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El Peruano Martes 14 de abril de 2015 550535 Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura, titular y suplente, por los miembros de los Colegios Profesionales del País, distintos de los Colegios de Abogados; Que, mediante el Informe N° 000054-2015-SG/ONPE, la Secretaría General, eleva a la Jefatura Nacional la lista defi nitiva de candidatos inscritos para la Elección antes referida; Que, la Resolución N° 306-2005-JNE establece en materia electoral el Recurso Extraordinario el cual puede ser presentado dentro del tercer día de noti fi cada la resolución del Pleno del JNE. De esta forma, se advierte que la Resolución N° 0092-2015-JNE por la cual se confi rma la tacha formulada contra la inscripción del candidato Jorge Armando Rubiños del Pozo no constituye pronunciamiento fi nal, por lo que es recomendable que el candidato referido sea considerado en la lista de candidatos a publicarse; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 14° del Reglamento para la Elección de Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura, titular y suplente, por los miembros de los Colegios Profesionales del País, distintos de los Colegios de Abogados, así como en el artículo 25° de las “Disposiciones para la organización y ejecución de la Elección de Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura, titular y suplente, por los miembros de los Colegios Profesionales del País, distintos de los Colegios de Abogados para el período 2015-2020, aprobadas y modi fi cadas por Resoluciones Jefaturales N° 023-2015- J/ONPE y N° 099-2015-J/ONPE, publicadas en el diario ofi cial El Peruano el 30 de enero y 17 de marzo de 2015, respectivamente, corresponde emitir la Resolución Jefatural que apruebe la lista de fi nitiva de candidatos; De conformidad con los literales c) y h) del artículo 5° de la Ley Orgánica de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, Ley N° 26487; literales n) y s) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado y modi fi cado mediante Resoluciones Jefaturales N° 063-2014-J/ONPE y N° 216-2014-J/ONPE, respectivamente; y con el visado de la Secretaría General y de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la lista de fi nitiva de candidatos inscritos para la Elección de Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura, titular y suplente, por los miembros de los Colegios Profesionales del País, distintos de los Colegios de Abogados para el período 2015-2020, conforme al anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento del Consejo Nacional de la Magistratura, del Jurado Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el contenido de la presente resolución y su anexo para los fi nes pertinentes. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución y de su anexo en el diario o fi cial El Peruano, en otro de circulación nacional, así como en el Portal Institucional, www.onpe.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIANO CUCHO ESPINOZA Jefe ANEXO A LA RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 120-2015-J/ONPE N°Candidatos al CNM por Colegios Profesionales del país, distintos de los Colegios de Abogados 1VICTOR ERNESTO DELGADO MONTOYACOLEGIO DE ECONOMISTAS DE LIMA 2ALBINA EMPERATRIZ INFANTE DE PALOMMINO COLEGIO DE OBSTRETAS DEL PERÚ 3 JULIO ATILIO GUTIERREZ PEBECOLEGIO DE LICENCIADOS EN ADMINISTRACIÓN 4JEANETTE BALDRAMINA GONZALEZ CASTROCOLEGIO DE ESTADÍSTICOS DEL PERÚ 5HEBERT MARCELO CUBAS COLEGIO PROFESIONAL DE ANTROPÓLOGOS DEL PERÚN°Candidatos al CNM por Colegios Profesionales del país, distintos de los Colegios de Abogados 6 ALEJANDRINA HERRERA CCOLQUECOLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DEL CUSCO 7ROBERTO CARLOS MUÑOZ ALDANACOLEGIO MÉDICO DEL PERÚ 8JORGE ARMANDO RUBIÑOS DEL POZO1 COLEGIO MÉDICO DEL PERÚ 9FERNANDO SARCO PALACIOS BUTRON COLEGIO TECNÓLOGO MÉDICO DEL PERÚ 10ALFREDO QUISPE PARIONA COLEGIO DE PSICÓLOGOS DEL PERÚ 11 GUILLERMO DOMINGO LEON ARIAS COLEGIO DE LICENCIADOS EN RELACIONES INDUSTRIALES Y LICENCIADOS EN GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS DEL PERÚ 1 NOTA: Ver sétimo considerando de la Resolución 1223762-1 Fijan fechas de presentación de la información financiera de campaña electoral de las Elecciones Municipales Complementarias 2015 y de Elecciones Municipales 2015 RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 000001-2015-GSFP/ONPE Lima, 9 de abril del 2015VISTO: El Informe Nº 00045-2015-JARNFP-SGTN-GSFP/ ONPE, suscrito por las Áreas de Normativa y Regulación de Finanzas Partidarias y de Veri fi cación y Control de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios, que sustenta las fechas de presentación de la información fi nanciera de campaña electoral de las organizaciones políticas que participan en las Elecciones Municipales Complementarias 2015 y en las Elecciones Municipales 2015; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2015-PCM, publicado en el diario o fi cial El Peruano con fecha 28 de febrero de 2015, el Presidente de la República convocó a Elecciones Municipales Complementarias 2015 para el domingo 5 de julio de 2015, con la fi nalidad de elegir alcaldes y regidores de los concejos municipales de las circunscripciones en las que se declararon nulas las Elecciones Municipales 2014; Que, mediante Decreto Supremo Nº 022-2015-PCM, publicado en el diario o fi cial El Peruano con fecha 28 de marzo de 2015, el Presidente de la República convocó a Elecciones Municipales 2015 para el domingo 29 de noviembre de 2015, con la fi nalidad de elegir alcaldes y regidores de los concejos municipales de reciente creación; Que, el segundo párrafo del artículo 34º de la Ley Nº 28094, Ley de Partidos Políticos, precisa que la veri fi cación y control externos de la actividad económico- fi nanciera de los partidos políticos, los movimientos de alcance regional o departamental y las organizaciones políticas de alcance provincial y distrital corresponden exclusivamente a la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), a través de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios; Que, el artículo 52º del Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 060-2005-J/ONPE, en adelante el Reglamento, establece que las actividades partidarias consideradas campaña electoral son aquellas que ocurren