NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (20/09/2014)
CANTIDAD DE PAGINAS: 88
TEXTO PAGINA: 50
El Peruano Sábado 20 de setiembre de 2014 532944 Ayme Vidal Cueva, del 22 al 26 de setiembre de 2014, para que en representación de PROMPERÚ lleve a cabo diversas acciones de promoción del turismo receptivo, durante el evento señalado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes Aéreos : US $ 740,00 - Viáticos (US$ 370,00 x 4 días) : US $ 1 480,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, la señorita Milagritos Ayme Vidal Cueva, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARACELLY LACA RAMOS Secretaría General (e) 1139708-1 RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 200-2014-PROMPERÚ/SG Lima, 17 de setiembre de 2014Visto el Sustento Técnico de viaje de la Dirección de Promoción de las Exportaciones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, la Alianza del Pací fi co conformada por Colombia, Chile, México y Perú, constituye un mecanismo de integración que busca progresivamente la libre circulación de bienes, servicios, capitales y personas entre los países miembros, siendo además su objetivo promocionar de forma conjunta los bienes y servicios de los países de la Alianza en los mercados internacionales, promover los fl ujos de inversión entre sus miembros y terceros mercados a fi n de incrementar el intercambio comercial; Que, se ha previsto realizar en la ciudad de New York, Estados Unidos de América, la “X Cumbre de la Alianza del Pacífi co”, con la asistencia de los Presidentes de los cuatro países miembros; asimismo, se llevará a cabo el evento Bloomberg LP’s fi rst Latin America Forum featuring the leaders of the Paci fi c Aliance, que constituye un Encuentro Empresarial, con la fi nalidad de presentar las oportunidades de inversión internacional en el corto, mediano y largo plazo, de la Alianza del Pacífi co, para la libre circulación de bienes, servicios, capitales y personas, así como la vinculación de los países observadores con la Alianza hacia los mercados internacionales; Que, por tal razón, la Dirección de Promoción de las Exportaciones, ha solicitado se autorice la comisión de servicios del señor Mario Eduardo Ocharan Casabona, quien presta servicios en dicha Dirección, a la ciudad de New York, Estados Unidos de América, para que en representación de la Entidad participe en el referido evento con el fi n de realizar acciones de promoción de las exportaciones e Imagen País; Que, la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modi fi catorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de New York, Estados Unidos de América, del señor Mario Eduardo Ocharan Casabona, del 21 al 27 de setiembre de 2014, para que en representación de PROMPERÚ, participe en el evento a que se re fi ere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán efectuados con cargo al Pliego Presupuestal: 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos : US$ 791,00 Viáticos (US$ 440 x 5 días) : US$ 2 200,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, el personal que se autoriza, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a liberación o exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General (e) 1139708-2 ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL Designan fedatarios institucionales del OEFA RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 125-2014-OEFA/PCD Lima, 18 de setiembre de 2014VISTOS: El Memorándum N° 343-2014-OEFA/SG, del 4 de julio del 2014, el Memorándum N° 292-2014-OEFA/OAJ, del 25 de julio del 2014, el Memorándum N° 414-2014-OEFA/SG, del 6 de agosto del 2014 y el Memorándum N° 342-2014-OEFA/OAJ, del 5 de setiembre del 2014, y; CONSIDERANDO: Que, el Numeral 1 del Artículo 127° de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que cada entidad designa fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en un número proporcional a sus necesidades de atención, quienes sin exclusión de sus labores ordinarias, brindan gratuitamente sus servicios a los administrados; Que, de conformidad con lo previsto en el Numeral 7.2.1 del Acápite VII de la Directiva N° 002-2010-OEFA/SG “Directiva sobre el Régimen de Fedatarios del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA”, aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 045-2010-OEFA/PCD, del 17 de setiembre del 2010, la designación de los fedatarios institucionales se efectúa mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo y de acuerdo a las necesidades de autenticación de la documentación que administra la Entidad; Que, los impedimentos para ser fedatario se encuentran establecidos en el Numeral 7.5 del Acápite VII de la referida Directiva, al respecto, la O fi cina de Asesoría Jurídica en su