Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2015 (07/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 336-2014MIMP se designo al abogado MORDAZA MORDAZA Nunovero MORDAZA en el cargo de Director II de la Unidad de Asesoria Juridica del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar ­ INABIF del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP; Que, por convenir al servicio, resulta necesario dar por concluida la citada designacion, correspondiendo designar a la persona que lo reemplazara; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaria General y de las Oficinas Generales de Recursos Humanos y de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594 ­ Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; el Decreto Legislativo Nº 1098 ­ Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP; SE RESUELVE: Articulo 1.- Dar por concluida la designacion del abogado MORDAZA MORDAZA NUNOVERO MORDAZA en el cargo de Director II de la Unidad de Asesoria Juridica del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar ­ INABIF del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2.- Designar a la abogada JESSYCA DEL MORDAZA MURGUIA MORDAZA en el cargo de Directora II de la Unidad de Asesoria Juridica del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar ­ INABIF del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HUAITA MORDAZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1220806-5

El Peruano Martes 7 de MORDAZA de 2015

PRODUCE
Aprueban Cuadro para Asignacion de Personal Provisional (CAP Provisional) del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES)
RESOLUCION MINISTERIAL N°093-2015-PRODUCE MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2015 VISTOS: Los Oficios N° 003-2015-SANIPES/SG y N° 006-2015-SANIPES/SG de la Secretaria General del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera, el Memorando N° 00371-2015-PRODUCE/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Produccion, y el Informe N° 055-2015-PRODUCE/OGAJjmantilla de la Oficina General de Asesoria Juridica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30063 se creo el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES) como un organismo tecnico especializado, adscrito al Ministerio de la Produccion, encargado de normar, supervisar y fiscalizar las actividades de sanidad e inocuidad pesquera, acuicola y de piensos de origen hidrobiologico, en el ambito de su competencia; Que, por Decreto Supremo N° 009-2014-PRODUCE se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), que contiene la estructura organica y las funciones de la citada entidad; Que, mediante Resolucion de Direccion Ejecutiva N° 0014-2014-SANIPES-DE la Direccion Ejecutiva del

Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), aprueba el Manual de Clasificacion de Cargos del citado organismo; Que, al Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES) por MORDAZA sustantiva se le asignaron nuevas funciones, asi como la reasignacion de funciones existentes, por lo que requiere la actualizacion de sus respectivos instrumentos de gestion entre ellos, el Cuadro para la Asignacion de Personal Provisional (CAP Provisional), como documento de gestion institucional que contiene los cargos definidos y aprobados sobre la base de su estructura organica; Que, mediante Resolucion de Presidencia Ejecutiva N° 152-2014-SERVIR/PE, se aprobo la Directiva N° 0012014-SERVIR/GPGSC, Reglas de aplicacion progresiva para la aprobacion del Cuadro de Puestos de las Entidades, modificada por Resolucion de Presidencia Ejecutiva N° 234-2014-SERVIR/PE, que establece los lineamientos generales que todas las entidades del Sector Publico deben seguir para la aplicacion progresiva de la aprobacion del Cuadro para la Asignacion de Personal Provisional; Que, el numeral 5.5.2 de la Directiva citada en el considerando precedente establece que la aprobacion del Cuadro para la Asignacion de Personal Provisional (CAP Provisional), en los supuestos previstos en los puntos 4.1 al 4.9 de la citada MORDAZA, se efectua por Resolucion Ministerial del Titular del Sector; Que, mediante Informe Tecnico N° 004-2015-SERVIR/ GDSRHPE la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicios Civil, establece que el CAP Provisional del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), se enmarca en lo dispuesto en el numeral 4.3 de la Directiva N° 0012014-SERVIR/GPGSC; asimismo, recomienda proseguir con las acciones administrativas necesarias para la aprobacion del citado CAP Provisional; Que, en atencion a los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar el Cuadro para la Asignacion de Personal Provisional (CAP Provisional) del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES); Con el visado de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto y Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 30063, que crea el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES); el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; la Directiva N° 001-2014-SERVIR/GPGSC, Reglas de Aplicacion progresiva para la aprobacion del Cuadro de Puestos de las Entidades, aprobada por Resolucion de Presidencia Ejecutiva N° 152-2014-SERVIR/PE, y su modificatoria; y, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Resolucion Ministerial N° 343-2012-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar el Cuadro para Asignacion de Personal Provisional (CAP Provisional) del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2.- Publicacion Publicar la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, debe publicarse su anexo en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob. pe) y en el MORDAZA Institucional del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES) (www.sanipes.gob.pe), en la misma fecha de publicacion de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3.- Vigencia La presente MORDAZA entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GHEZZI MORDAZA Ministro de la Produccion 1220455-1

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