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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (14/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 46

El Peruano Martes 14 de abril de 2015 550540 de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios para que participen en el indicado evento de capacitación, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2015; y, En uso de las facultades que le con fi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2015, N° SBS-DIR-ADM-085-18, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Edgardo William Asencio Domínguez, Intendente del Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, del 15 al 18 de abril de 2015; y de la señorita Carolina Andrea Revilla Paz, Analista de Atención al Usuario de la Plataforma de Atención al Usuario de la Superintendencia Adjunta de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera de la SBS, del 15 al 19 de abril de 2015 a la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo .- Los citados funcionarios, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2015, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 1,193.89 Viáticos US$ 2,220.00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER POGGI CAMPODÓNICO Superintendente de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.) 1223766-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Aprueban Cronograma de Actividades del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados Año Fiscal 2016 de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2015-ALC-MDLP La Perla, 31 de marzo de 2015LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLAVISTO: La Ordenanza Municipal Nº 007-2015-MDLP; aprobado por el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de Marzo de 2015, que regula el “Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fi scal 2016 de la Municipalidad Distrital de La Perla”. CONSIDERANDO:Que, el Artículo 97º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Planes de Desarrollo Concertados y los Presupuestos Participativos tienen un carácter orientador de la inversión, asignación y ejecución de los recursos municipales. Son aprobados por los respectivos Concejos Municipales. Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 53º de la Ley Nº 27972, las Municipalidades se rigen por sus Presupuestos Participativos Anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan aprueban y ejecutan conforme a la Ley de la materia, y en concordancia con los Planes de Desarrollo Concertados de su jurisdicción. Que, mediante la Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo, de fi ne al proceso del presupuesto participativo como mecanismo de asignación equitativa, racional, e fi ciente, e fi caz y trasparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado – Sociedad Civil, el cual se desarrolla en armonía con los planes de desarrollo concertados de los gobiernos regionales y gobiernos locales. Que, el artículo 4 de la Ley Nº 28056, modi fi cado por la Ley Nº 29298, dispone que cada instancia fórmula su presupuesto participativo, respetando el marco de competencias establecido en la Constitución Política del Perú y en las correspondientes leyes orgánicas; para tal efecto, se considera criterios de alcance, cobertura de población, así como montos de ejecución o envergadura. Que, mediante Resolución Directoral Nº 007-2010- EF/76.01, el Ministerio de Economía y Finanzas aprobó el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 “Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados”, cuyo objetivo es el de establecer los mecanismos y pautas para el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales. Y debe estar orientado a resultados con la fi nalidad que los proyectos de inversión estén claramente articulados a productos y resultados especí fi cos que la población necesite, particularmente en aquellas dimensiones que se consideren más prioritarias para el desarrollo regional o local, evitando de este modo inefi ciencias en la asignación de los recursos públicos. Que, en el Artículo Segundo, de la Ordenanza Municipal Nº 007-2015-MDLP; faculta a la Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldía apruebe el Cronograma de Actividades del Proceso de Presupuesto Participativo Año Fiscal 2016 y dicte las disposiciones complementarias y ampliatorias a la norma correspondiente. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- APROBAR, el Cronograma de Actividades del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados Año Fiscal 2016 de la Municipalidad Distrital de La Perla, según anexo 01 y 02 que forma parte del presente Decreto. Artículo Segundo.- DISPONER; se publique el presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal de la Municipalidad Distrital de La Perla. Artículo Tercero.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Secretaria General, Equipo Técnico del Proceso de Presupuesto Participativo año fi scal 2016 y demás áreas pertinentes de la Entidad. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.PATRICIA ROSA CHIRINOS VENEGAS Alcaldesa