NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (28/09/2014)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 15
El Peruano Domingo 28 de setiembre de 2014 533549 del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el General de Ejército Comandante General del Ejército y lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio al General de Brigada EP Gilberto GARRIDO CHAVEZ, identifi cado con DNI Nº 43496457 y al Coronel EP Juan Carlos LAVADO RONDON, identifi cado con DNI Nº 43444636, a fi n de inspeccionar la Agregaduría Militar del Perú en la República de Colombia, ubicada en la ciudad de Bogotá, de la República de Colombia, del 30 de setiembre al 02 de octubre de 2014. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa – Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2014, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes aéreos: Lima – Bogotá (República de Colombia) – Lima (Clase económica) US$ 668.00 x 02 personas US$ 1,336.00 Viáticos y asignaciones: US$ 370 x 03 días x 02 personas US$ 2,220.00 Total a pagar: US$ 3,556.00 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados, y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4º.- El personal militar comisionado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 5º.- La presente autorización no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1143745-8 Autorizan viaje de personal militar del Ejército del Perú a la Federación de Rusia, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 496-2014-DE/EP Lima, 27 de setiembre de 2014 VISTO: El Ofi cio Nº 2240/DIEDOC/C-5.c del 18 de setiembre de 2014, de la Dirección de Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 14, del 22 de enero de 2014, el Jefe del Grupo Consultivo del Ministerio de Defensa de la Federación de Rusia comunica que el personal Militar del Ejército del Perú será admitido para su formación y entrenamiento en los Centros Docentes Científi cos Militares del Ministerio de Defensa de la Federación de Rusia, para participar, entre otros, en los cursos de Mantenimiento técnico y reparación de automóviles (Ciudad de Omsk), Dispositivos y sistemas ópticos y optrónicos (Ciudad de Penza), Explotación técnica del armamento y material bélico de Unidades de Artillería (Ciudad de San Petersburgo), Empleo razonable de sistemas naturales y económicos (Ciudad de Kostroma), del 01 de octubre de 2014 al 31 de julio de 2020; y en los cursos de Explotación y reparación de aviones, helicópteros, motores de aviación y de Explotación y reparación de aviónica de aviones y helicópteros, (ciudad de Sizran), del 01 de octubre de 2014 al 31 de julio de 2018, en la Federación de Rusia; Que, con el documento del visto, la Dirección de Educación y Doctrina del Ejército comunica que el General de Ejército Comandante General del Ejército, aprobó la designación del Alumno 3º EP Fredy MAMANI QUISPE, del Alumno 2º EP Jhonatan Jaime ESPINOZA HUACHALLA, del Alumno 3º EP Ronald Freddy SOPLA GUAYAMIS, del Alumno 3º EP Yosep Rolando SANABRIA LAZO, del Alumno 2º EP Jesús Alberto RAMOS MARCOS, del Alumno 2º EP Joel Ivan ARCE AZABACHE, del Alumno 3º EP Juvenal Marcos QUISPE CORONEL, del Alumno 3º EP Herbert Antonio CARRASCO CASTAÑEDA, del Alumno 2º EP Washington QUISPE HUAMAN y del Alumno 2º EP Emerson Franklin SULLCARAY FLORES, del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público del Ejército (Escuela Técnica del Ejército), “Sgto 2do Fernando Lores Tenazoa”, quienes participarán en los cursos mencionados en el párrafo anterior respectivamente; Que, es conveniente para los intereses de la institución autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios a los alumnos del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público del Ejército (Escuela Técnica del Ejército) “Sgto 2do Fernando Lores Tenazoa”, para que participen en los referidos cursos; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio del Ejército del Perú y permitirá contar con personal altamente capacitado; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Misión de Estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, que incluye los años académicos 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020, los pagos correspondientes al período comprendido del 01 de octubre al 31 de diciembre de 2014, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2014, y los pagos correspondientes a los años posteriores se realizarán con cargo al Presupuesto del Sector Público de los años fi scales respectivos; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del año fi scal 2014 de la Unidad Ejecutora 003, Ejército del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, del 05 de junio de 2002; Que, de conformidad con el artículo 24º del Decreto Legislativo Nº 1144 “Ley de Situación Militar de los Supervisores, Técnicos y Subofi ciales u Ofi ciales de Mar de las Fuerzas Armadas”, concordante con su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2013-DE, de fecha 04 de diciembre de 2013, el personal nombrado en misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro hasta después de haber servido en su respectiva institución armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 21º del presente Decreto Legislativo, más el tiempo compensatorio dispuesto en el citado artículo 24º; Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE/SG de 25 de julio de 2008, dispone que los órganos competentes, organismos públicos descentralizados, unidades ejecutoras y empresas del Sector Defensa, deben cumplir con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de