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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (07/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 77

El Peruano Domingo 7 de setiembre de 2014 532067 generación de la información y documentación contenida en el expediente de ratifi cación, conforme a lo señalado en el literal g) de la ordenanza mencionada, 5) Se precisa que en la Ordenanza que se expida en cumplimiento del levantamiento de las observaciones efectuadas por el SAT, debe de hacer referencia a los antecedentes normativos que son la Ordenanza N° 154-C/MC mediante el cual se establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal en el distrito de Comas, norma legal que fue objeto de modifi cación mediante Ordenanza N° 156-C/MC, y la misma Ordenanza N° 410-MDC; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) y 9) del artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y demás normas pertinentes, con el voto por Mayoritario de los señores regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente; ORDENANZA MODIFICAR LA ORDENANZA N° 410-MDC, QUE ESTABLECE LA TASA POR ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL EN EL DISTRITO DE COMAS Artículo Primero.- Modifi car el ARTICULO N° 6 de la ORDENANZA N° 410 – MDC, relacionado con las zonas de estacionamiento vehicular que se detallan en el Anexo Nº 01 el cual forma parte de la presente modifi catoria. Artículo Segundo.- Modifi car el ARTICULO N° 7, relacionado al horario del servicio de estacionamiento vehicular temporal el cual será por un periodo de 12 horas de servicio de lunes a sábado. El detalle del horario de cada zona se encuentra en el Anexo N° 01 el cual forma parte de la presente modifi catoria. Artículo Tercero.- Modifi car el ARTICULO N° 11 en cuanto a “INFRACCIÓN” por EFECTIVIZACION DE PAGO. La Municipalidad Distrital de Comas podrá ejercer todas las acciones de acuerdo a ley para hacer efectivo el cobro de la tasa de estacionamiento temporal aprobado a través del cobrador del parqueo vehicular conforme a la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- Modifi car el ARTICULO N° 12 de la ORDENANZA N° 410 – MDC, relacionado al cuadro de la estructura de costos del servicio y el cuadro de estimación de ingresos del servicio de estacionamiento vehicular temporal, los cuales se detallan en los Anexos 02 y 03. Artículo Quinto.- Agregar las siguientes disposiciones fi nales: Octava- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, lo cual debe de incluir sus anexos (espacios de servicio, estructura de costos y estimación de ingresos) y la Ordenanza ratifi catoria. Novena.- Dicha Ordenanza se puede encontrar en la página Web del Servicio de Administración Tributaria - SAT. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal, a los cuatro días del mes de Junio del año dos mil catorce. NICOLÁS OCTAVIO KUSUNOKI FUERO Alcalde REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modifi cado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN