Norma Legal Oficial del día 23 de septiembre del año 2014 (23/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Martes 23 de setiembre de 2014

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opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar del Estado Plurinacional de Bolivia; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 23 al 27 de setiembre de 2014, a fin de participar en una pasantia en el Servicio Industrial de la MORDAZA SIMA-PERU en el area de construcciones navales; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 y por el articulo unico de la Ley Nº 30209, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la MORDAZA de MORDAZA del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, a DOS (02) militares del Estado Plurinacional de Bolivia, del 23 al 27 de setiembre de 2014, a fin que participen en una pasantia en el Servicio Industrial de la MORDAZA SIMA-PERU en el area de construcciones navales. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1141141-2

CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 708 del 19 de setiembre de 2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio G.500-3973 del 16 de setiembre de 2014, el Secretario del Comandante General de la MORDAZA por encargo del Comandante General de la MORDAZA, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de la Republica Argentina; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 23 de setiembre de 2014 al 15 de setiembre de 2016, a fin de desempenarse como Asesor de Infanteria de MORDAZA en la Comandancia de la Fuerza de Infanteria de Marina; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 y por el articulo unico de la Ley Nº 30209, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la MORDAZA de MORDAZA del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, a UN (01) militar de la Republica MORDAZA, del 23 de setiembre de 2014 al 15 de setiembre de 2016, a fin de desempenarse como Asesor de Infanteria de MORDAZA en la Comandancia de la Fuerza de Infanteria de Marina. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1141141-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 780-2014-DE/SG MORDAZA, 22 de setiembre de 2014

EDUCACION
Otorgan Premio Nacional de la Juventud "Yenuri Chiguala Cruz" correspondiente al ano 2014
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 442-2014-MINEDU MORDAZA, 22 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 709 del 19 de setiembre de 2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar del Estado Plurinacional de Bolivia, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio G.500-3972 del 16 de setiembre de 2014, el Secretario del Comandante General de la MORDAZA por encargo del Comandante General de la MORDAZA, emite Que, mediante la Ley N° 27725, modificada por la Ley N° 28829, se creo el Premio Nacional de la Juventud "Yenuri Chiguala Cruz" el cual se otorga anualmente a los jovenes u organizaciones juveniles para estimular y reconocer la obra y el esfuerzo que hayan realizado en la promocion y tutela de la cultura, valores e identidad nacional; Que, la Trigesima Cuarta Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector

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