NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (23/09/2014)
CANTIDAD DE PAGINAS: 32
TEXTO PAGINA: 21
El Peruano Martes 23 de setiembre de 2014 533163 “ANEXO Nº 1A INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES – RUC – A TRAVES DE SUNAT VIRTUAL (...) 14 TELÉFONO MÓVIL Consignar un número de teléfono celular. (...).”. 2.3 Sustitúyase el numeral 12 del Anexo Nº 1B de la Resolución de Superintendencia Nº 210-2004/SUNAT y normas modifi catorias, por el siguiente texto: “ANEXO Nº 1B ACTIVACIÓN POR SUNAT VIRTUAL DEL NÚMERO DE RUC EN EL CASO DE LOS SUJETOS CONSTITUIDOS A TRAVÉS DEL SISEV (...) 12 TELÉFONO MÓVIL Consignar un número de teléfono celular. (...).”. 2.4 Sustitúyase el numeral 2.9 del rubro “Requisitos Específi cos” del Anexo Nº 2 de la Resolución de Superintendencia Nº 210-2004-SUNAT y normas modifi catorias, por el siguiente texto: “ANEXO Nº 2 COMUNICACIONES AL REGISTRO (…) REQUISITOS ESPECÍFICOS: 2.9 Si modifi ca o declara/confi rma: Exhibir original y presentar fotocopia simple de uno de los siguientes documentos: • Domicilio fi scal, estando con la condición de No Habido o con restricción domiciliaria a) Recibo de agua, luz, telefonía fi ja, telefonía celular, internet, gas natural, televisión por cable o estados de cuenta de entidades bancarias y fi nancieras supervisadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, cuya fecha de vencimiento de pago se encuentre comprendida en los dos (2) últimos meses. Estos documentos deben ser emitidos por la entidad acreditada ante el organismo supervisor correspondiente. No se aceptará documentos emitidos de forma virtual. b) La última declaración jurada del impuesto predial o autoavalúo. c) Contrato de alquiler o cesión en uso de predio con fi rmas legalizadas notarialmente. d) Acta probatoria levantada, con una antigüedad no mayor de dos (2) meses, por el fedatario fi scalizador de la SUNAT, donde se señale el domicilio que se declara a la SUNAT, como domicilio fi scal. e) En caso de mercados, galerías o centros comerciales: carta fi rmada por el presidente de la asociación de comerciantes inscrita en el RUC, indicando la dirección que se declara a la SUNAT como domicilio fi scal. Dicha carta deberá tener una antigüedad no mayor de quince (15) días calendarios. f) Ficha registral o partida electrónica con la fecha de inscripción en los Registros Públicos. g) Escritura pública de la propiedad inscrita en los Registros Públicos. h) Contrato compra-venta del inmueble o título de propiedad emitido por COFOPRI. i) Constancia de la junta de usuarios o comisión de regantes en la cual se acredita al conductor del predio como usuario de las aguas de la zona geográfi ca en donde se ubica el predio o recibo del pago de los derechos sobre el uso del agua para fi nes agrícolas, la cual no deberá tener una antigüedad mayor de dos (2) meses a la fecha en que se realiza el trámite. j) Constancia o certifi cado de numeración emitido por la municipalidad distrital correspondiente. k) Excepcionalmente, de no tener alguno de los documentos antes mencionados, se podrá presentar un documento emitido por una entidad de la administración pública en la que conste de manera expresa la dirección que se declara como domicilio. El documento que se presente para sustentar el domicilio fi scal deberá contener de manera expresa la dirección completa de dicho domicilio. En caso el documento que sustente el domicilio fi scal fi gure a nombre de un tercero, éste deberá autorizar su uso a través del formato “Autorización de uso de documento de tercero para declarar domicilio fi scal o establecimiento anexo”, aprobado para dicho efecto. Adicionalmente, se adjuntará al trámite fotocopia simple del documento de identidad del tercero. La SUNAT se reserva el derecho de confi rmar el domicilio fi scal de los inscritos, para lo cual seguirá lo establecido en la Resolución de Superintendencia Nº 157-2006/SUNAT.”. 2.5 Sustitúyase el numeral 2.12 del rubro “Requisitos Específi cos” del Anexo Nº 2 de la Resolución de Superintendencia Nº 210-2004-SUNAT y normas modifi catorias, por el siguiente texto: “ANEXO Nº 2 COMUNICACIONES AL REGISTRO (…) REQUISITOS ESPECÍFICOS: 2.12 Comunicación de alta o modifi cación de establecimientos anexos Exhibir original y presentar fotocopia simple de uno de los siguientes documentos: a) Recibo de agua, luz, telefonía fi ja, telefonía celular, internet, gas natural, televisión por cable o estados de cuenta de entidades bancarias y fi nancieras supervisadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, cuya fecha de vencimiento de pago se encuentre comprendida en los dos (2) últimos meses. Estos documentos deben ser emitidos por la entidad acreditada ante el organismo supervisor correspondiente. No se aceptará documentos emitidos de forma virtual. b) La última declaración jurada del impuesto predial o autoavalúo. c) Contrato de alquiler o cesión en uso de predio con fi rmas legalizadas notarialmente. d) Acta probatoria levantada, con una antigüedad no mayor de dos (2) meses, por el fedatario fi scalizador de la SUNAT, donde se señale el domicilio que se declara a la SUNAT, como establecimiento anexo. e) En caso de mercados, galerías o centros comerciales: carta fi rmada por el presidente de la asociación de comerciantes inscrita en el RUC, indicando la dirección que se declara a la SUNAT establecimiento anexo. Dicha carta deberá tener una antigüedad no mayor de quince (15) días calendarios. f) Ficha registral o partida electrónica con la fecha de inscripción en los Registros Públicos.