Norma Legal Oficial del día 23 de septiembre del año 2014 (23/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano Martes 23 de setiembre de 2014

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organicas, funcionales, ejecutoras y/o operativas de los Poderes del Estado se encuentran comprendidos bajo el termino generico de Entidades, siempre que cuenten con autonomia administrativa, economica y presupuestal; Que, conforme a los documentos de visto, en atencion a la nominacion del responsable de la Unidad Ejecutora, se le atribuyo la ejecucion de todas las actividades propias que garanticen la operatividad de la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales y que permita cumplir con los objetivos previstos en su condicion de MORDAZA autoridad ejecutiva; Que, la citada Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales, cuenta con el nivel de desconcentracion desde su creacion necesario y contaria con autonomia administrativa a traves de las funciones asignadas al responsable de la misma, para el logro de sus metas, lo que se evidencia de los documentos de visto; Con el visado del Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Secretaria General, del Director de la Oficina de Planificacion y Presupuesto, actualmente Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica, y; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; la Ley Nº 28112, Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico; el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema General de Presupuesto; y, la Ley Nº 29565, Ley de Creacion del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Precisar que para el ejercicio de las funciones asignadas a la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales del Pliego 003 - Ministerio de Cultura, dependiente del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, en el articulo 3º de la Resolucion Ministerial Nº 050-2014-MC, cuenta con autonomia administrativa, presupuestal y financiera. Articulo 2º.- Precisar que corresponde al responsable de la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales como MORDAZA autoridad ejecutiva, lo siguiente: - Asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas de la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales del Ministerio de Cultura. - Ejercer las funciones previstas en la normativa de contrataciones del Estado para el titular de la Entidad. - Aprobar los instrumentos de gestion interna que corresponda. - Efectuar la ejecucion presupuestaria directa de las Actividades y Proyectos a su cargo. - Supervisar la ejecucion presupuestaria y de ser el caso proponer las medidas correctivas necesarias, y de racionalizar los recursos de la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales del Ministerio de Cultura. - Dirigir y controlar la administracion de los recursos humanos, financieros, economicos y materiales de la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales del Ministerio de Cultura, con la finalidad de dar cumplimiento a sus funciones y actividades. - Programar, ejecutar y supervisar el MORDAZA de ejecucion de los contratos suscritos por la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales del Ministerio de Cultura, para la adquisicion de bienes, prestacion de servicios y ejecucion de obras, acorde a los procedimientos legales vigentes. - Aprobar los instrumentos administrativos que se requieran para implementar la gestion, administracion, desarrollo y ejecucion de los Proyectos de Inversion Publica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALVAREZ-CALDERON Ministra de Cultura 1140860-6

Administracion Financiera del Sector Publico, la Unidad Ejecutora constituye el nivel descentralizado u operativo en las entidades y organismos del Sector Publico, con el cual se vinculan e interactuan los organos rectores de la Administracion Financiera del Sector Publico, la misma que debe contar con un nivel de desconcentracion administrativa que le permita: i) Determinar y recaudar ingresos; ii) contraer compromisos, devengar gastos y ordenar pagos con arreglo a la legislacion aplicable; iii) registrar la informacion generada por las acciones y operaciones realizadas; iv) informar sobre el avance y/o cumplimiento de metas; v) recibir y ejecutar desembolsos de operaciones de endeudamiento, entre otros; Que, a traves de la Nonagesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, se dispuso la creacion de la Unidad Ejecutora "Proyectos Especiales" en el pliego Ministerio de Cultura; Que, por Oficio Nº 028-2014-EF/50.06 de fecha 22 de enero de 2014, la Direccion Nacional de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas emitio opinion respecto a la citada Unidad Ejecutora, senalando que "la nueva Unidad Ejecutora tendra entre sus funciones la planificacion, ejecucion, seguimiento y control y cierre de los proyectos emblematicos de cobertura nacional y de gran envergadura a cargo del Sector Cultura", concluyendo en que "considera viable la creacion de la Unidad Ejecutora "Proyectos Especiales" en el Pliego 003 Ministerio de Cultura, al verificar el cumplimiento de los requisitos y criterios establecidos en la normatividad presupuestaria vigente, el mismo que sera financiado con cargo al presupuesto institucional aprobado al Ministerio de Cultura, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico"; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 050-2014MC de fecha 10 de febrero de 2014 y conforme a lo senalado en el Informe Nº 064-2014-OGPP-SG/MC del 31 de enero de 2014 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, se formalizo la creacion de la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales senalando al responsable de la misma y delimitando el ambito de su competencia de acuerdo a los criterios sobre los cuales el Ministerio de Economia y Finanzas dio viabilidad; Que, el articulo 3 de la citada Resolucion Ministerial dispuso expresamente que, "La Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales del Pliego 003 - Ministerio de Cultura, tendra a su cargo los Proyectos de Inversion Publica que se le encarguen mediante Resolucion Ministerial, debiendo ejercer sus actividades como Unidad Formuladora y Unidad Ejecutora, en concordancia con las normas para la formulacion, evaluacion y ejecucion de la inversion que se desprenden de lo dispuesto de la Ley Nº 27293, Ley que crea el Sistema Nacional de Inversion Publica"; Que, conforme a lo establecido en el articulo 8 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC el despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales supervisa y coordina el desarrollo de los Proyectos en el ambito de su competencia; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 075-2014MC, se senalaron las intervenciones, actividades y proyectos priorizados por el Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales a desarrollar por la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales, a traves de su responsable como MORDAZA autoridad ejecutiva, conforme a las funciones establecidas al momento de su contratacion y dentro del ambito de competencia de la Unidad Ejecutora; Que, conforme a lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 3042012-EF, la ejecucion presupuestaria directa de las Actividades y Proyectos, asi como de sus respectivos Componentes, se da a traves del ejecutor presupuestal y financiero contando para ello con el personal e infraestructura necesaria; Que, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, las unidades

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