Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2014 (07/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano MORDAZA 7 de setiembre de 2014

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parcial MORDAZA lugar a la aplicacion de una multa ascendente al 2% de la UIT. La Municipalidad Distrital de Comas podra ejercer todas las acciones necesarias para hacer efectivo el pago de la tasa y/o multa de acuerdo al lo senalado en el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario ­ Decreto Supremo Nº 135 ­ 99 ­ EF. La multa impuesta tendra un descuento del 50% si se cancela dentro de los diez (10) dias de notificada la sancion". Articulo 12º.- ESTRUCTURA DE COSTOS Y ESTIMACION DE INGRESOS Aprobar el cuadro de la estructura de costos del servicio y el cuadro de estimacion de ingresos del servicio de estacionamiento vehicular temporal, los cuales se detallan en los Anexos 02 y 03 que forman parte de la presente ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Primera.- FACULTAR, al senor MORDAZA, para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias y reglamentarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente ordenanza. Segunda.- INCORPORAR, al cuadro unico de infracciones y sanciones aplicables en la jurisdiccion del Distrito de Comas, aprobado mediante Ordenanza Nº 275­C/MC, de fecha 13 de febrero de 2009, la infraccion establecida en la presente ordenanza. Tercera.- ENCARGAR, a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA a traves de la Subgerencia de MORDAZA y Transporte asi como a la Gerencia de Rentas el cumplimiento de la presente Ordenanza a fin de prestar este servicio de cualquiera de las modalidades permitidas por ley, asi como la supervision de la misma. Cuarta.- COMUNIQUESE, a la Policia Nacional del Peru para los efectos del apoyo necesario para el cumplimiento de la presente ordenanza. Quinta.-La presente ordenanza estara en vigencia previa materializacion del Acuerdo de Consejo ratificatorio emitido por la Municipalidad Metropolitana de Lima. Asimismo se deja sin efecto cualquier MORDAZA que se oponga a la presente. Sexta.- DEROGUESE, La ORDENANZA Nº 154­C/MC, de fecha 26 de MORDAZA de 2005, Establece Tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal en el distrito,conexcepcion del Articulo Primero de su modificatoria ORDENANZA Nº 156 ­ C / MC, de fecha 20 de MORDAZA de 2005. Septima.- DEROGUESE, La ORDENANZA N° 386/MDC, de fecha 12 de MORDAZA de 2013, aprobado por el Concejo Municipal de Comas, por los fundamentos expuestos en los considerandos. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal, a los veintiun dias del mes de MORDAZA del ano dos mil catorce. MORDAZA MORDAZA KUSUNOKI FUERO MORDAZA

Nº 156­C/MC, mas las autorizadas por la Subgerencia de Ingenieria del MORDAZA de la Gerencia de Transporte MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA,con OFICIO Nº 393­2013­MML/GTU­SIT, y OFICIO N° 411 ­2014­MML/GTU-SIT, que se detallan en el Anexo Nº 01 el cual forma parte de la presente ordenanza. Articulo 7º.- PERIODO Y HORARIO DEL SERVICIO El servicio por estacionamiento vehicular temporal sera prestado de lunes a domingo. Los horarios del servicio podran variar dependiendo las zonas de estacionamiento de acuerdo al rubro de actividades donde se ubiquen los estacionamientos vehiculares, considerando un promedio de 12 horas de servicio. El detalle del horario de cada MORDAZA se encuentra en el Anexo 01. Articulo 8º.INAFECTACIONES Y EXONERACIONES Se encuentran inafectos al pago de la tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal los conductores de los vehiculos oficiales que se encuentren cumpliendo sus funciones asignadas por ley, o labores propias de su actividad, o que MORDAZA de propiedad de: a) El cuerpo general de bomberos voluntarios del Peru. b) Las fuerzas armadas. c) La policia nacional del Peru. d) Ambulancias en general. e) Vehiculos oficiales del gobierno nacional, regional o local. f) Los vecinos directos afectados por la MORDAZA de estacionamiento que por diversas circunstancias se vean en la necesidad de estacionarse en las zonas de parqueo vehicular debidamente identificados y empadronados. Articulo 9º.- ABONADO Es la persona natural o juridica que tiene la calidad de propietario o inquilino del inmueble, el cual utiliza los espacio(s) de estacionamiento(s) vehiculare(s) temporal realizando en pago por adelantado computado conforme a la tarifa establecida en el Articulo 4º. Dicha autorizacion sera otorgada con una Resolucion de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, quedando prohibido el Sub Arriendo de dichos espacios. Caso contrario previa verificacion se revocara la autorizacion municipal y el pago adelantado restante quedara como parte de la penalidad en beneficio de la municipalidad, sin perjuicio de las acciones administrativas, civiles y penales que debieran lugar. El abonado sera supervisado y controlado por la Subgerencia de MORDAZA y Transporte. Articulo 10º.- RENDIMIENTO DEL TRIBUTO El monto recaudado por la tasa de estacionamiento vehicular constituye un ingreso tributario de la Municipalidad Distrital de Comas, cuyo rendimiento sera destinado a la administracion y mantenimiento de dicho servicio. Su recaudacion podra efectuarse directamente o a traves de cualquiera de las modalidades permitidas por ley. Articulo 11º.- INFRACCION El conductor que se niegue al pago de la tasa de estacionamiento vehicular temporal en forma total o

PUBLICACI N OBLIGATORIA DE REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS
Se comunica a todas las Entidades del Sector Publico que, conforme al Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS, publicado el 29 de agosto de 2012, los REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS DEBEN PUBLICARSE en el DIARIO OFICIAL EL PERUANO para su VALIDEZ Y VIGENCIA, de acuerdo a lo establecido en los articulos 51º y 109º de la Constitucion Politica del Peru.

LA DIRECCION

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