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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (28/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 4

El Peruano Domingo 28 de setiembre de 2014 533538 RESOLUCIÓN LEGISLATIVA Nº 30248 EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa siguiente: RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE APRUEBA LA ENMIENDA AL CONVENIO DE BASILEA SOBRE EL CONTROL DE LOS MOVIMIENTOS TRANSFRONTERIZOS DE LOS DESECHOS PELIGROSOS Y SU ELIMINACIÓN Artículo único. Objeto de la Resolución Legislativa Apruébase la Enmienda al Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación, adoptada por decisión III/1, durante la tercera reunión de la Conferencia de las Partes el 22 de septiembre de 1995, en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza. Comuníquese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación. En Lima, a los doce días del mes de setiembre de dos mil catorce. ANA MARÍA SOLÓRZANO FLORES Presidenta del Congreso de la República MODESTO JULCA JARA Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA Lima, 27 de setiembre de 2014. Cúmplase, regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros 1143744-2 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje de funcionarias del INDECOPI a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 326-2014-PCM Lima, 27 de setiembre de 2014 VISTA: la Carta N° 619-2014/PRE-INDECOPI, del Presidente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; CONSIDERANDO: Que, del 2 al 4 de octubre de 2014, se desarrollará en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, el “9° Congreso Iberoamericano de Derecho Concursal - IIDC y el “8° Congreso Colombiano de Derecho Concursal”, organizado por el Instituto Iberoamericano de Derecho Concursal - IIDC; Que, el Instituto Iberoamericano de Derecho Concursal - IIDC se fundó con la fi nalidad de reunir a juristas, profesores y tratadistas especializados en esta rama del Derecho y constituirse como una organización de estudio y promotora de los siguientes congresos de Derecho Concursal; Que, la participación en los referidos eventos permitirá a los asistentes intercambiar información y experiencias en torno a temas de interés común, a fi n de actuar con mayor efi cacia en el desarrollo y mejoramiento de las políticas públicas vinculadas al Sistema Concursal o de Insolvencias de sus respectivos países, así como generar mecanismos de coordinación con las instituciones pares; Que, en el caso peruano, las materias referidas al Sistema Concursal se encuentran directamente vinculadas con los procedimientos concursales regulados en la Ley General del Sistema Concursal, cuya administración corresponde -en primera instancia administrativa- a la Comisión de Procedimientos Concursales del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; Que, en atención a lo expuesto, la participación de las representantes de la Comisión de Procedimientos Concursales del INDECOPI en los referidos eventos constituye una importante oportunidad para que la institución efectúe un intercambio de experiencias respecto del tratamiento a los regímenes de insolvencia que otros países vienen desarrollando, lo que permitirá conocer las experiencias y acciones que los demás países vienen implementando y, a partir de la información obtenida, evaluar y proponer acciones necesarias para la mejora del Sistema Concursal en nuestro país, tema directamente vinculado con el “Doing Business Index”, en el rubro de “Cierre de empresas” del Banco Mundial, proyecto en el que la Comisión de Procedimientos Concursales se encuentra involucrado desde el año 2009; Que, el INDECOPI ha considerado pertinente la participación de la señorita Carmen Liliana Barrios Ayasta y de la señora Maribel Patricia Obregón Sáenz, ambas Ejecutivas 2 de la Comisión de Procedimientos Concursales del INDECOPI, teniendo en cuenta el grado de experiencia profesional requerida para atender los referidos eventos; además, dicha participación revertirá en mejorar las funciones que desarrollan en la institución, pues tienen entre sus funciones, la evaluación de la legalidad de los planes de reestructuración aprobados por los acreedores y los acuerdos privados y paralelos a dichos documentos que pudieran adoptar las partes en el procedimiento; así como, de encargarse del grupo de trabajo que tramita y evalúa las solicitudes presentadas por los acreedores laborales del deudor sometido a un procedimiento concursal, respectivamente, lo cual implica la mayor parte de carga laboral de la Secretaría Técnica de la Comisión de Procedimientos Concursales; Que, el viaje de representación de las citadas Ejecutivas resulta de suma importancia, por lo cual se estima necesario autorizar su participación; para cuyo efecto los gastos por concepto de pasajes y viáticos en los que incurran las participantes, serán asumidos íntegramente con el Presupuesto del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; De conformidad con la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; y el Reglamento de la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modifi cado por Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señorita Carmen Liliana Barrios Ayasta, Ejecutiva 2 de la Comisión de Procedimientos Concursales, y de la señora Maribel Patricia Obregón Sáenz, Ejecutiva 2 de la Comisión de