Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2014 (28/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA 28 de setiembre de 2014 Nº 1 2 3 4 5 GRADO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NOMBRES Y APELLIDOS MORDAZA Denegri MORDAZA DE LOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI. CIP.

533543
44427294 00011496 44633724 00019458 46134677 00029853 46421039 00016810

RESOLUCION SUPREMA Nº 494-2014-DE/ MORDAZA, 27 de setiembre de 2014 Vista, la Carta G.500-4030 del Secretario del Comandante General de la MORDAZA, de fecha 19 de setiembre de 2014; CONSIDERANDO: Que, el Acta de la IX Reunion de Estados Mayores y de Inteligencia entre la MORDAZA del Brasil y la MORDAZA de MORDAZA del Peru, suscrita en la MORDAZA de Rio de Janeiro, Republica Federativa del Brasil, del 23 al 26 de setiembre de 2013, considera en el anexo (21), item (7), el Intercambio Profesional de Oficiales de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, calificados en MORDAZA de Superficie, Submarinos e Infanteria de Marina; Que, el Agregado de Defensa Adjunto y MORDAZA a la Embajada del Peru en la Republica Federativa del Brasil, ha informado la aprobacion de UNA (1) vacante adicional para que un Oficial de la MORDAZA del MORDAZA, preferentemente del grado de MORDAZA Primero, participe en el intercambio profesional en la Fuerza de Superficie de la Armada de Brasil; Que, la MORDAZA de MORDAZA del Peru, ha considerado dentro de sus prioridades para el ano 2014, la designacion y autorizacion de viaje de CUATRO (4) Oficiales Subalternos, para que participen en el mencionado Intercambio Profesional; Que, la designacion de Personal MORDAZA, para participar en el referido Intercambio Profesional, responde a la necesidad de ejercitar y perfeccionar a los Oficiales designados en nuevas doctrinas y planeamiento operacional tanto estrategico como tactico, dentro del MORDAZA de los compromisos bilaterales de cooperacion asumidos por nuestro MORDAZA, con el proposito de fomentar e incrementar las medidas de confianza mutua entre la MORDAZA de MORDAZA del Peru y la MORDAZA de Brasil; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del MORDAZA Primero MORDAZA MORDAZA POMAR Makthon, del MORDAZA Primero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del MORDAZA Primero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pena y del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA BUCHHAMMER MORDAZA, para que participen en el Intercambio Profesional en la Fuerza de Superficie, Fuerza de Submarinos y en el Cuerpo de Fusileros Navales de la MORDAZA de Brasil, a realizarse en la MORDAZA de Niteroi, Rio de Janeiro, Republica Federativa del Brasil, del 30 de setiembre de 2014 al 29 de setiembre de 2015; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, teniendo en cuenta que la duracion de la Comision de Servicio MORDAZA mas de un ejercicio presupuestal, los pagos correspondientes al periodo comprendido del 30 de setiembre al 31 de diciembre de 2014, se efectuaran con cargo al Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; y, para completar el periodo de duracion de la Comision de Servicio a partir del 1 de enero al 29 de setiembre de 2015, sera con cargo al Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal respectivo; Que, teniendo en consideracion los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participacion del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar la salida del MORDAZA con UN (1) dia de anticipacion, sin que este dia adicional irrogue gasto alguno al Tesoro Publico; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al Presupuesto Institucional del Ano Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora Nº 004: MORDAZA de MORDAZA del Peru, de conformidad con el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, el numeral 2.1 del articulo 2º del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, dispone que el monto de la compensacion extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, sera reducido en la misma cantidad que la bonificacion otorgada de

MORDAZA de Fragata MORDAZA Boggio MORDAZA MORDAZA de Fragata TABINI MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cadete MORDAZA 3er. Ano

CASTELLARES MORDAZA MORDAZA MORDAZA 74418019 00112185 43304929 03012153

6 Oficial de Mar 2º Car. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

b. Personal MORDAZA participante que viajara por via aerea a la Republica del Ecuador, del 7 al 18 de octubre de 2014; asi como, autorizar su salida del MORDAZA el 6 y su retorno el 19 de octubre de 2014:
Nº 1 2 3 GRADO NOMBRES Y APELLIDOS Vasquez-Solis DNI. CIP.

Capitan de Corbeta LAFOSSE MORDAZA Cadete MORDAZA 3er. Ano

MORDAZA 44177970 00910727 43285390 00031331 46788630 00121009

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pinasco MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lafosse MORDAZA MORDAZA

Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: a. Personal MORDAZA participante a bordo del Velero "Somos Grau", con zarpe del Puerto del Callao, Republica del Peru al Puerto de MORDAZA, Republica del Ecuador:
Viaticos: US$ 370.00 x 6 personas x 12 dias TOTAL A PAGAR: US$ 26,640.00 US$ 26,640.00

b. Personal MORDAZA participante que viajara por via aerea a la Republica del Ecuador: Pasajes Aereos: MORDAZA - Guayaquil (Republica del Ecuador) - MORDAZA US$ 950.00 x 3 personas US$ 2,850.00 Viaticos: US$ 370.00 x 3 personas x 12 dias TOTAL A PAGAR:

US$ 13,320.00 US$ 16,170.00

Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 4º.- El Personal MORDAZA designado mas antiguo de cada actividad, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal MORDAZA comisionado, debera efectuar la sustentacion de viaticos, conforme a lo indicado en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1143745-4

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