Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2015 (07/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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del Aporte por Regulacion, a fin de atender lo solicitado por la Secretaria General del Ministerio del Ambiente al haberse priorizado las actividades proyectadas en los instrumentos de gestion, sin que ello implique una afectacion de los objetivos estrategicos trazados para el presente ano; Que, mediante Informe Nº 062-2015-OEFA/OPP del 31 de marzo del 2015, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto recomienda la aprobacion de la transferencia financiera a favor del Ministerio del Ambiente hasta por la suma de S/. 236 130,00 (Doscientos treinta y seis mil ciento treinta y 00/100 nuevos soles) con cargo al saldo de balance no incorporado en la Fuente de Financiamiento 2 - Recursos Directamente Recaudados, provenientes de las multas administrativas impuestas por el OEFA en el ejercicio de su funcion de fiscalizacion ambiental, con la finalidad de atender la transferencia solicitada por el Ministerio del Ambiente; Que, contando con la opinion tecnica favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto contenida en el Informe citado en el considerando precedente, y con la opinion legal de la Oficina de Asesoria Juridica emitida mediante Informe Nº 155-2015-OEFA/OAJ del 31 de marzo del 2015, se concluye que es procedente autorizar la transferencia financiera del Pliego 051: Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA, hasta por la suma de S/. 236 130,00 (Doscientos treinta y seis mil ciento treinta y 00/100 nuevos soles) a favor del Pliego 005: Ministerio del Ambiente - MINAM, para financiar actividades de gestion ambiental vinculadas al mejoramiento y ampliacion de los servicios de informacion ambiental, y al mejoramiento y ampliacion de los servicios para el ejercicio de la ciudadania ambiental; Con el visado de la Secretaria General, de la Oficina de Administracion, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30282 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, y los Literales a) y t) del Articulo 15º del Reglamento de Organizacion y Funciones del OEFA aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2009MINAM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la transferencia financiera del Pliego 051: Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA, hasta por la suma de S/. 236 130,00 (Doscientos treinta y seis mil ciento treinta y 00/100 nuevos soles) a favor del Pliego 005: Ministerio del Ambiente - MINAM para financiar actividades de gestion ambiental vinculadas al mejoramiento y ampliacion de los servicios de informacion ambiental, y al mejoramiento y ampliacion de los servicios para el ejercicio de la ciudadania ambiental. Articulo 2º.- Precisar que la transferencia financiera autorizada en el Articulo 1º de la presente Resolucion se realiza con cargo a la Fuente de Financiamiento 2 Recursos Directamente Recaudados provenientes de las multas administrativas impuestas por el Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental en el ejercicio de su funcion de fiscalizacion ambiental, y no de los recursos provenientes del Aporte por Regulacion. Articulo 3º.- Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el Articulo 1º de la presente Resolucion no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos a los cuales son transferidos. Articulo 4º.- Encargar a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a su aprobacion. Articulo 5º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Institucional del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA APAC Presidente del Consejo Directivo Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA 1220294-1

El Peruano Martes 7 de MORDAZA de 2015

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Crean Juzgados de Paz en los Distritos Judiciales de MORDAZA, MORDAZA, del MORDAZA, MORDAZA Norte y MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 050-2015-CE-PJ MORDAZA, 4 de febrero de 2015 VISTO: El Oficio N° 01-2014-CED-CSJJU/PJ, cursado por el Presidente del Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Junin. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante el mencionado documento el Presidente del Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, en merito del informe elaborado por la Coordinadora de la Oficina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz del mencionado Distrito Judicial, y la solicitud presentada por autoridades y pobladores del Centro Poblado Sanibeni, propone la creacion de un Juzgado de Paz en la mencionada localidad, Distrito y Provincia de Satipo, Departamento y Distrito Judicial de Junin. Segundo. Que los informes elaborados por la Gerencia General del Poder Judicial y el Jefe de la Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, concluyen que es factible la creacion del Juzgado de Paz materia de propuesta. Tercero. Que, conforme a lo dispuesto en los incisos 24), 25) y 26) del articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear, reubicar y suprimir organos jurisdiccionales, modificar sus ambitos de competencia territorial; asi como la adopcion de acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Cuarto. Que, siendo asi, y teniendo en cuenta que dentro de los objetivos principales de las politicas implementadas por este Poder del Estado, se encuentra eliminar las barreras que impiden acceder al Poder Judicial a las poblaciones mas alejadas de los centros urbanos del pais; asi como brindar un servicio de justicia en forma rapida y eficaz; resulta procedente la peticion que se formula. En consecuencia; en merito al Acuerdo N° 141-2015 de la setima sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA Postigo, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas; en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; de conformidad con el informe del senor MORDAZA MORDAZA, quien no interviene por encontrarse de vacaciones. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Sanibeni; con competencia ademas en los Centros Poblados San MORDAZA la MORDAZA, Fortaleza, MORDAZA, San MORDAZA Alto Huantashiri, MORDAZA Altos; Comunidades Nativas MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Shamiroshi; y los MORDAZA Los Tigres y Cubal y Yupanqui; Distrito y Provincia de Satipo, Departamento y Distrito Judicial de Junin. Articulo Segundo.- Los limites geograficos del organo jurisdiccional materia de creacion son los que aparecen descritos en el informe del Jefe de la Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte

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