Norma Legal Oficial del día 15 de abril del año 2015 (15/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano Miercoles 15 de MORDAZA de 2015

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del Consumidor, dandoseles las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA Harmes Bouroncle, como representante titular de los organismos reguladores de los servicios publicos ante el Consejo Nacional de Proteccion del Consumidor, por el periodo de un ano. Articulo 3.- Designar a la senora MORDAZA Myrella Yanez MORDAZA, como representante alterna de los organismos reguladores de los servicios publicos ante el Consejo Nacional de Proteccion del Consumidor, por el periodo de un ano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Designan representantes titular y alterna de los organismos reguladores de los servicios publicos ante el Consejo Nacional de Proteccion del Consumidor
RESOLUCION MINISTERIAL 104-2015-PCM
MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2015 Vista, la comunicacion de fecha 22 de enero de 2015 suscrita por los Presidentes de los Consejos Directivos de OSIPTEL, SUNASS, OSINERGMIN y OSITRAN; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 133 de la Ley Nº 29571, Codigo de Proteccion y Defensa del Consumidor, establece que el Consejo Nacional de Proteccion del Consumidor constituye un organo de coordinacion en el ambito de la Presidencia del Consejo de Ministros y es presidido por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual ­ INDECOPI en su calidad de Autoridad Nacional de Proteccion del Consumidor y de ente rector del Sistema; Que, el Consejo Nacional de Proteccion del Consumidor se encuentra conformado, entre otros, por un representante de los organismos reguladores de los servicios publicos; Que, el articulo 2 del Reglamento que establece los mecanismos para la propuesta y designacion de los representantes de las entidades y gremios que integran el Consejo Nacional de Proteccion del Consumidor, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2011-PCM, prescribe que para ser integrante del Consejo Nacional de Proteccion del Consumidor se requiere tener el pleno ejercicio de los derechos civiles; Que, el numeral 3.3 del articulo 3 del referido Reglamento dispone que los representantes de las entidades y gremios que integran el Consejo Nacional de Proteccion del Consumidor, con excepcion de la Defensoria del Pueblo, son propuestos por estos a la Presidencia del Consejo de Ministros para la verificacion del cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2 del indicado Reglamento y la expedicion de la resolucion ministerial de designacion correspondiente; Que, el numeral 4.2 del articulo 4 del acotado Reglamento precisa que el representante de los organismos reguladores de los servicios publicos es propuesto por acuerdo de los titulares de dichos organismos, adoptado con el MORDAZA de la mayoria de los titulares; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 105-2013PCM se designo, entre otros, al senor MORDAZA MORDAZA Sheput Stucchi y al senor MORDAZA MORDAZA Patino MORDAZA como representante y representante alterno, respectivamente, de los organismos reguladores de los servicios publicos ante el Consejo Nacional de Proteccion del Consumidor; Que, mediante la comunicacion de vista, los Presidentes de los Consejos Directivos de OSIPTEL, SUNASS, OSINERGMIN y OSITRAN, proponen la designacion de nuevos representantes de los organismos reguladores de los servicios publicos ante el Consejo Nacional de Proteccion del Consumidor; De conformidad con la Ley Nº 29571, Codigo de Proteccion y Defensa del Consumidor; y el Reglamento que establece los mecanismos para la propuesta y designacion de los representantes de las entidades y gremios que integran el Consejo Nacional de Proteccion del Consumidor, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2011-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1.- Dar por concluidas las designaciones de los senores MORDAZA MORDAZA Sheput Stucchi y MORDAZA MORDAZA Patino MORDAZA como representante y representante alterno, respectivamente, de los organismos reguladores de los servicios publicos ante el Consejo Nacional de Proteccion

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DEFENSA
Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de la Republica Checa y de los EE.UU.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 317-2015-DE/SG
MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2015 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nro. 269 del 14 de MORDAZA de 2015, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica Checa, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio Nº 661-2014-VPD/B/b, del 13 de MORDAZA de 2015, el Director General de Relaciones Internacionales de este Ministerio, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de la Republica Checa; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 15 al 16 de MORDAZA de 2015, con la finalidad de participar en la visita oficial que realizara el senor Ministro de Defensa de la Republica Checa; Que, el articulo 5 de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Direccion General de Relaciones Internacionales de este Ministerio; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, a cinco (05) militares de la Republica Checa, del 15 al 16 de MORDAZA de 2015, con la finalidad de participar en la visita oficial que realizara el senor Ministro de Defensa de la Republica Checa.

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Modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 y por el articulo unico de la Ley Nº 30209.

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