumplimiento a las normativa citada reglamenta la ubicacion de Antenas y Estaciones de Radiocomunicaciones que esten instaladas o que se instalen en el distrito; que revisado, analizado y evaluado la normatividad existente sobre la materia, se hace necesario la expedicion de una Ordenanza que contemple las disposiciones contenidas en la Ley Nº 29022 y su Reglamento, la Ley Nº 27446 - Ley del Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental y su Reglamento contenida en el Decreto Supremo Nº 0192009-MINAM, la Ley Nº 28661 - Ley General del Ambiente y las condiciones tecnicas necesarias para la ubicacion, instalacion y operacion de las mismas en el distrito de MORDAZA El Salvador; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) y 9) del articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades y demas normas pertinentes, el Concejo Municipal con el MORDAZA MAYORITARIO, ha aprobado la siguiente ordenanza: ORDENANZA QUE REGULA LA INSTALACION DE ANTENAS Y ESTACIONES DE RADIOCOMUNICACIONES PARA LA PRESTACION DE SERVICIOS PUBLICOS EN TELECOMUNICACIONES EN EL DISTRITO DE MORDAZA EL MORDAZA Articulo Primero.- Objeto El objeto de la presente MORDAZA es regular la instalacion de infraestructura necesaria para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, dentro del MORDAZA de la Ley Nº 29022 (y modificatorias) - "Ley para la Expansion de Infraestructura en Telecomunicaciones" y su Reglamento contenido en el Decreto Supremo Nº 039-2007-MTC, a fin que su implantacion no tenga efectos negativos en los derechos basicos de la persona

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