NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (20/09/2014)
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TEXTO PAGINA: 39
El Peruano Sábado 20 de setiembre de 2014 532933 en los campos de salud pública, control de enfermedades transmisibles y no transmisibles, alimentación y nutrición, producción de biológicos, control de calidad de alimentos, productos farmacéuticos y a fi nes, salud ocupacional y protección del ambiente centrado en la salud de las personas y la salud intercultural, para contribuir a mejorar la calidad de vida de la población; Que, en tal sentido, en el marco de la misión y funciones del Instituto Nacional de Salud, resulta de suma importancia la participación del titular de dicha entidad en las actividades programadas con las Escuelas de Medicina de las Universidades George Washington y Johns Hopkins University y el National Institutes of Health, toda vez que ello permitirá consolidar los lazos de cooperación e intercambio de información con entidades de prestigio a nivel internacional dedicadas al estudio e investigación en materia de salud, posibilitando compartir los avances en la búsqueda de soluciones frente a patologías en la salud de las personas, lo cual incidirá en bene fi cio de la mejora de la calidad de vida de la población peruana; Que, la O fi cina Ejecutiva de Plani fi cación, Presupuesto e Inversiones del Instituto Nacional de Salud, informa que el viaje a la ciudad de Washington, D.C., Estados Unidos de América del funcionario en mención, cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios del Pliego 131: Instituto Nacional de Salud, para la adquisición de los pasajes en tarifa económica, así como viáticos para siete (07) días, incluyendo el equivalente a un día adicional para gastos de instalación, en concordancia con la normatividad vigente; Que, en mérito a lo expuesto, atendiendo a la transcendencia, temática y relevancia de los eventos señalados en los considerandos precedentes, resulta de suma importancia la participación del Jefe del Instituto Nacional de Salud del Ministerio de Salud, siendo de interés nacional autorizar el viaje al exterior del citado funcionario; Que, conforme a lo dispuesto en el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, el requerimiento de viajes al exterior en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo con cargo a recursos públicos, por supuestos distintos a los señalados en los literales a), b), c), d) y e) del mismo numeral, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos; en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y sus modi fi catorias; y en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Licenciado en Biología Carlos Ernesto Bustamante Donayre, Jefe del Instituto Nacional de Salud del Ministerio de Salud, a la ciudad de Washington, D.C., Estados Unidos de América, del 25 de setiembre al 2 de octubre de 2014, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios del Pliego 131: Instituto Nacional de Salud, conforme al siguiente detalle: - Pasaje aéreo (tarifa económica, incluido TUUA) : US$ 1,009.26 - Viáticos por 7 días (US$ 440 x día) : US$ 3,080.00 TOTAL : US$ 4,089.26 Artículo 3º.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, el citado funcionario presente a la Ministra de Salud, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en el evento al que acudirá, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneraciones o liberalización de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por la Ministra de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 1140561-11 Aprueban Documento Técnico “Manual para la Vigilancia, Prevención y Control Sanitario de Agentes Zoonóticos y Zoonosis relacionados a la Paloma Doméstica” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 699-2014/MINSA Lima, 17 de setiembre del 2014Visto, el Expediente N° 12-113783-001 que contiene el Informe N° 01519-2014-DHAZ/DIGESA, de la Dirección General de Salud Ambiental; CONSIDERANDO:Que, los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público. Por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el artículo 105 de la precita Ley señala que corresponde a la Autoridad de Salud de nivel nacional, dictar las medidas necesarias para minimizar y controlar los riesgos para la salud de las personas derivados de elementos, factores y agentes ambientales; Que, el literal d) del artículo 48° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo N° 023-2005-SA, establece como función de la Dirección General de Salud Ambiental, entre otras, conducir la vigilancia de riesgos ambientales y la plani fi cación de medidas de prevención y control; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal b) del artículo 49° del antedicho Reglamento, la Dirección de Higiene Alimentaria y Zoonosis de la Dirección General de Salud Ambiental, tiene entre sus funciones establecer las normas y coordinar la vigilancia sanitaria de los alimentos, zoonosis y la supervisión de las actividades de prevención y control de los agentes patógenos en la protección de la salud de los consumidores y la salud pública; Que, con el documento del visto, la Dirección General de Salud Ambiental remite para su aprobación el proyecto de Documento Técnico: “Manual para la Vigilancia, Prevención y Control Sanitario de Agentes Zoonóticos y Zoonosis relacionados a la Paloma Doméstica”, cuya fi nalidad es contribuir a proteger la salud de la población y mantener un entorno saludable, a través de la vigilancia, prevención y control sanitario de los factores de riesgo ocasionados por los agentes zoonóticos y zoonosis relacionados a la paloma doméstica; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Salud Ambiental;